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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de mayo de 2012 465737 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Formalizan la creación de la Oficina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad (OMAPED) de la Municipalidad ORDENANZA Nº 234-MDSM San Miguel, 13 de abril de 2012 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL El concejo municipal, en sesión ordinaria celebrada en la fecha; CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modifi cada por ley Nº27680, Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, mandato constitucional concordante con el artículo II de la ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que además establece, que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 1º de la Constitución Política del Perú, establece que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fi n supremo de la sociedad y del Estado, asimismo, en su artículo 7º, estipula que todos tienen derecho a la protección de su salud, de su medio familiar y de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa y que la persona incapacitada, para velar por si misma a causa de una defi ciencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad; Que, de conformidad con el inciso 2.12 del artículo 84º de la ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que son funciones específi cas exclusivas de las municipalidades distritales, crear la ofi cina de protección, participación y organización de los vecinos con discapacidad; Que, la ley Nº27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, modifi cada por la ley Nº28164, establece el régimen legal de protección, de atención de salud, trabajo, educación, rehabilitación, seguridad social y prevención, para que la persona con discapacidad alcance su desarrollo e integración social, económica y cultural, asimismo, el artículo 10º de la invocada, dispone la obligación de los gobiernos locales de crear ofi cinas de protección participación y organización de vecinos con discapacidad; Que, mediante ordenanza Nº233-MDSM se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Miguel, en cuyo artículo 82º fi gura como programa y función de la Subgerencia de Familia, la Ofi cina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad (OMAPED) de la Municipalidad Distrital de San Miguel; Que, con la fi nalidad de fomentar a nivel distrital la atención, participación y protección de las personas con discapacidad, así como velar con el correcto cumplimiento de todas y cada una de las normas señaladas en la ley Nº27050, se suscribió el convenio de comodato suscrito entre la Municipalidad Distrital de San Miguel y Fundades; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9º y 40º de la ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el concejo municipal aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE FORMALIZA LA CREACIÓN DE LA OFICINA MUNICIPAL DE ATENCIÓN A LA PERSONA CON DISCAPACIDAD (OMAPED) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL Artículo 1º.- FORMALIZAR la creación de la Ofi cina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad (OMAPED) de la Municipalidad Distrital de San Miguel, cuya función es establecer vínculos entre la municipalidad y los vecinos que sufren algún tipo de discapacidad e integrarlos para tomar acciones de prevención, mejorando su calidad de vida y coordinando con los organismos del Estado e instituciones privadas entre otros. Artículo 2º.- ESTABLECER que la Ofi cina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad – OMAPED, como programa dependiente de la Gerencia de Desarrollo Humano de la Municipalidad Distrital de San Miguel. Artículo 3º.- La Gerencia de Desarrollo Humano, coordinará con el Consejo Nacional para la Integración de la persona con Discapacidad – CONADIS, para el desarrollo de funciones de la OMAPED. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia de Desarrollo Humano, realizar las acciones administrativas del caso, a fi n de dar cumplimiento a la presente ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 784428-1 FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 235-MDSM Mediante Ofi cio Nº231-2012-SG/MDSM, la Municipalidad Distrital de San Miguel solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 235-MDSM, publicada en la edición del 20 de abril de 2012. En el tercer considerando DICE: “... ley Nº 28212, Ley General del Sistema de Bienes Estatales,...” DEBE DECIR: “... Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales...” 784438-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Instauran proceso administrativo disciplinario a ex Procurador Público Municipal RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0212-2012-MDS Surquillo, 23 de abril de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Visto el Informe Nº 003-2012-CEPAD-MDS de fecha 20 de abril de 2012 de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad distrital de Surquillo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0460-2011- MDS de fecha 26 de abril del 2011, se resolvió dar por concluida la designación del abogado Raúl Arca Araníbar en el cargo de Procurador Público Municipal de la Municipalidad distrital de Surquillo, disponiendo la misma resolución que el funcionario saliente deberá proceder en el término de 48 horas a la entrega del cargo y el acervo documentario del área orgánica respectiva, conforme a los procedimientos y las formalidades establecidas en la ley; Que, mediante informe Nº 1287-2011-SGLM-GAF/MDS de fecha 20 de julio del 2011 emitido por la Sub Gerencia de Logística y Maestranza, se da cuenta que en atención a las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones, se le asignó al ex Procurador Abogado Raúl