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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de mayo de 2012 465741 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Encargar el Despacho de la Presidencia de la República a la señora Marisol Espinoza Cruz, Primera Vicepresidenta de la República, entre los días 5 al 14 de mayo de 2012 y en tanto dure la ausencia del Presidente de la República. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 785116-2 Autorizan viaje de personal del IRTP y de Editora Perú S.A. a fin de cubrir las incidencias informativas del viaje del Presidente de la República a Japón y Corea del Sur RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 124-2012-PCM Lima, 4 de mayo de 2012 VISTO, el Ofi cio N° 108-2012-GG/IRTP, remitido por el Gerente General (e) del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la República, señor Ollanta Humala Tasso, viajará entre los días 5 al 14 de mayo del presente año al Japón en Visita Ofi cial de Trabajo y a la República de Corea del Sur en Visita de Estado; Que, en tal sentido, resulta pertinente que el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP cubra las incidencias informativas sobre el viaje del Presidente de la República, señor Ollanta Humala Tasso, a través de los señores Bernabé Valenzuela Tapia; Diego Viaña Rosa- Pérez, Wilder Cuipal Perea; Jorge Luis López Eguren; Arturo Sandoval García; y, Mónica Paola Barone Maldonado; Que, los gastos por concepto de viáticos serán asumidos por el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP; De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; la Ley N° 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; así como la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Bernabé Valenzuela Tapia; Diego Viaña Rosa-Pérez; y Arturo Sandoval García del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, al Japón y a la República de Corea del Sur, del 5 al 14 de mayo de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán asumidos por el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US $ 260.00 x 9 días x 6 personas Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas indicadas en el artículo 1 de la presente Resolución Suprema deberán presentar ante su institución el informe describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas documentada por los viáticos entregados. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 785116-3 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 125-2012-PCM Lima, 4 de mayo de 2012 VISTO, la Carta Nº 078-G0000-EP-2012, del 27 de abril de 2012, del Gerente General de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Perú S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, el presidente de la República, señor Ollanta Humala Tasso, viajará entre los días 5 al 14 de mayo del presente año al Japón en Visita Ofi cial de Trabajo y a la República de Corea del Sur en Visita de Estado; Que, en tal sentido, resulta pertinente que la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Perú S.A. cubra las incidencias informativas sobre el viaje del presidente de la República, señor Ollanta Humala Tasso, a través de los señores Hernán Marcelo Puelles Cárdenas (redactor) y Job Francisco Rosales Pacheco (reportero gráfi co); Que, los gastos por concepto de viáticos serán asumidos por la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Perú S.A.; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; así como la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Hernán Marcelo Puelles Cárdenas (redactor) y Job Francisco Rosales Pacheco (reportero gráfi co) de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Perú S.A., al Japón y a la República de Corea del Sur, del 5 al 14 de mayo de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán asumidos por la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Perú S.A., de acuerdo al siguiente detalle: Hernán Marcelo Puelles Cárdenas (redactor) Viáticos US$ 1 820.00 Job Francisco Rosales Pacheco (reportero gráfi co) Viáticos US$ 1 820.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas indicadas en el artículo 1 de la presente Resolución Suprema deberán presentar ante su institución el informe describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas documentada por los viáticos entregados. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 785116-4