Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2012 (04/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de MORDAZA de 2012

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LURIGANCHO VISTO; La propuesta de la Administracion Municipal, y CONSIDERANDO: Que, el primer parrafo del Articulo 33º del Texto Unico Ordenando del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo NC 135-99 EF establece que el monto del tributo no pagado dentro de los plazos establecidos devengara en un interes equivalente a la Tasa de Interes Moratorio (TIM) la cual no podra exceder del 10% (diez por ciento) por encima de la Tasa Activa de MORDAZA promedio mensual en moneda nacional (TAMN) que publique la Superintendencia de Banca y Seguros el ultimo dia habil del mes anterior. Que el tercer parrafo del Articulo 33º del citado Codigo, sustituido por el Articulo 14º del Decreto Legislativo Nº 953 establece que los casos de los tributos administrados por los Gobiernos Locales, la tasa de Interes Moratorio (TIM) sera fijada por Ordenanza Municipal, la misma que no podra ser mayor a la que establezca la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT). Que, mediante Resolucion de Superintendencia 2962011/SUNAT, publicada el 31 de Diciembre del 2011, la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT) ha fijado en uno punto dos por ciento (1.2%) la Tasa de Interes Moratorio (TIM) mensual aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional que administra, la misma que se encuentra vigente a la fecha. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el inciso 8) del articulo 9º y el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Ley 27972, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LA TASA DE INTERES MORATORIO APLICABLE A LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Articulo 1º.- Establecer en uno punto dos por ciento (1.2%) la Tasa de Interes Moratorio mensual (TIM) aplicable a las obligaciones tributarias que administra o cuya recaudacion estuviera a cargo de la Municipalidad de Lurigancho ­ Chosica, que no MORDAZA pagadas dentro de los plazos establecidos. Articulo 2º.- Encargar a la Subgerencia de Administracion Tributaria, Subgerencia de Recaudacion y Control y Subgerencia de Gestion Tecnologica el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 3º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Que, la Primera Disposicion Final de la Ordenanza Nº 164-MDL, establece para el ejercicio 2012, un incentivo de PRONTO PAGO, de enero a diciembre de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, siendo que los contribuyentes que cancelen hasta el 31 de marzo de 2012, el importe anual de los Arbitrios Municipales, tendran un descuento del 10%. Que, mediante Ordenanza Nº 166-MDL, publicada el 06 de enero de 2012, se establece el monto minimo del impuesto predial, la tasa por concepto de gastos administrativos y el vencimiento del pago de los tributos municipales para el ejercicio fiscal 2012, estableciendo en su articulo 3º, las fechas de vencimiento para el pago de las obligaciones tributarias, del primer trimestre el 29 de febrero, el 2do. trimestre el 31 de MORDAZA, el 3er. trimestre el 31 de agosto y el 4to. trimestre el 30 de noviembre de 2012. Que, el Decreto de Alcaldia Nº 003-2012/MDL, amplia el plazo de vencimiento para el pago del PRIMER TRIMESTRE DEL IMPUESTO PREDIAL y de los ARBITRIOS MUNICIPALES del ejercicio fiscal 2012, hasta el sabado 31 de marzo de 2012. Que, a efectos de brindar facilidades a los contribuyentes, quienes aun no han recibido sus cuponeras de pago por la demora en la emision de las mismas, se hace necesario ampliar los plazos de vencimiento para el pago de los tributos municipales, conforme a lo establecido en el articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, concordante con el articulo 4º de la Ordenanza Nº 166-MDL. Estando a merito de lo expuesto, con aprobacion de la Gerencia Municipal, de la Gerencia de Asesoria Juridica, y en uso de las facultades conferidas por el articulo 20º, inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Primero.- AMPLIAR, en forma EXCEPCIONAL, el plazo de vencimiento para el pago del PRIMER TRIMESTRE DEL IMPUESTO PREDIAL y de los ARBITRIOS MUNICIPALES del ejercicio 2012 hasta el dia sabado 14 de MORDAZA del presente ano. Segundo.- PROSEGUIR con el beneficio del PRONTO PAGO establecido en la Primera Disposicion Final de la Ordenanza Nº 164-MDL hasta el 14 de MORDAZA de 2012. Tercero.- DISPONER la difusion del presente dispositivo a traves de la Sub Gerencia de Gestion Tecnologica para su publicacion en el MORDAZA de la pagina web municipal. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

783387-1

783393-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Derogan la Ordenanza N° 486MDMM, sobre regulaciones en materia edificatoria
ORDENANZA Nº 503-MDMM
MORDAZA MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2012

Amplian plazo de vencimiento para el pago del Primer Trimestre del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2012
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2012/MDLCH
Chosica, 30 de marzo de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA Visto el Informe Nº 071-2012/GR-MDLCH, el Gerente de Rentas remite el Informe Nº 029-12-SGAT-MDLCH, emitido por la Sub Gerencia de Administracion Tributaria, adjuntando proyecto de Decreto de Alcaldia por el cual amplia el plazo de vencimiento de la 1ª cuota del impuesto predial y arbitrios municipales hasta el 14 de MORDAZA del presente ano.

ORDENANZA QUE DEROGA LA ORDENANZA Nº 486-MDMM
EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria No. 09 de la fecha, y;

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