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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2012 (04/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de mayo de 2012 465727 Se ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- INSTITUIR, que durante los procesos de selección para la ejecución de obras con recursos públicos, cualquiera sea la fuente de fi nanciamiento, el Comité Especial y/o Comités Especiales Permanentes, deberán de considerar en las bases y los contratos, bajo los mecanismos correspondientes, la Priorización de contratación de personal, en un porcentaje no menor del 80% del total, que sea natural de la Región o que se encuentre residente en ella, con la fi nalidad de brindar oportunidad de trabajo a los habitantes residentes en esta región, salvo que se trate de mano de obra califi cada, o que requiera conocimientos especializados. Artículo Segundo.- ESTABLECER, que en los procesos de selección para la adquisición de bienes y contratación de servicios que sean fi nanciados con recursos públicos por toda fuente de fi nanciamiento, cuyos montos sean iguales o inferiores a tres (03) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigentes al momento de la transacción, serán realizadas directamente con los proveedores de la Región, siempre y cuando se efectúe bajo las mejores condiciones de calidad, precio y plazos de ejecución y entrega, con la excepción que se trate de bienes y/o servicios que no existan en la zona o aquellos que no se utilizan continuadamente en las obras que realizan las Entidades Públicas, según los requerimientos de insumos que intervienen en cada proyecto y que están estipulados en el expediente técnico aprobado. Artículo Tercero.- ESTABLECER, que en las exoneraciones de procesos de selección, por Emergencia o Desabastecimiento Inminente, que excepcionalmente realice el Gobierno Regional de Amazonas, se dé prioridad a las empresas que laboran en el ámbito regional, siempre que cumplan con acreditar su residencia física en la jurisdicción y tengan la capacidad de contratación. Artículo Cuarto.- INSTAURAR, que para el pago de la última valorización a los contratistas, que celebran contratos de obras con el Gobierno Regional Amazonas, de acuerdo a lo establecido en su contrato, cualquiera que sea el tipo de proceso de selección, deberán acreditar el no adeudo a los trabajadores, con las planillas de sueldos y salarios, boletas de pago de remuneraciones, así como con los formularios de pagos efectuados por concepto de leyes sociales, como seguro de salud, seguro de vida, pago de derechos previsionales a la ONP o AFP, y liquidación de benefi cios sociales. Artículo Quinto.- ESTABLECER que en las obras que se ejecuten bajo cualquier modalidad en el ámbito regional, se aplique estrictamente la Tabla Salarial de Construcción Civil vigente, aprobada por organismos autorizados del nivel nacional o regional, según corresponda, respetando principios de una justa y adecuada compensación por trabajos efectivamente realizados, que debe primar en toda relación laboral o contractual. Artículo Sexto.- ESTABLECER el cumplimiento y aplicación de la presente Ordenanza Regional, en todos los órganos y dependencias del Gobierno Regional Amazonas e Instituciones Públicas que fi rman convenios interinstitucionales con el Gobierno Regional de Amazonas, siempre que este ente regional y sus dependencias, sean unidades formuladoras y ejecutoras de los proyectos; no es de aplicación para los Gobiernos Locales, Organizaciones Públicas Descentralizadas (OPD) y Organismos No Gubernamentales. Artículo Séptimo.- Dejar sin efecto la Ordenanza Regional Nº 008-2003-CR/RA, de fecha 18 de julio del 2003. Artículo Octavo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” y será consignada en las bases y términos de referencia de cada proceso. Artículo Noveno.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Amazonas. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 12 días del mes de marzo del año 2012. GORKY JAVE POQUIOMA Consejero Delegado Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Mando se registre, publíque y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 27 MAR. 2012. JOSE BERLEY ARISTA ARBILDO Presidente Gobierno Regional de Amazonas 783355-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Autorizan viaje de la Alcaldesa Metropolitana de Lima a Colombia para participar en reunión sobre la creación y puesta en marcha de la Red de Ciudades de UNASUR RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nº 008 Lima, 3 de mayo de 2012 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de 3 de mayo de 2012, el Ofi cio Nº 0014-2012-MML-GCSRRPP de la Gerencia Comunicación Social y Relaciones Públicas, solicitando autorización del Pleno para que la Alcaldesa Metropolitana de Lima, señora Susana Villarán De La Puente viaje a la Ciudad de Bogotá-Colombia. De conformidad con el artículo 9º, numeral 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; RESOLVIÓ: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señora Susana Villarán De La Puente, Alcaldesa Metropolitana de Lima, a la Ciudad de Bogotá-Colombia invitada por el Alcalde Mayor de Bogotá, para que participe los días 6 al 8 de mayo del año en curso, en una reunión de preparatoria para discutir la propuesta de creación y puesta en marcha de la Red de Ciudades de UNASUR Artículo Segundo.- Los gastos de pasajes y viáticos correrán por cuenta de la Municipalidad Metropolitana de Lima, los mismos que ascienden a un total de S/. 6,189.66, (SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE CON 66/00), monto que deberá ser girado a nombre de la señora Alcaldesa Susana Villarán De la Puente, según detalle que se establece en el Artículo Tercero de la presente Resolución, con cargo a rendir cuenta documentada. Artículo Tercero.- El egreso se afectará al Presupuesto Municipal para el Ejercicio 2012 de acuerdo al siguiente detalle: CLASIFICACIÓN INSTITUCIONAL Jefatura de Gestión 01 Municipalidad Metropolitana de Lima Unidad Ejecutora 01 Gestión Administrativa Centro De Costos 11001 Gobierno Municipal Actividad 1104 Administración de la Secretaría General del Concejo Tarea 01 Administración de la Secretaría General del Concejo CLASIFICACIÓN FUNCIONAL PROGRAMÁTICA Función 03 Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia Programa 006 Gestión Sub Programa 0008 Asesoramiento y Apoyo CLASIFICACIÓN ESPECÍFICA DEL GASTO 2302010102 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicio S/. 1,614.00 2302010101 Pasajes y Gastos de Transporte S/. 4,575.66 TOTAL S/. 6,189.66 Al tipo de cambio de 2.69