Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2012 (04/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de MORDAZA de 2012

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en el Centro Poblado de Cachi Baja, distrito de Huando, provincia y departamento de Huancavelica
DECRETO SUPREMO Nº 048-2012-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 084-2011-PCM, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 06 de noviembre de 2011, se declaro el Estado de Emergencia en el Centro Poblado de Cachi Baja, en el distrito de Huando, provincia de Huancavelica, en el departamento de Huancavelica, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de acciones inmediatas destinadas a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes en la MORDAZA afectada por deslizamientos de tierras en la quebrada Misqui Yaucu como consecuencia de las lluvias producidas en el mes de marzo de 2011; Que, mediante los Decretos Supremos N° 006-2012PCM, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 05 de enero de 2012 y N° 020-2012-PCM, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 04 de marzo de 2012, se prorrogo el Estado de Emergencia en la circunscripcion territorial MORDAZA mencionada, hasta el 04 de MORDAZA de 2012; Que, con el Oficio N° 184-2012/GOB.REG.HVCA/PR, de fecha 23 de MORDAZA de 2012, el Gobierno Regional de Huancavelica, solicita se amplie la declaratoria del Estado de Emergencia por riesgo muy alto por peligro inminente de deslizamiento de tierras hacia el Centro Poblado Cachi Baja, adjuntando el Informe Ampliatorio de Estimacion del Riesgo del Centro Poblado Cachi Baja - Huancavelica - MORDAZA 2012 - Oficina Regional de Defensa Civil, del Gobierno Regional de Huancavelica; Que, mediante Informe Nº 011-2012-INDECI/10.2 de fecha 25 de MORDAZA de 2012, la Direccion Nacional de Prevencion del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, se pronuncia teniendo en consideracion lo informado por el Gobierno Regional de Huancavelica, senalando que persisten las condiciones de Peligro Inminente, por el fenomeno de deslizamiento de tierras en el Centro Poblado Cachi Baja declarado en estado de emergencia, los cuales se originaron por la falta de tratamiento del encauzamiento del drenaje pluvial (desde la construccion de la carretera Huancavelica ­ Huancayo) y, que durante varios anos vienen erosionando las rocas y terreno compuesto de lava volcanica y arcilla donde se asienta la poblacion urbana; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia declarado por Decreto Supremo Nº 084-2011PCM y prorrogado por los Decretos Supremos Nº 006-2012PCM y N° 020-2012-PCM, y subsistiendo las condiciones de emergencia en la MORDAZA, es necesario prorrogar el Estado de Emergencia, con el fin de continuar las acciones destinadas a la reduccion y minimizacion del alto riesgo existente, a la atencion de la emergencia y la rehabilitacion de las zonas afectadas, en cuanto corresponda; Que, el articulo 69 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD) aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, establece que el Gobierno Regional presenta al INDECI la solicitud de prorroga del Estado de Emergencia, con el sustento correspondiente; De conformidad con el inciso 1 del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, que establece que la prorroga del Estado de Emergencia requiere de MORDAZA decreto, asi como con el articulo 69 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD) aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica;

DECRETA: Articulo 1º.- Prorroga del Estado de Emergencia Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias calendario, a partir del 05 de MORDAZA de 2012, el Estado de Emergencia en el Centro Poblado de Cachi Baja, en el distrito de Huando, provincia de Huancavelica, en el departamento de Huancavelica, para continuar las acciones destinadas a la reduccion y minimizacion del alto riesgo existente en la MORDAZA afectada. Articulo 2º.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de Huancavelica, en coordinacion con la Municipalidad Provincial de Huancavelica, la Municipalidad Distrital de Huando, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y demas instituciones y organismos del Estado dentro de su competencia, ejecutaran las acciones inmediatas necesarias destinadas a la reduccion del alto riesgo existente, a la atencion de la emergencia y a la rehabilitacion de la MORDAZA afectada. Las entidades privadas involucradas prestaran su colaboracion y actuaran en aquello que les corresponda. Dichas acciones, de acuerdo con el sustento tecnico, comprenden entre otras, la rehabilitacion del MORDAZA de irrigacion, forestacion y reforestacion en zonas de deslizamiento, limpieza de quebradas y construccion de muros de contencion MORDAZA gaviones para proteger del deslizamiento de tierras la parte superior de Cachi Baja (borde de carretera) a fin de estabilizar el deslizamiento de masas de terreno; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento y la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 785116-1

Encargan el Despacho de la Presidencia de la Republica a la Primera Vicepresidenta de la Republica
RESOLUCION SUPREMA Nº 123-2012-PCM MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Republica, senor Ollanta Humala Tasso, viajara del 5 al 14 de MORDAZA del presente ano con el objeto de realizar una Visita Oficial de Trabajo al Japon y una Visita de Estado a la Republica de Corea; Que, en consecuencia, es necesario encargar las funciones del Despacho de la Presidencia de la Republica a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Primera Vicepresidenta de la Republica y en tanto dure la ausencia del Presidente de la Republica; De conformidad con el articulo 115º de la Constitucion Politica del Peru; y Estando a lo acordado;

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