Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2012 (12/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Relaciones Internacionales de este Ministerio, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la Republica de MORDAZA detallado a continuacion, del 13 de MORDAZA al 07 de junio de 2012, para participar en el Ejercicio Multinacional UNITAS LIII Fase MORDAZA 2012, con la MORDAZA de MORDAZA del Peru. 1. C2 ULISIS PASTENE PASTENE MORDAZA 2. C2 MORDAZA MORDAZA NAUDUAN 3. C2 MORDAZA QUIROGA MORDAZA 4. S2 MORDAZA FERNANDOYN MORDAZA 5. EAC MORDAZA BRUSCO MORDAZA Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA OTAROLA PENARANDA Ministro de Defensa 787772-3 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 525-2012-DE/SG MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 390 de fecha 09 de MORDAZA de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Federativa de Brasil, sin MORDAZA de guerra; Que, personal militar de la Republica Federativa de Brasil, ingresara a territorio nacional del 13 al 16 de MORDAZA del 2012, para participar en la Reunion del Consejo de Defensa Suramericano - UNASUR; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas

Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Relaciones Internacionales de este Ministerio, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la Republica Federativa de Brasil detallado a continuacion, del 13 al 16 de MORDAZA de 2012, para participar en la Reunion del Consejo de Defensa Suramericano UNASUR. 1. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CASTILHO

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA OTAROLA PENARANDA Ministro de Defensa 787772-4 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 526-2012-DE/SG MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 322 de fecha 19 de MORDAZA de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, personal militar de la Republica de MORDAZA, en el MORDAZA del acuerdo A-4-IX de la IX Reunion de Estados Mayores, ingresara a territorio nacional del 13 de MORDAZA al 08 de junio de 2012, para participar como observador durante el Crucero Oceanografico "ENOS -2012" a bordo del B.A.P. "CARRASCO", unidad a cargo de la Direccion de Hidrografia y Navegacion de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del

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