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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de mayo de 2012 466115 VISTOS: Los Ofi cios Nºs. 872-2011-GORE-ICA/PR, 127-2012- GORE-ICA/PR y 164-2012-GORE-ICA/PR del Gobierno Regional de Ica; el Memorándum Nº 446-2012-MTC/20 del Provías Nacional; los Informes Nºs. 127-2012- MTC/14.07 y 169-2012-MTC/14.07 de la Dirección de Caminos; y, los Memorándum Nºs. 840-2012-MTC/14 y 1200-2012-MTC/14 de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2011-MTC, publicado en el diario ofi cial “El Peruano” el 27 de julio de 2011, se derogó el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 044-2008-MTC, y se aprobó una nueva actualización del Clasifi cador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras – SINAC, estableciéndose que el tramo de vía: Guadalupe – Ica forma parte de la Ruta Nacional PE-1S o Longitudinal de la Costa Sur; Que, con Ofi cios Nºs. 872-2011-GORE-ICA/PR, 127-2012- GORE-ICA/PR y 164-2012-GORE-ICA/PR, de fecha 29 de noviembre de 2011 y 21 de febrero y 05 de marzo de 2012, respectivamente, el Gobierno Regional de Ica solicitó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en adelante el MTC, la reclasifi cación temporal de la Ruta Nacional PE-1S en el tramo: Guadalupe – Ica, como Ruta Departamental o Regional, con la fi nalidad de mejorar las características físicas y operativas de dicha vía para lograr una adecuada articulación económica y territorial en dicha jurisdicción así como la transitabilidad acorde con sus necesidades de desarrollo económico y social; Que, mediante Memorándum Nº 446-2012-MTC/20 de fecha 21 de febrero de 2012, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - Provías Nacional, opinó favorablemente respecto de la reclasifi cación temporal de la vía solicitada por el Gobierno Regional de Ica; Que, con Informes Nºs. 127-2012-MTC/14.07 de fecha 07 de marzo de 2012 y 169-2012-MTC/14.07 de fecha 10 de abril de 2012, respectivamente, la Dirección de Caminos de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles consideró procedente la reclasifi cación temporal de la Ruta Nacional PE-1S en el tramo: Guadalupe – Ica, como Ruta Departamental o Regional, a efectos de posibilitar la intervención del Gobierno Regional de Ica en dicha vía y realice las inversiones correspondientes destinadas a mejorar sus características físicas y operativas; Que, mediante Memorándum Nºs. 840-2012-MTC/14 de fecha 07 de marzo de 2012 y 1200-2012-MTC/14 de fecha 10 de abril de 2012, respectivamente, el Director General de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles en mérito de los Informes Nºs. 127-2012-MTC/14.07 y 169- 2012-MTC/14.07, encuentra conforme la reclasifi cación temporal de la jerarquía de la ruta antes citada, como Ruta Departamental o Regional, asignándosele el Código Temporal Nº IC-114; Que, de acuerdo con los numerales 6.1 y 6.2 del artículo 6 del Reglamento de Jerarquización Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2009-MTC, en adelante el Reglamento, el Gobierno Nacional, como ente normativo, es la autoridad competente para la jerarquización del Sistema Nacional de Carreteras y las autoridades competentes para la aplicación del Reglamento, son el MTC por el Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, de conformidad con los niveles de Gobierno que corresponden a la organización del Estado; Que, de conformidad con el numeral 10.2 del artículo 10 del Reglamento, las autoridades competentes podrán proponer de común acuerdo la reclasifi cación de las carreteras de cualquiera de las Redes Viales del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), ubicadas en el ámbito de su jurisdicción, con el correspondiente sustento técnico y en concordancia con los criterios del artículo 8, la cual será aprobada por el MTC mediante Resolución Ministerial e incorporada al Clasifi cador de Rutas y al Registro Nacional de Carretera (RENAC); Que, además, el artículo 9 del Reglamento, dispone que corresponde al MTC, a través de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, efectuar la Clasifi cación de las Carreteras que conforman el Sistema Nacional de Carreteras (SINAC) en aplicación de los criterios establecidos en el artículo 8 del Reglamento, considerando para tales efectos, la información que proporcionen las autoridades competentes a que se refi ere el artículo 6 del referido Reglamento; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 026-2009-MTC se incorporó al Decreto Supremo Nº 044-2008-MTC, el artículo 5-A a fi n de establecer que el MTC podrá disponer, a petición de las autoridades competentes previstas en el artículo 6 del Reglamento, la reclasifi cación temporal de una vía, mediante Resolución Ministerial; y que, para tramitar dicha reclasifi cación, la autoridad solicitante debe acreditar ante el MTC, que cuenta con los recursos presupuestales correspondientes; Que, el Gobierno Regional de Ica ha señalado mediante el Ofi cio Nº 164-2012-GORE-ICA/PR que cuenta con los recursos presupuestales correspondientes para mejorar las características físicas y operativas de la Ruta Nacional PE-1S en el tramo: Guadalupe – Ica; Que, en consecuencia, estando a lo solicitado por el Gobierno Regional de Ica y a lo informado por la Dirección Ejecutiva del Provías Nacional y la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles; resulta procedente reclasifi car la jerarquía de la Ruta Nacional PE-1S en el tramo: Guadalupe – Ica, como Ruta Departamental o Regional, asignándosele el Código Temporal Nº IC-114; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos Nºs. 017-2007-MTC, 044-2008-MTC, 006- 2009-MTC, 026-2009-MTC, 036-2011-MTC y 021-2007- MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Reclasificar temporalmente la jerarquía de la Ruta Nacional PE-1S en el tramo: Guadalupe – Ica, como Ruta Departamental o Regional correspondiente a la Red Vial a cargo del Gobierno Regional de Ica, asignándosele el Código Temporal Nº IC-114; la misma que adoptará la siguiente Trayectoria: Ruta Nº IC-114 Trayectoria: Guadalupe – Ica Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 787237-3 Autorizan transferencias financieras del Ministerio a favor de los Gobiernos Locales Provinciales de Chota, Concepción, Huancayo y San Martín, para la ejecución y supervisión de obras de mantenimiento de caminos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 221-2012-MTC/02 Lima, 7 de mayo de 2012 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 879-2011-MTC/01 de fecha 22 de diciembre de 2011, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2012 del Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el cual comprende entre otras unidades ejecutoras a Provías Descentralizado;