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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2012 (12/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de mayo de 2012 466108 personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, al personal militar de la República de Chile detallado a continuación, del 13 de mayo al 08 de junio de 2012, para participar como observador durante el Crucero Oceanográfi co “ENOS -2012” a bordo del B.A.P. “CARRASCO”, unidad a cargo de la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú. 1. Teniente Segundo José VARGAS Llano Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 787772-5 Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de los Estados Unidos de América RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 535-2012-DE/SG Lima, 10 de mayo de 2012 CONSIDERANDO: Que, con fecha 10 de mayo de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, personal militar de los Estados Unidos de América, ingresará a territorio nacional del 12 al 25 de mayo de 2012 a borde del Buque Underwood, cuyo ingreso se autorizó mediante Resolución Legislativa Nº 29857, para participar en el Ejercicio Multinacional UNITAS LIII Fase Pacífi co de 2012, a cargo de la Marina de Guerra del Perú, en las áreas de Lima y Callao; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, al personal militar de los Estados Unidos de América detallado en el Anexo 1, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución, del 12 al 25 de mayo de 2012, para participar en el Ejercicio Multinacional UNITAS LIII Fase Pacífi co de 2012, a cargo de la Marina de Guerra del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 787820-1 EDUCACION Dan por concluidas designaciones de representantes del Ministerio y Secretaria Técnica del Consejo Directivo del Programa Nacional BECA 18 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0185-2012-ED Lima, 11 de mayo de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 017-2011-ED se creó el Programa Nacional BECA 18 dependiente del Ministerio de Educación, que tiene por objeto mejorar la equidad en el acceso a la Educación Superior, garantizando la permanencia y culminación de los estudios de los benefi ciarios y fortalecimiento del desarrollo del país desde la perspectiva de la inclusión social; Que, conforme al artículo 8 del referido Decreto Supremo, el Programa Nacional BECA 18 cuenta con un Consejo Directivo integrado por seis (6) miembros, así como con una Secretaría Técnica a cargo del Ministerio de Educación; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0619-2011- ED, se designó a los señores Fernando Bolaños Galdos y Raúl Choque Larrauri, como representantes del Ministerio de Educación ante el Consejo Directivo, actuando el primero de ellos como Presidente; Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial N° 0621-2011-ED, se designó a la abogada Rommy Cristina Vásquez Castro como Secretaria Técnica del Consejo Directivo; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29837, Ley que crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, dispone la incorporación del Programa Nacional BECA 18, entre otras becas, al nuevo Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo; Que, en consecuencia, el Programa Nacional BECA 18 se encuentra en proceso de cierre, en la medida que sus actividades y funciones serán asumidas plenamente por el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, a través de su componente Beca Pregrado; Que, por lo tanto, resulta necesario dar por concluida la designación de los representantes del Ministerio de Educación ante el Consejo Directivo del Programa Nacional BECA 18, y de la Secretaria Técnica de dicho