Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2012 (12/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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organo, para lo cual debe expedirse el acto resolutivo correspondiente; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo N° 006-2012-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones y el Cuadro para Asignacion de Personal del Ministerio de Educacion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion de los senores MORDAZA Bolanos Galdos y MORDAZA MORDAZA Larrauri, como representantes del Ministerio de Educacion ante el Consejo Directivo Programa Nacional BECA 18, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Dar por concluida la designacion de la abogada Rommy MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Secretaria Tecnica del Consejo Directivo del Programa Nacional BECA 18, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion 787787-1

ENERGIA Y MINAS
Otorgan concesion definitiva de generacion con recursos energeticos renovables a favor de Renovables de los Andes S.A.C. para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica
RESOLUCION MINISTERIAL N° 214-2012-MEM/DM MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2012 VISTO: El Expediente N° 11275911 organizado por RENOVABLES DE LOS ANDES S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida N° 12300114 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica con Recursos Energeticos Renovables; CONSIDERANDO: Que, mediante documento con registro de ingreso Nº 2094786 de fecha 26 de MORDAZA de 2011, RENOVABLES DE LOS ANDES S.A.C., solicito concesion definitiva de generacion de energia electrica con Recursos Energeticos Renovables para el desarrollo de la futura Central Hidroelectrica RenovAndes H1, con una potencia instalada de 19,99 MW, ubicada en los distritos de Chanchamayo y Perene, provincia de Chanchamayo, departamento de MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente, utilizando los recursos hidricos del rio Huatziroki; Que, la peticion de concesion definitiva se halla amparada en las disposiciones contenidas en los articulos 3 y 38 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, concordado con el articulo 66 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, la peticionaria ha presentado una Declaracion Jurada de cumplimiento de las normas tecnicas y de conservacion del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nacion, de acuerdo a los requisitos

senalados en el articulo 38 de la Ley de Concesiones Electricas; Que, mediante la Ley Nº 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indigenas u Originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organizacion Internacional del Trabajo (OIT), se desarrolla el contenido, los principios y el procedimiento del derecho a la consulta previa a los pueblos indigenas u originarios respecto a las medidas legislativas o administrativas que les afecten directamente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2012-MC se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indigenas u Originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organizacion Internacional del Trabajo (OIT); Que, el articulo 2 del Decreto Supremo Nº 0012012-MC, en su parrafo final senala que respecto a los actos administrativos, las reglas procedimentales previstas en la referida MORDAZA se aplican a las solicitudes que se presenten con posterioridad a su publicacion; Que, segun la informacion proporcionada por RENOVABLES DE LOS ANDES S.A.C., el area donde se preve instalar los bienes de la Central Hidroelectrica RenovAndes H1 esta constituida por la faja marginal del rio Huatziroki que es de propiedad del Estado y de tres (03) centros poblados reconocidos por la Municipalidad Provincial de Chanchamayo (Poblado Universal Bajo Huatziroki) y la Municipalidad Distrital de Perene (Villa Anashironi y Santari), constituidos a su vez por adjudicatarios particulares, conforme a lo informado por la Ex PETT y COFOPRI, entre los cuales se encuentra la misma peticionaria que ha adquirido en compraventa dos predios y ha suscrito dos contratos de promesa de compra de otros dos predios, asimismo, conforme se preve del plano Nº HiCAT-05 se muestra la ubicacion de dos comunidades nativas fuera de la MORDAZA de concesion solicitada, tal como se comprueba en los documentos que obran en el Expediente; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 1082012-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto por el articulo 38 de la Ley de Concesiones Electricas, y el articulo 66 de su Reglamento, y de conformidad con las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1002; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1.- Otorgar concesion definitiva de generacion con Recursos Energeticos Renovables a favor de RENOVABLES DE LOS ANDES S.A.C., que se identificara con el codigo N° 11275911, para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica RenovAndes H1, con una potencia instalada de 19,99 MW, ubicada en los distritos de Chanchamayo y Perene, provincia de Chanchamayo, departamento de MORDAZA, en los terminos y condiciones indicados en la presente Resolucion Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el articulo siguiente. Articulo 2.- Aprobar el Contrato de Concesion N° 4002012 a suscribirse con RENOVABLES DE LOS ANDES S.A.C., que consta de 19 Clausulas y 4 Anexos. Articulo 3.- Autorizar al Director General de Electricidad para suscribir, en representacion del Estado, el Contrato de Concesion aprobado en el articulo que antecede, asi como la Escritura Publica correspondiente. Articulo 4.- El texto de la presente Resolucion Ministerial debera incorporarse en la Escritura Publica que de origen el Contrato de Concesion N° 400-2012, referido en el articulo 2 de la presente Resolucion, en cumplimiento del articulo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas.

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