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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2012 (24/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de mayo de 2012 466824 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aprueban la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada y Memoria Descriptiva para Uso Residencial de Densidad Media de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 046-2012-SGCHU-GDU-MDSMP San Martín de Porres, 9 de marzo de 2012 VISTOS: El Expediente Nº 506-98 de fecha 30.11.1998, y acumulados, seguido por INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA LA PERLA S.R. Ltda, mediante el cual solicita la aprobación de la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada del terreno de 37,200.00 m2, para Uso Residencial de Densidad Media (RDM), Comercio Vecinal (CV), Educación Básica (E1) y Zona de Recreación Pública (ZRP), sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Residencial “La Perla II”, constituido por el Lote Nº 33 identifi cado con el Registro de Unidad Catastral Nº 10395 que formó parte del Lote A-1 del fundo Chuquitanta, inscrito en la Partida Nº 44173131 de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, ubicado en el Distrito de San Martín de Porres, Provincia y Departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que con Expediente Nº 506-98, y acumulados, Inmobiliaria y Constructora La Perla S.R. Ltda., solicita la aprobación de la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada del terreno de 37,200.00 m2 sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda “Residencial La Perla II” acogiéndose a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 836- 2005 MML, que establece los Aportes Reglamentarios para la provincia de Lima, respetando la zonifi cación establecida en la Ordenanza 1015-2007-MML, en la cual dispone califi car al terreno, materia del visto, para uso Residencial de Densidad Media (RDM), Comercio Vecinal (CV), Centro de Educación Básica (E-1) y Recreación Pública (ZRP). Que, con los informes N° 0052 y 0054-10MML- IMP-DE/DGP, emitidos por el Instituto Metropolitano de Planifi cación, se pronunciaron en relación a los actuales Planos de Zonifi cación en donde están identifi cados los parques y equipamientos urbanos no como un requerimiento de áreas de reserva por zonifi cación, sino más bien es un reconocimiento de las características propias de la estructura urbana de la ciudad. Los estudios urbanos que se realizaron para los sectores de los Ex – Fundos de Santa Rosa, Naranjal y Chuquitanta, ubicados en esta jurisdicción, incorporaron en el plano de zonifi cación los equipamientos y parques, provenientes de los aportes reglamentarios, con la fi nalidad de preservar y/o evitar que sean vendidos irregularmente. En estas condiciones resultaría un absurdo exigir que los procesos de habilitación urbana en vía de regularización, que se vienen tramitando, generen doble aporte, si se estima que los parques y colegios, que están reconocidos en los planos de zonifi cación, no puedan ser considerados como aportes; Que, con el informe N° 305-2010-MML-GDU- SPHU-DCO del 21 de Diciembre del 2010, emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima establece que es innecesario procesar una norma que aclare que las áreas de parques o equipamiento urbano expresados gráfi camente en los planos de zonifi cación vigente pueden corresponder a los aportes gratuitos de los proyectos de Habilitación Urbana y por tanto deben de ser reconocidos como tales en el proceso de aprobación de dichos proyectos; Que en fecha 04 de Noviembre de 1999 la Ofi cina Registral de Lima y Callao inscribe en el Asiento C00002 la Transferencia de dominio por Fusión a favor de INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA RESIDENCIAL S.A.C. inscrita en la Partida Electrónica Nº 00119555 del registro de Personas Jurídicas de Lima al haber absorbido a la Inmobiliaria Constructora La Perla S.R. Ltda. Que la Comisión Técnica Dictaminadora y Califi cadora de Habilitaciones Urbanas, acreditada ante nuestra corporación mediante Resolución de Alcaldía Nº 064- 2011-MDSMP del 02.03.2011, emitió el Dictamen FAVORABLE en Sesión Nº 09-2011-CTDHU, con Acuerdo Nº 01 de fecha 28 de Diciembre del 2011, al Proyecto de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Residencial “Residencial La Perla II” constituido por el Lote Nº 33 identifi cado con el Registro de Unidad Catastral Nº 10395 que formó parte del Lote A-1 del fundo Chuquitanta del Distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima. Que en virtud a la Ordenanza N° 836-MML se han aplicado los Aportes Reglamentarios, para el área asignada con Zonifi cación RDM Residencial de Densidad Media, con lo cual el aporte de Recreación Pública está constituido por el área de 2,414.87 m2, el aporte de Parques Zonales (SERPAR) es de 689.96 m2, el aporte al Ministerio de Educación está constituido por el área de 689.96 m2, Renovación Urbana está constituido por el área de 344.98 m2 y el aporte de Otros Fines (Municipalidad Distrital) está constituido por el área de 689.96 m2; para el área asignada con Zonifi cación CV Comercio Vecinal, con lo cual el aporte de Parques Zonales (SERPAR) es de 135.09 m2, el aporte para Renovación Urbana está constituido por el área de 81.05 m2 y el aporte de Otros Fines (Municipalidad Distrital) está constituido por el área de 54.04 m2. Que mediante el Informe Nº 505-2011-CDV-SGCHU- GDU-MDSMP se señala que el administrado ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley 26878-“Ley General de Habilitaciones Urbanas y el TUPA de esta corporación. Asimismo se indica que la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada del terreno de 37,200.00 m2 sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda “Residencial La Perla II””, califi cado con zonifi cación Residencial de Densidad Media “RDM”, Comercio Vecinal (CV), Centro de Educación Básica (E-1) y Zona de Recreación Pública (ZRP) ha cumplido con los planes urbanos respecto a la zonifi cación, sistema vial y aportes reglamentarios dejando en el terreno el área de 2,415.05 m2 destinado a Recreación Pública y el área de 689.96 m2 destinado al Ministerio de Educación. Al no existir áreas libres se redimirá en dinero hasta antes de la Recepción de Obras por el défi cit de aportes para el área asignada con Zonifi cación RDM Residencial de Densidad Media para Parques Zonales (SERPAR) por el área de 689.96 m2 y por el défi cit destinado a Renovación Urbana el área de 344.98 m2 y Otros Fines (Municipalidad Distrital) el área de 689.96 m2; para el área asignada con Zonifi cación CV Comercio Vecinal por el défi cit para Parques Zonales (SERPAR) el área de 135.09 m2, por el défi cit destinado a Renovación Urbana el área de 81.05 m2 y por el défi cit destinado para Otros Fines (Municipalidad Distrital) el área de 54.04 m2. Que de acuerdo a la Valorización Nº 029-2011- SGCHU-GDU/MDSMP del 28.12.2011 se calcula el valor por Proyectos y Control de Obras el monto de S/. 13,807.28 nuevos soles cancelando en tesorería de esta corporación según recibo Nº 2012004290 del 26.01.2012 y por el Défi cit de aportes de Otros Fines de 689.96 m2 con zonifi cación RDM por el monto de S/. 6,899.60 nuevos soles, por el défi cit de aportes de Otros Fines de 54.04 m2 con Zonifi cación CV por el monto de S/. 540.40 nuevos soles lo que asciende a un total de S/. 7,440.00 nuevos soles cancelando en Tesorería de esta corporación según Recibo Nº 2012004289 del 26.01.2012. Que con Codifi cado Nº 29867-01-2012 de fecha 23.02.2012, el administrado acuerda dejar en garantía de pago por el défi cit de aporte para Parques Zonales (SERPAR) por el área de 689.96 m2 para el área con Zonifi cación RDM y 135.09 m2 para el área Zonifi cada con CV el Lote 17 de la Mz “B”, el lote 26 de la Mz “D” los Lotes 21 y 27 de la Mz “C” y los Lotes 8 y 9 de la Mz “F”; para Renovación Urbana por el área de 344.98 m2 por el área Zonifi cada con RDM y 81.05 m2 para el área Zonifi cada con CV el Lote 2 de la Mz “A” y los Lotes 10,16 y 17 de la Mz “F” del Programa de Vivienda “Residencia La Perla II”. Que, mediante el Informe Nº 059-2012-CDV-SGCHU- GDU-MDSMP de fecha 28.02.2012, el área Habilitaciones