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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2012 (24/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de mayo de 2012 466822 Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización, establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la Participación Vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad conforme a ley; Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley N° 27680 – Ley de Reforma Reforma Constitucional, y el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Organica de Municipalidades, señala que las municipalidades provinciales y distritales, son órganos de gobierno local, que cuentan con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; y que esta autonomía radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 20° de la Ley N° 27783 – Ley de Bases de Descentralización, dispone que los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley , y en concordancia con los palnes de desarrollo concertados; Que, los artículos 53°, 104° y 112° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señalan “Que las municipalidades se rigen por sus presupuestos participativos anuales como instrumento de administración y de gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados”, “Que la función del Consejo de Coordinación Local Distrital es coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Concertado y el Presupuesto Participativo” y “Los Gobiernos Locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestión”, respectivamente; Que, de conformidad a la Ley N° 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, defi ne al proceso del presupuesto participativo como un mecanismo de asignación equitativa, racional, efi ciente, efi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil, el cual se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; especifi cando las acciones del proceso del presupuesto participativo mediante la Ley N° 29298, que modifi ca los artículos 4°, 5°, 6° y 7° de la mencionada Ley; Que, de conformidad a la Ley Nº 29298, en su Segunda Disposición, y al Decreto Supremo N° 097–2009–EF, se establecen los criterios de alcance y montos de ejecución que permitan delimitar los proyectos de inversión pública de impacto regional, provincial y distrital, a ser considerados por los Gobiernos Regionales y Locales en sus respectivos presupuestos participativos; Que, de conformidad al Decreto Supremo N° 142-2009-EF, que reglamenta la Ley N° 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo, y el Decreto Supremo N° 131-2010-EF, que modifi ca el artículo 6° de la mencionada Ley, se precisan los lineamientos que permitan regular la participación de la sociedad civil en el proceso de presupuesto participativo; Que, la Ley N° 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los principios, así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refi ere el artículo 11 de la Ley Nº 28112 - Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77° y 78° de la Constitución Política del Perú; Que, mediante Resolución Directoral N° 007-2010- EF/76.01, se aprueba el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01, “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados” como instrumento orientador a fi n de que los Gobiernos Regionales y Locales desarrollen articuladamente los procesos de planeamiento de desarrollo concertado y presupuesto participativo. Dicho proceso debe estar orientado a resultados con la fi nalidad de que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos y resultados específi cos que la población necesite, particularmente de aquellas dimensiones que se consideran más prioritarias para el desarrollo local, evitando de este modo inefi ciencias en la asignación de los recursos, es decir, que las intervenciones del Estado se constituyan en soluciones a problemas fundamentales de la población en el ámbito jurisdiccional; Que, mediante Acuerdo del Concejo Nº 042-2012/ MDPl, de fecha 17 de Mayo del 2012 se aprueba el Proyecto de Ordenanza Municipal que apertura el Proceso del Presupuesto Partcipativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2013, en el distrito de Pucusana; Que, mediante Informe N°049-2012-OPP/MDP, de fecha 09 de Mayo del 2012, se presenta el Proyecto de Ordenanza Municipal que apertura el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2013, conforme a los lineamientos del Instructivo N°001-2010- EF/76.01, “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, aprobado mediante Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01; Que, mediante Proveido N°270-GM/MDP/2012 de fecha 11 de Mayo del 2012, previa revisión y consulta con respecto al Informe N°049-2012-OPP/MDP que adjunta el Proyecto de Ordenanza Municipal que apertura el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2013, éste emite opinión favorable para su aprobación ante Sesión de Concejo. En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley 27972 -Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, ORDENANZA QUE APERTURA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2013 Artículo Primero.- APERTURAR el “Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2013” en el ámbito del distrito de Pucusana. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Alcalde, la aprobación de los documentos complementarios a la presente Ordenanza Municipal para el desarrollo del proceso participativo, mediante Decreto de Alcaldía y Resolución de Alcaldía, de conformidad con el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto el cumplimiento del desarrollo del proceso, conforme a los lineamientos del Instructivo N° 001- 2010-EF/76.01, “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, aprobado mediante Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01. Artículo Cuarto.- DEJAR sin efecto todas las disposiciones internas que se opongan a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Quinto.- ENCARGAR a Secretaría General y a la Unidad de Informática, la publicación y difusión de la presente Ordenanza Municipal en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pucusana. Artículo Sexto.- ENCARGAR a Secretaría General, la publicación, distribución y notifi cación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y/o medios de comunicación local de la jurisdicción. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. PEDRO PABLO FLORIAN HUARI Alcalde 791966-1 Aprueban Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2013 DECRETO DE ALCALDÍA N° 003-2012-AL/MDP Pucusana, 17 de Mayo del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA VISTO: La Ordenanza Municipal N°114-2012-MDP, que apertura el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2013, en su Artículo Segundo ”Autorizar al Alcalde, la emisión de los documentos complementarios a la presente Ordenanza Municipal, para la implementación y desarrollo del proceso, de conformidad con el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N°27972 – Ley Orgánica de Municipalidades”; el Informe N°049-2012-OPP/MDP, de fecha 09 de Mayo del 2012, que propone el Proyecto de Decreto de Alcaldía