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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2012 (25/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de mayo de 2012 466856 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 152-2010-RE, de 20 de abril de 2010, se dispuso, entre otras medidas, cerrar temporalmente la Embajada del Perú en el Reino de Suecia; Que, la agenda prioritaria del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú contempla el desarrollo de una diplomacia económica que sirva como instrumento para el incremento de las inversiones, las exportaciones, el turismo y para elevar la competitividad de las empresas; Que, en los últimos años las relaciones políticas, económicas y comerciales entre la República del Perú y el Reino de Suecia han adquirido gran dinamismo a través de los contactos establecidos entre ambas Cancillerías; Que, el Perú debe continuar insertándose positivamente en el proceso global a través de una identifi cación precisa de sus intereses en los ámbitos político estratégico, económico, comercial, social y cultural; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 11) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29357 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 28091 - Ley del Servicio Diplomático de la República; y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la reapertura de la Embajada del Perú en el Reino de Suecia, con sede en la ciudad de Estocolmo, su capital. Artículo 2º.- Asignar los recursos necesarios para la reapertura y sostenimiento de la Embajada del Perú en el Reino de Suecia a través del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 793077-10 Dan término a designación de Director Ejecutivo Adjunto de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 126-2012-RE Lima, 24 de mayo de 2012 VISTA: La carta s/n, de fecha 14 de marzo de 2012, remitida por el señor Álvaro Jesús Carrillo Mayanga, Director Ejecutivo Adjunto de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI). CONSIDERANDO: Que, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) es un organismo público adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27692 y sus modifi catorias, responsable como ente rector de la cooperación técnica internacional de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperación internacional no reembolsable que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado en función de la política nacional de desarrollo; Que, la citada norma establece como uno de los órganos de ejecución de la Dirección Ejecutiva de la APCI, el cargo de Director Ejecutivo Adjunto; Que, mediante Resolución Suprema Nº 440-2011-RE, se designó al señor Álvaro Jesús Carrillo Mayanga como Director Ejecutivo Adjunto de la APCI; Que, la renuncia del señor Álvaro Jesús Carrillo Mayanga, fue aceptada por el Consejo Directivo de la APCI, en Sesión Nº 004-2012-CD/APCI, de fecha 30 de marzo de 2012, a través del Acuerdo Nº 010-2012-CD/ APCI; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la APCI y sus modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2007-RE y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar término a la designación del señor Álvaro Jesús Carrillo Mayanga, como Director Ejecutivo Adjunto de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, a partir de la fecha. Artículo 2º.- Darle las gracias por los servicios prestados al Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 793077-11 Autorizan la realización de la Vigésimo Primera Campaña Científica del Perú a la Antártida (ANTAR XXI) RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0545/RE Lima, 24 de mayo de 2012 CONSIDERANDO: Que, para el cabal cumplimiento de la Política Nacional Antártica, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha previsto en su Plan Operativo Anual 2012, la realización de la Vigésimo Primera Campaña Científi ca del Perú a la Antártida (ANTAR XXI), encontrándose prevista su ejecución entre los meses de noviembre de 2012 y febrero de 2013, plazo sujeto a las condiciones climáticas de la región antártica y otros factores concurrentes; Que, es necesario dictar las disposiciones correspondientes que autoricen y permitan con la debida antelación la preparación y ejecución de la ANTAR XXI; Teniendo en cuenta el Memorándum (DSL) N° DSL0282/2012, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, de 07 de mayo de 2012; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 13 del artículo 6º de la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo Nº 016-2002-RE, que aprueba la Política Nacional Antártica; el Decreto Supremo Nº 027-2007- PCM, que defi ne y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional; y la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la realización de la Vigésimo Primera Campaña Científi ca del Perú a la Antártida (ANTAR XXI). Artículo 2°.- Las fechas de inicio y repliegue de la ANTAR XXI se fi jarán oportunamente mediante Resolución