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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 6 de noviembre de 2012 477990 Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la modifi cación del Clasifi cador de Cargos del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Resolución Ministerial N° 101-2011- MINCETUR/DM, conforme al Anexo I que en tres (03) folios, forma parte de la presente Resolución Ministerial: Artículo 2°.- Aprobar el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Resolución Suprema N° 016-2002-MINCETUR, modifi cada por las Resoluciones Ministeriales N° 406-2004-MINCETUR/ DM y Nº 038-2007-MINCETUR/DM, y reordenado mediante Resoluciones Ministeriales Nos. 013-2010-MINCETUR/DM, 076-2011-MINCETUR/DM y 030-2012-MINCETUR/DM, según el detalle del Anexo II que en un (01) folio forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial “El Peruano” y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.mincetur.gob.pe) en la misma fecha de la publicación ofi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 862348-1 DEFENSA Autorizan el ingreso al territorio nacional de personal militar de Argentina y los EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1234-2012-DE/SG Lima, 5 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DSD) Nºs. 853 y 869 del 30 de octubre y 5 de noviembre de 2012, respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Argentina, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio Nº 2110 JEMCFFAA/DAAII/Dpto. AAII del 23 de octubre de 2012, el Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas por encargo del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República Argentina, a llevarse a cabo en la ciudad de Lima; Que, el personal militar antes señalado ingresará a territorio de la República, del 6 al 9 de noviembre de 2012, con la fi nalidad de participar en la XII Ronda de Conversaciones entre el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Argentina y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de la República Argentina detallado a continuación, del 6 al 9 de noviembre de 2012, a fi n que participen en la XII Ronda de Conversaciones entre el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Argentina y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú, a llevarse a cabo en la ciudad de Lima. 1. Contralmirante Gabriel OMAR URCHIPÍA 2. Coronel Bernardo DAY 3. Coronel Emilio LUJÁN RENDA 4. Coronel Héctor RODOLFO FLORES 5. Capitán de Navío Jorge ARMANDO DEFENSA 6. Vicecomodoro Juan SOTO 7. Mayor Martín MIGUEL ESTRADA Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 862361-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1235-2012-DE/SG Lima, 5 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 841 del 26 de octubre de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio G.500-4019 del 10 de octubre de 2012, el Secretario del Comandante General de la Marina por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el personal militar antes señalado ingresará a territorio de la República, del 26 al 30 de noviembre de 2012, a fi n de colaborar en los trabajos de investigación que viene realizando el Departamento de Bacteriología del Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales (NAMRU – 6), en la ciudad de Lima; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado