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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (06/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 6 de noviembre de 2012 478007 Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009- MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida la designación de la abogada DELIA MORALES CUTI en el cargo de Asesor de Secretaría General del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Entidad. Artículo 2°.- Dejar sin efecto el encargo de funciones dispuesto por la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 097-2012-OEFA/PCD de fecha 12 de octubre de 2012. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la Entidad (www. oefa.gob.pe) y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo 862153-1 Designan Director de la Dirección de Supervisión del OEFA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO N° 108-2012-OEFA/PCD Lima, 5 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 006-2010-MINAM se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, contemplándose el cargo de Director de la Dirección de Supervisión, cuyas funciones se encuentran detalladas en el Manual de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por la Resolución de Consejo Directivo Nº 005-2010-OEFA/ CD, actualizado por la Resolución de Consejo Directivo N° 009-2012-OEFA/PCD de fecha 30 de octubre de 2012; Que, el Literal e) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM, establece que corresponde al Presidente del Consejo Directivo designar y remover a los funcionarios y asesores de la entidad; Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Dirección de Supervisión por lo que resulta necesario designar al funcionario que desempeñará dicho cargo; Contando con el visado de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del OEFA; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y en uso de las atribuciones conferidas por el Literal e) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 022- 2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar a la abogada DELIA MORALES CUTI en el cargo de Director de la Dirección de Supervisión del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA. Artículo 2°.- La presente Resolución será publicada en el Portal Web Institucional (www.oefa.gob.pe) y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo 862153-2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Conforman comisión encargada de elaborar una Directiva que regule en forma integral la inscripción de los diferentes actos y derechos de las Comunidades Nativas en los Registros Públicos RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 309-2012-SUNARP/SN Lima, 5 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos es un Organismo Público Técnico Especializado creado por la Ley Nº 26366, encargado de planifi car, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional; Que, desde su creación, los Registros Públicos cumplen un rol importante en la organización y desarrollo económico de nuestra sociedad. Su importancia, se evidencia en la seguridad jurídica que otorga a las operaciones comerciales, intercambio de bienes y otras actividades susceptibles de registro; Que, la SUNARP en el marco de sus funciones, viene adoptando un conjunto de medidas con la fi nalidad de asegurar la mejor calidad en la prestación de sus servicios a la ciudadanía, en especial a favor de ciertos sectores de la población que encuentran difi cultades para que sus actos accedan al Registro y que requieren una intervención proactiva del Estado bajo un enfoque de inclusión social; Que, las Comunidades Nativas por su lejanía a los centros urbanos, por sus diferencias idiomáticas, culturales y en algunos casos, por la falta de recursos materiales, se encuentran en mayores difi cultades para acceder a los servicios de los Registros Públicos y presentar títulos idóneos; razón por la cual, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 21 de la Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de la Selva, Decreto Ley Nº 22175, corresponde dictar medidas normativas adecuadas a su contexto y necesidades; Que, de acuerdo a lo indicado en los párrafos precedentes, esta Superintendencia, considera necesario conformar una comisión encargada de la elaboración de la propuesta de una directiva que regule en forma integral la inscripción de los diferentes actos y derechos de las Comunidades Nativas en los Registros Públicos, así como la elaboración de una guía que facilite a los comuneros la inscripción de determinados actos en los Registros Públicos; Estando a las consideraciones que anteceden, y en mérito de lo establecido por el inciso v) del artículo 7° del Estatuto de la SUNARP, aprobado por la Resolución Suprema N° 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Conformar una comisión encargada de la elaboración de una Directiva que regule en forma integral la inscripción de los diferentes actos y derechos de las Comunidades Nativas en los Registros Públicos, la misma que estará conformada por: - Norka Chirinos La Torre, Gerente Registral de la SUNARP, quien la presidirá. - Willmer Antero Molina Vásquez, Abogado de la Gerencia Registral de la SUNARP. - Javier Roger Anaya Castillo, Abogado de la Gerencia Registral de la SUNARP.