Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2012 (06/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
VISTO:

El Peruano MORDAZA, martes 6 de noviembre de 2012

funcionarios publicos, establece en su articulo 7º que, mediante Resolucion Ministerial o Resolucion del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designacion o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el Articulo 1º de dicha Ley; Que, de conformidad con el articulo 9º, concordado con el literal i) del articulo 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA, el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad, quien tiene entre sus funciones, la de designar y MORDAZA a los empleados de confianza, de conformidad con la legislacion vigente; Que, mediante la Resolucion Directoral N° 1912012-COFOPRI/DE de fecha 29 de octubre de 2012, se encargo a la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las funciones correspondientes al cargo de Jefe de la Oficina Zonal de MORDAZA del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la encargatura a que hace referencia el considerando precedente, y, en consecuencia, proceder a designar al funcionario que desempenara el cargo de Jefe de la Oficina Zonal de Ayacucho; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA; Con el visado de la Secretaria General y la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la encargatura de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Jefe de la Oficina Zonal de MORDAZA del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI. Articulo 2º.- Designar al senor Yacov Cauti MORDAZA, en el cargo de Jefe de la Oficina Zonal de MORDAZA del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI. Registrese, comuniquese y publiquese. AIS TARABAY YAYA Director Ejecutivo Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI 862186-1

El Memorando N° GFE-2012-1089 de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, por el cual se solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN, incorporar a los Clientes Libres dentro de los alcances de la Resolucion del Consejo Directivo Nº 028-2003-OS/CD que aprobo la Tipificacion de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN; CONSIDERANDO: Que, el articulo 1° de la Ley N° 27699, "Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN", establece que el Consejo Directivo se encuentra facultado a tipificar los hechos y omisiones que configuran infracciones administrativas, asi como a graduar las sanciones; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo de OSINERGMIN N° 028-2003-OS/CD de fecha 14 de febrero de 2003, se aprobo la Tipificacion de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN; Que, dicha Resolucion no establecio sanciones para los Clientes Libres o Usuarios Libres (Usuario de electricidad cuya demanda es mayor a los limites de potencia fijados en las normas de electricidad vigentes), por lo que se continuo aplicando las sanciones previstas por el articulo 201° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, a fin de asegurar la continuidad de la supervision y fiscalizacion de las obligaciones de los Clientes Libres; Que, no obstante, se han venido aprobando nuevos anexos a dicha escala, continuando con el esquema de sanciones para el sub sector electrico establecido por la Resolucion de Consejo Directivo de OSINERGMIN N° 0282003-OS/CD, razon por la que es necesario uniformizarlo con las sanciones que viene aplicandose a los Clientes Libres; Que, en este contexto, corresponde aplicar a los Clientes Libres la Tipificacion de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN, aprobada por Resolucion de Consejo Directivo de OSINERGMIN N° 028-2003-OS/CD, en lo referido a los incumplimientos a la normativa aplicable al sub sector electrico. Asimismo, para el caso en el que la escala respectiva establezca MORDAZA de empresa para definir el tope MORDAZA de sancion a aplicar, se considerara como tope MORDAZA el correspondiente a las empresas MORDAZA 4; Que, finalmente, esta incorporacion de los Clientes Libres a la Tipificacion de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN aprobada por Resolucion de Consejo Directivo OSINERGMIN N° 028-2003-OS/CD implica que, en concordancia con el mandato del articulo 1° de la Ley N° 27699, "Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN", se deje de aplicar el articulo 201° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, en lo referido a las infracciones y multas para los Clientes Libres; Que, en ese sentido, de acuerdo con el articulo 25º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, se exceptua la presente MORDAZA del requisito de prepublicacion en el Diario Oficial "El Peruano", por ser considerado de urgencia; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, Ley N° 27699 y el articulo 22° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM y modificado por Decreto Supremo N° 0552001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Establecer que a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolucion, la Escala de Multas y Sanciones aplicables para los Clientes Libres sera la correspondiente a la Tipificacion de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN, aprobada por Resolucion de Consejo Directivo OSINERGMIN N° 028-2003OS/CD, en lo referido a los incumplimientos a la normativa aplicable al sub sector electrico. Asimismo, para el caso en el que la escala respectiva establezca MORDAZA de empresa para definir el tope MORDAZA de sancion, se considerara como tope MORDAZA el correspondiente a las empresas MORDAZA 4.

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Establecen que la Escala de Multas y Sanciones aplicables para los Clientes Libres sera la correspondiente a la Tipificacion de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN, aprobada por Res. Nº 028-2003-OS/ CD, en lo referido a incumplimientos a la normativa aplicable al sub sector electrico
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 243-2012-OS/CD MORDAZA, 25 de octubre de 2012

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