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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (07/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de noviembre de 2012 478032 Formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en materia ambiental, en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales; Que, fi nalmente, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal La Primavera-Copa-Mangas”, contiene información sobre domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefi nida, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de municipalidades, requisitos para su modifi cación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la constitución de la “Mancomunidad Municipal La Primavera-Copa-Mangas”, la aprobación de su Estatuto y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de La Primavera y Mangas de la provincia de Bolognesi en el departamento de Ancash y la Municipalidad Distrital de Copa de la provincia de Cajatambo en el departamento de Lima aprueban la constitución de la “Mancomunidad Municipal La Primavera-Copa-Mangas”; ratifi cando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 065-2012–PCM/ SD-OGI-VQA, se concluye que en la elaboración de los documentos del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la “Mancomunidad Municipal La Primavera-Copa- Mangas”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010- PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la “Mancomunidad Municipal La Primavera-Copa- Mangas”; integrada por las Municipalidades Distritales de La Primavera y Mangas de la provincia de Bolognesi en el departamento de Ancash y la Municipalidad Distrital de Copa de la provincia de Cajatambo en el departamento de Lima; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal La Primavera-Copa-Mangas”, como sigue: - Presidente: Sr. Villarruel Cayetano Mejía, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Copa. - Director: Sr. Eduardo Huaraca Vargas, Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Primavera. - Director: Sr. Fernando Abel Alvarado Aguado, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Mangas. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la “Mancomunidad Municipal La Primavera-Copa-Mangas”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob. pe. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MADELEINE FLORIÁN CEDRÓN Secretaria de Descentralización 862596-1 AGRICULTURA Designan Directora General de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0424-2012-AG Lima, 6 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0003-2012- AG, de fecha 02 de enero de 2012, se encargó a la bióloga Rosario Trinidad Acero Villanes, las funciones de Directora General de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura; Que, es necesario dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 0003-2012-AG, y proceder a la designación del funcionario que desempeñe dicho cargo, con eficacia anticipada al 01 de noviembre de 2012; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, con efi cacia anticipada al 01 de noviembre de 2012, a la bióloga Rosario Trinidad Acero Villanes, en el cargo de Directora General de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura. Artículo 2.- Disponer que la designación efectuada a la bióloga Rosario Trinidad Acero Villanes, en el artículo precedente, es con cargo a la retención de su Plaza, Nivel y Sede laboral de origen (Plaza Nº 380, Especialista en Ciencias Forestales IV, Nivel P5); para lo cual la Ofi cina General de Administración realizará las acciones necesarias para la reserva de la plaza de la mencionada funcionaria. Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 0003-2012-AG, de fecha 02 de enero de 2012, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura 862749-1