Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2012 (14/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 124

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de noviembre de 2012

Que, conforme a lo establecido en la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades Provinciales y Distritales gozan de autonomia, politica economica y administrativa en los asuntos de su competencia. En tal sentido, los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, el articulo 201.1º de la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444, se establece que los errores materiales o aritmeticos de los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision y; Que, mediante Ordenanza Provincial Nº 058-2011/ CM-MPH-M se aprobo la facultad legal de realizar operativos de fiscalizacion de normas de MORDAZA en las vias urbanas de la provincia de Huarochiri senalizadas en su momento por la Ordenanza Nº 0031-2006/CMMPH-M y ratificadas por esta Ordenanza en detalle en su contenido a efecto de realizar los operativos de control de MORDAZA ante el aumento de accidentes de MORDAZA en dias vias; Que, por recomendacion de la SUTRAN, se realizo una rectificacion en la MORDAZA mencionada Ordenanza en extremo de la senalizacion de las vias urbanas por merito de la Ordenanza Provincial Nº 015-2012/CM-MPH-M; Que, por merito del Informe del visto presentado por la Gerencia Municipal, quien senala que los operativos de control de MORDAZA se estan desarrollando en la fecha, pero que es necesario establecer en MORDAZA que las senalizaciones establecidas en dichas vias, fueron establecidas con anterioridad por el Ministerio de Transportes, en atencion a la necesidad de aclarar con mas pertinente la MORDAZA mencionada Ordenanza; Que, por merito de Informe Nº 168-A- A-12-OAJMPH-M, de fecha 17 de octubre de 2012, la Gerencia de Asesoria Juridica establece que al ser un elemento no sustancial y no que modifica el fin ni objeto de lo regulado por la Ordenanza Nº 058-2011/CM-MPH-M ni la Ordenanza Nº 015-2012/CM-MPH-M, resulta viable legalmente realizar una rectificacion administrativa a la referida Ordenanza retrotrayendo los efectos juridicos de las dos Ordenanzas respecto de los procedimientos de fiscalizacion de MORDAZA que se estan desarrollando en la fecha; Que, en ese sentido el Concejo Provincial en atencion a los informes senalados y a los efectos de cautelar el estricto cumplimiento de las normas de MORDAZA y en cautela de la prevencion y necesidad de disminuir los accidentes de MORDAZA en las vias urbanas de la provincia de Huarochiri y con la finalidad de que las normas municipales MORDAZA mas eficaces y pertinentes a los fines determinados y; Que, estando a las facultades contenidas por la Constitucion Politica y la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y con el MORDAZA MAYORITARIO de los miembros del Concejo se aprobo la siguiente;

Por ser tramos que estan dentro de la jurisdiccion, ser parte integrante de la red local y por tener las caracteristicas de zonas urbanas, toda vez que dichos tramos tienen nomenclatura de Calles y Avenidas, estan senalizadas, como MORDAZA MORDAZA por el propio Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por no contar con el retiro adecuado desde la berma hasta las viviendas, por no tener cruces a desnivel, ni puentes peatonales, ademas de con contar con vias de evitamiento" DEBE DECIR: 1. Distrito de MORDAZA MORDAZA, ubicado en las Zonas Urbanas, senaladas por el MTC. 2. Distrito de Corcona, ubicado en las Zonas Urbanas, senaladas por el MTC. 3. Distrito de Cocachacra, en las Zonas Urbanas, senaladas por el MTC. 4. La Capital de Provincia Matucana, en las Zonas Urbanas, senaladas por el MTC. 5. El Centro Poblado de Cacachaqui en las Zonas Urbanas, senaladas por el MTC. 6. Distrito de San MORDAZA, Casapalca y todas las zonas urbanas, senaladas por el MTC y que requieran este control. Por ser tramos que estan dentro de la jurisdiccion, ser parte integrante de la red local y por tener las caracteristicas de zonas urbanas, toda vez que dichos tramos tienen nomenclatura de Calles y Avenidas, estan senalizadas, como MORDAZA MORDAZA por el propio Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por no contar con el retiro adecuado desde la berma hasta las viviendas, por no tener cruces a desnivel, ni puentes peatonales, ademas de no contar con vias de evitamiento. Cabe senalar que la velocidad y la delimitacion a lo largo de estas zonas urbanas, ha sido determinada por el MTC, debido a su alta peligrosidad, sinuosidad, pendientes, curvas, contracurvas y el alto numero de accidentes que marcan un record historico." Articulo Segundo.- ESTABLECER, conforme a las disposiciones de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, ya citadas, que la presente rectificacion retrotraye los efectos juridicos generados por las Ordenanzas Provinciales Nº 055-2011/CM-MPH-M y 015-2012/CM-MPH-M respecto a las actuaciones de la administracion y operativos de fiscalizacion realizados y en MORDAZA de ejecucion. Articulo Tercero.- RATIFICAR, en todos los demas extremos las Ordenanzas materia de rectificacion. Articulo Cuarto.- PUBLICAR, la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, en la pagina web cuya direccion es www.munihuarochiri.gob.pe, acorde al MORDAZA de transparencia y publicidad. POR LO TANTO, Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA G. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa

ORDENANZA QUE RECTIFICA DE OFICIO LA ORDENANZA PROVINCIAL Nº 015-2011/CM-MPH-M QUE RECTIFICO A LA ORDENANZA PROVINCIAL Nº 055-2011/CM-MPH-M
Articulo Primero.- RECTIFICAR DE OFICIO el Articulo Primero de la Ordenanza Provincial Nº 015-2011/CMMPH-M que rectifico a su vez a la Ordenanza Provincial Nº 055-2012/CM-MPH-M en la forma siguiente; DICE: "ARTICULO PRIMERO.- APROBAR y RATIFICAR la Facultad Legal para desarrollar fiscalizacion de normas de MORDAZA en las siguientes vias y zonas urbanas de la provincia de Huarochiri: 1. MORDAZA Palma. 2. Cocachacra y Asociacion de Propietarios de Corcona. 3. Matucana y Centro Poblado de Cacachaqui. 4. San Mateo.

865536-1

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia de la "Convencion sobre Municiones en Racimo"
Entrada en vigencia de la "Convencion de la Convencion sobre Municiones en Racimo", suscrita en Dublin, el 30 de MORDAZA de 2008, aprobada mediante Resolucion Legislativa Nº 29843, del 16 de marzo de 2012; y ratificada mediante Decreto Supremo Nº 021-2012-RE, del 26 de MORDAZA de 2012. Entrara en MORDAZA el 1 de marzo de 2013.

865792-1

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