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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (14/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 120

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de noviembre de 2012 478646 así como el Reglamento de Organización y Funciones, respectivamente se aprueban mediante Ordenanza Regional; Que, mediante Informe Nº 342-2012-GOREMAD/ GRPPYAT, la Ofi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remite a la Gerencia General Regional, la opinión técnica favorable, para la aprobación de los documentos de gestión referidos previamente. Que, mediante Informe Legal Nº 1223-2012-GOREMAD/ ORAJ, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, opina que resulta procedente la propuesta de modifi catoria del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y del Cuadro para Asignación de Personal (CAP), de la Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos de Madre de Dios; por lo que, considera pertinente que la Presidencia Regional remita lo solicitado al Consejo Regional, para que conforme a sus atribuciones, emita la Ordenanza Regional correspondiente. Que, mediante Ofi cio Nº 1862-2012-GOREMAD/PR, el señor José Luís Aguirre Pastor, Presidente Regional, remite al Consejo Regional las modifi catorias solicitadas y referidas precedentemente, para su análisis y posterior aprobación. El mismo que mediante Ofi cio Nº 223-2012- GOREMAD-CR/CD, fue puesto a conocimiento de la Comisión de Energía, Minas e Hidrocarburos del Consejo Regional. Que, mediante Dictamen Nº 001-2012-GOREMAD/ CEMH, la Comisión de Energía, Minas e Hidrocarburos del Consejo Regional, ha emitido su opinión favorable para la aprobación de la mencionada propuesta. Que, estando al Dictamen en mención, el Consejo Regional en pleno, en Sesión Ordinaria, luego del análisis y debate correspondiente, con el voto por mayoría de los Consejeros Regionales, ha estimado aprobar el mismo. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias. HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- APROBAR, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente, los documentos de gestión de la Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos del Gobierno Regional de Madre de Dios, siguientes: A) REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF), que consta de V Títulos; 26 (veintiséis) artículos; y, 04 (cuatro) Disposiciones Complementarias y Finales. B) CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL (CAP), que consta de 32 (treinta y dos) cargos, de los cuales 06 (seis), son ocupados y/o presupuestados; y, 26 (veintiséis), tienen la condición de previstos. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, las normas administrativas que se opongan a las disposiciones contenidas en la presente resolución. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Ofi cina de Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, tramitar la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Madre de Dios, para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, a los diez días del mes de setiembre del año dos mil doce. CARLOS H. MANRIQUE DE LARA ESTRADA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional Madre de Dios, a los doce días del mes de setiembre del año dos mil doce. JOSÉ LUIS AGUIRRE PASTOR Presidente Regional 864928-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Declaran de interés local propuesta de cambio específico de zonificación de terreno ubicado en el distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 048 Ate, 31 de octubre de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 31 de octubre de 2012, el Dictamen Nº 013-2012-MDA- MDA/CDUIP de la Comisión de Desarrollo Urbano e Infraestructura Pública, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que, “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. La autonomía que la Constitución Política del Perú señala para las municipalidades en su artículo 194º; radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, en concordancia con la autonomía política de la que gozan las municipalidades, el artículo constitucional citado en el párrafo anterior ha otorgado expresamente al Concejo Municipal, conformante de la estructura orgánica de cada gobierno local, la función normativa respecto de aquellos asuntos que son de su competencia; Que, según el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos de Interés Público, Vecinal o Institucional que expresan la voluntad del Órgano de Gobierno para practicar un determinado Acto a sujetarse a una conducta o norma Institucional; Que, con fecha 12 de diciembre de 2007 se publicó la Ordenanza Nº 1099-MML, que aprueba el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Usos del Suelo de los Distritos de Ate, Chaclacayo y Lurigancho–Chosica, que forman parte de las áreas de tratamiento normativo I, II y IV de Lima Metropolitana; Que, la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 1099-MML, establece un régimen excepcional de Cambios Específi cos de Zonifi cación que promueva la Inversión pública o privada, debidamente sustentados y declarados de interés local por la Municipalidad Distrital correspondiente o de interés metropolitano por la Municipalidad Metropolitana de Lima, para lo cual deberán cumplirse seis (06) procesos, siendo uno de ellos que mediante Acuerdo de Concejo se declarará de Interés Local la propuesta de Cambio Específi co de Zonifi cación, elevándolo a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, de lo solicitado por la Promotora e Inmobiliaria Santa Clara S.A. requiriendo la Declaración de Interés Local para el desarrollo de un proyecto sobre un terreno de 136,509.00 m2 constituido por la Parcela A, Lote 3- A y terreno situado en el Valle de Ate, de la Parcelación Fundo La Estrella en el Distrito de Ate, cabe resaltar que con fecha 19 de julio de 2012 fue publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, la Ordenanza Nº 1617-MML que norma los Cambios de Zonifi cación en Lima Metropolitana, que se efectuarán a través de: - Peticiones de Cambio de Zonifi cación e Iniciativas de Cambio de Zonifi cación, tal como lo señala el artículo 4º de la norma acotada; Que, las Iniciativas de Cambio de Zonifi cación están referidas al proceso técnico de evaluar y declarar procedente o no las propuestas de cambio de zonifi cación “declaradas de interés local” por la Municipalidad Metropolitana de Lima, correspondiendo a este tipo de propuesta en lo que corresponde a: “Proyectos Municipales, objeto de iniciativa pública o privada”; pedidos que no estarán sujetos a plazo y pueden ser presentadas y evaluadas en cualquier fecha del año; Que, la Empresa Promotora e Inmobiliaria Santa Clara