Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2012 (14/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 118

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Nº 6 7 8 MORDAZA Oficina Especial Oficina Especial Oficina Especial Denominacion Chorrillos Colectora Huaycan MORDAZA Lanificio MORDAZA MORDAZA

NORMAS LEGALES
Direccion Lote Nº 10 de la Mz M (Unidad A) con frente a la Av. Colectora Residencial, Urb. MORDAZA MORDAZA, 1º etapa Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, Lote 12 MORDAZA B, MORDAZA MORDAZA Mariategui Urb. MORDAZA Satelite, MORDAZA Lanificio, Mz G Lote 28 Av. MORDAZA MORDAZA Condorcanqui Nº 2066-2072 (Pueblo Joven La MORDAZA - Pueblo Libre Barrio 2. Mz. 18 Lt. 33 y 34 ) Distrito Chorrillos Ate MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Rivero La MORDAZA

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de noviembre de 2012

Provincia MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Departamento MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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Oficina Especial

MORDAZA

La MORDAZA

864968-3

Autorizan inscripcion de LE-AL CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 8597-2012
MORDAZA, 12 de noviembre de 2012 EL SUPERINTENDENTE ADMINISTRADORAS PRIVADAS PENSIONES Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que se autorice la inscripcion de la empresa MORDAZA CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Seccion II: De los Corredores de Seguros B: Personas Juridicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion S.B.S. N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros, mediante Evaluacion Interna de Expedientes N° 009-2012-DESI celebrada el 24 de octubre de 2012, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 10° del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS N° 842-2012 del 27 de enero de 2012. RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la inscripcion en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Seccion II: De los Corredores de Seguros B: Personas Juridicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de Personas a la empresa LE-AL CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. con matricula N° J0731, cuya representacion sera ejercida por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, corredor de seguros con N° de Registro N-4044. Articulo Segundo.- La presente Resolucion entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CANTA TERREROS Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros ADJUNTO DE FONDOS DE DE

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Cronograma de ampliacion de plazo correspondiente a la construccion de la Central Hidroelectrica Banos V
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 201-2012-GRL-GRDE-DREM
MORDAZA, 3 de septiembre de 2012 VISTO: El Expediente Nº 390122 del 12 de Marzo de 2012 presentado por Empresa Administradora Chungar S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida Electronica Nº 03007193 del Registro Publico sobre solicitud de ampliacion de plazo en la ejecucion de obra para desarrollar la actividad de Generacion de Energia Electrica con Recursos Energeticos Renovables en su Central Hidroelectrica Banos V; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 050-2006MEM/DM, publicada el Diario Oficial El Peruano con fecha 18 de noviembre del 2006 se formalizo la transferencia de la funcion establecida inciso d) del articulo 59 de la ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0562009-EM, precisa la facultad transferida a los Gobiernos Regionales relativa al otorgamiento de autorizaciones para la generacion de energia electrica con potencia instalada mayor de 500 kW y menor de 10 MW siempre que se encuentren en la respectiva Region; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 107 -2010GRL-GRDE-DREM, publicada el 27 de MORDAZA de 2010, se otorgo a favor de Empresa Administradora Chungar S.A.C. la concesion RER Nº CDGRER 002-2010, cuyo contrato de concesion fue debidamente elevado a escritura publica el 04 de junio de 2010, ante el Notario Publico MORDAZA MORDAZA Lanegra. Que, la concesion de generacion de energia electrica con recursos energeticos renovables en el proyecto de Central Hidroelectrica Banos V, ubicada en el distrito de Atavillos Alto, provincia de Huaral, region MORDAZA, con una capacidad instalada de 9.2 MW teniendo como recurso hidrico las aguas de la confluencia del rio Quiles con el rio Banos. Que, el periodo de ejecucion de obras comprende 22 meses (de MORDAZA del 2010 a marzo del 2012) la concesion otorgada es a plazo indefinido vigente desde la fecha de publicacion de la resolucion de otorgamiento. Que, con carta GE 065-12 del 12/03/2012, Exp 390122 Empresa Administradora Chungar S.A.C. solicita ampliacion de plazo para ejecucion de obra. Que, el Art. 36 de la Ley de Concesiones Electricas menciona que la concesion caduca cuando b) el concesionario no realice estudios y/o no ejecute las obras e instalaciones en los plazos establecidos en el contrato de concesion, salvo caso fortuito o fuerza mayor. Que, la DREM MORDAZA luego de evaluar la solicitud con Informe Nº 59-2012-GRDE-DREM-CHLO concluye, que se

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