Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2012 (21/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

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Existencia de una relacion laboral o contractual entre la entidad a la cual pertenece el funcionario y la persona contratada 4. De autos se acredita que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue contratado por la Municipalidad Distrital de Quillo mediante el "Contrato de Locacion de Servicios Profesionales N° 222-2011-MDQ", desde el 15 de junio hasta el 14 de MORDAZA de 2011, para prestar servicios como empadronador; para el pago de su retribucion remitio un informe a la Unidad Local de Focalizacion del municipio y emitio un recibo de honorarios profesionales el 12 de MORDAZA de 2011. En ese sentido, se verifica la existencia del vinculo contractual entre el pariente del regidor y la Municipalidad Distrital de Quillo. Injerencia para la contratacion de parientes. 5. Este Supremo Tribunal Electoral estima que es posible declarar la vacancia por la causal de nepotismo si se comprueba que los regidores ejercieron injerencia en la contratacion de sus parientes, causal que se configurara en caso de verificarse cualquiera de los siguientes supuestos: i) por realizar acciones concretas que evidencien una influencia sobre el MORDAZA o los funcionarios con facultades de contratacion, nombramiento o designacion; y ii) por omitir acciones de oposicion pese al conocimiento que tengan sobre la contratacion de su pariente, contraviniendo su deber generico de fiscalizacion de la gestion municipal establecida por el inciso 4 del articulo 10 de la LOM. 6. Para analizar el MORDAZA supuesto, omision de acciones de oposicion, se debera determinar si la autoridad cuestionada tuvo o no conocimiento sobre la contratacion de su pariente, lo que se puede colegir del analisis de los siguientes elementos: a) cercania del vinculo de parentesco; b) domicilio de los parientes; c) poblacion y superficie del gobierno local; d) las actividades que realiza el pariente del regidor al interior de la municipalidad; e) lugar de realizacion de las actividades del pariente del regidor; y f) actuacion sistematica de los integrantes del concejo municipal. 7. En el caso de autos, ante la inexistencia de acciones concretas que evidencien influencia en la contratacion, corresponde evaluar si la autoridad cuestionada tuvo conocimiento de la contratacion de su pariente y omitio oponerse, incurriendo en la MORDAZA causal de nepotismo. Para ello, se consideraran los aspectos senalados en el parrafo anterior: a) Cercania del vinculo de parentesco: En el caso en concreto, queda evidenciada la cercania en el grado de parentesco que vincula al regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (primer grado de consanguinidad). b) Cercania o coincidencia domiciliaria del pariente: Tanto el regidor como su pariente residen en el centro poblado de Yanarranra, ubicado en el distrito de Quillo ­como se verifica de la informacion de la consulta en linea de la pagina web del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (Reniec)­ por lo cual existe una cercania domiciliaria. Ademas, debe considerarse que dicho centro poblado consta de solo 312 habitantes, como consta en el Anexo II de la Resolucion Ministerial N° 161-2012-VIVIENDA, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 9 de agosto de 2012. c) Funciones asignadas al contratado, nombrado o designado: El hermano del regidor fue contratado para laborar como empadronador en el programa "I Empadronamiento General de Hogares-Quillo 2011", a cargo de la Unidad Local de Focalizacion, dependencia de la Municipalidad Distrital de Quillo. d) Lugar de realizacion de las funciones del pariente del regidor: En diversos caserios de Quillo, entre ellos, el de Yanarranra, donde reside, al igual que su hermano, el regidor. Valorando en forma sistematica los elementos MORDAZA senalados, este organo colegiado concluye que la autoridad cuestionada tuvo conocimiento de la contratacion o designacion de su hermano por la municipalidad a la que representa. Ahora bien, obra a fojas 13 de autos MORDAZA de la carta presentada por el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Quillo, el 27 de agosto de 2011, por medio de la cual manifiesta su oposicion generica respecto al nombramiento y/o designacion de sus familiares en cualquiera de las formas contractuales. De los actuados, se aprecia que esta carta fue presentada casi un mes y medio despues de que concluyo el vinculo contractual MORDAZA mencionado. 8. Por consiguiente, si bien MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA formulo oposicion generica a cualquier vinculacion laboral de sus familiares con la municipalidad que representa,

lo hizo de forma totalmente extemporanea pues, a la fecha en que fue presentada, el contrato que vinculaba a su pariente con la Municipalidad Distrital de Quillo habia concluido varios dias antes. Su conducta, mas bien, demuestra que incumplio con su deber generico de fiscalizacion prescrito en el articulo 10, inciso 4, de la LOM, al omitir oponerse a la contratacion de su pariente de forma oportuna. Cuestiones adicionales 9. Los literales c y f del articulo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada con Decreto Legislativo N° 1017, establecen que cualquiera que sea el regimen legal de contratacion aplicable, estan impedidos de ser participantes, postores y/o contratistas el conyuge, conviviente o los parientes dentro del MORDAZA grado de consanguinidad y MORDAZA de afinidad del MORDAZA o los regidores. En consecuencia, este organo colegiado estima conveniente remitir MORDAZA de los actuados a la Contraloria General de la Republica, a fin que determine si existe una infraccion sancionable derivada de la contratacion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la Municipalidad Distrital de Quillo. CONCLUSION En vista de lo expuesto, este Supremo Tribunal Electoral, apreciando los hechos con criterio de conciencia, conforme al articulo 23 de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, y valorando todos los medios probatorios, concluye que el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha faltado a su deber generico de fiscalizacion al omitir oponerse oportunamente a la contratacion de su pariente, supuesto de la causal de vacancia por nepotismo prevista en el articulo 22, numeral 8, de la Ley N.º 27972, Ley Organica de Municipalidades. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y, en consecuencia, CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo N° 229-2011-MDQ-A, que declaro improcedente el recurso de reconsideracion contra el Acuerdo de Concejo N° 205-2011MDQ, que, a su vez, declaro fundada la solicitud de vacancia en su contra, en el cargo de regidor del Concejo Distrital de Quillo, provincia de Yungay, departamento de MORDAZA, por la causal de nepotismo contemplada en el articulo 22, inciso 8, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- Declarar la VACANCIA del cargo de regidor del Concejo Distrital de Quillo, provincia de Yungay, departamento de MORDAZA, de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la causal contemplada en el articulo 22, inciso 8, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades; en consecuencia, queda sin efecto la credencial que le fue otorgada en ocasion de las Elecciones Regionales y Municipales para el periodo 2011-2014. Articulo Tercero.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 80381445, candidato no proclamado de la lista de la organizacion politica Union por el Peru, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Quillo, provincia de Yungay, departamento de MORDAZA, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014; y, en consecuencia, otorguese la credencial que le acredite como tal. Articulo Cuarto.- REMITIR MORDAZA de los actuados a la Contraloria General de la Republica, a fin de que proceda conforme a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese SS. SIVINA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General

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