Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2012 (21/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

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del Decreto Legislativo N° 728, en toda prestacion personal de servicios remunerados y subordinados se presume la existencia de un contrato de trabajo a plazo indeterminado, el cual puede celebrarse de forma verbal o escrita. Por consiguiente, los medios de prueba que obran en autos acreditan plenamente la existencia de un contrato ­ acuerdo de voluntades­ entre MORDAZA MORDAZA Nunez y la Municipalidad Distrital de Kimbiri. Injerencia para la contratacion de parientes 5. Este Supremo Tribunal Electoral estima que es posible declarar la vacancia por la causal de nepotismo si se comprueba que el MORDAZA ha tenido injerencia en la contratacion de sus parientes. Asi, dicha injerencia se MORDAZA en caso de verificar cualquiera de los dos siguientes supuestos: i) por realizar acciones concretas que evidencien una influencia sobre los regidores o los funcionarios con facultades de contratacion, nombramiento o designacion; y ii) por omitir cumplir con su deber de acatar las leyes y disposiciones que regulan las actividades y el funcionamiento del sector publico ­imperativo contenido en el articulo VIII del Titulo Preliminar de la LOM­, obligacion que se expresa en el respeto que debe observar el MORDAZA, en su condicion de MORDAZA autoridad municipal, a las prohibiciones establecidas en la Ley y en el Reglamento, cuyo fin es impedir que los parientes de los funcionarios estatales MORDAZA contratados en las entidades a las que pertenecen. 6. Para analizar el MORDAZA supuesto ­omision de cumplir el deber de respetar las prohibiciones de la Ley y el Reglamento­, previamente se debera determinar si la autoridad cuestionada tuvo o no conocimiento sobre la contratacion de su pariente, lo que se puede colegir del analisis de los siguientes elementos: a) cercania del vinculo de parentesco; b) domicilio de los parientes; c) poblacion y superficie del gobierno local; d) las actividades que realiza el pariente del regidor al interior de la municipalidad; e) lugar de realizacion de las actividades del pariente del regidor; y f) actuacion sistematica de los integrantes del concejo municipal. 7. En el caso de autos, ante la inexistencia de acciones concretas que evidencien influencia en la contratacion, corresponde evaluar si la autoridad cuestionada tuvo conocimiento de la contratacion de su pariente y omitio realizar acciones concretas para dejar sin efecto el contrato, incurriendo en la MORDAZA causal de nepotismo. Para ello se considerara los aspectos senalados en el parrafo anterior: · Cercania del vinculo de parentesco: En el caso en concreto, queda evidenciada la cercania en el grado de parentesco que vincula al MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez con MORDAZA MORDAZA Nunez (segundo grado de consanguinidad). · Cercania o coincidencia domiciliaria de los parientes: Tanto el MORDAZA como su hermano residen en el distrito de Kimbiri, como se verifica de la informacion de la consulta en linea de la pagina web del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (Reniec). · Funciones asignadas al contratado, nombrado o designado: El pariente del MORDAZA fue contratado en el cargo de "coordinador" del programa "Vacaciones Utiles Recreativas, Culturales, Artisticas y Deportivas 2011", impartido por la Municipalidad Distrital de Kimbiri y dirigido a los escolares del distrito, entre el 24 de enero y el 19 de febrero de 2011. · Lugar de realizacion de las funciones del pariente del alcalde: MORDAZA MORDAZA Nunez desempeno sus funciones en la sede de la Municipalidad Distrital de Kimbiri, lugar donde el MORDAZA ­maxima autoridad administrativa de la municipalidad segun la LOM­ tiene su despacho. Valorando en forma sistematica los elementos MORDAZA senalados, este organo colegiado concluye que la autoridad cuestionada tuvo conocimiento de la contratacion o designacion de su hermano por la municipalidad a la que representa. 8.Tampoco se advierte que el MORDAZA, en su condicion de titular del pliego, dispusiera u ordenara la terminacion del contrato y, mas bien, en la Resolucion de Alcaldia N° 0085-2011-MDK/A, de fecha 22 de febrero de 2011, que corre a fojas 119 y 120 de autos, expreso el "reconocimiento y felicitacion a nombre de la

Municipalidad Distrital de Kimbiri a los Coordinadores y docentes del Programa Vacaciones Utiles Recreativas, Culturales, Artisticas y Deportivas 2011", detallandose en el mismo documento los nombres de los contratados, entre quienes se encuentra, en primer lugar, MORDAZA MORDAZA Nunez, su hermano. En ese sentido, de autos no se aprecia que el MORDAZA realizara algun acto para anular o terminar el contrato que vinculaba a su pariente con la Municipalidad Distrital de Kimbiri, con lo cual se verifica que omitio cumplir con su deber de respetar las prohibiciones de la Ley y el Reglamento. Cuestiones adicionales 9.Debe considerarse que los literales c y f del articulo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada con Decreto Legislativo N° 1017, establece que cualquiera que sea el regimen legal de contratacion aplicable, estan impedidos de ser participantes, postores y/o contratistas el conyuge, conviviente o los parientes dentro del MORDAZA grado de consanguinidad y MORDAZA de afinidad del MORDAZA o los regidores. En consecuencia, este organo colegiado estima conveniente remitir MORDAZA de los actuados a la Contraloria General de la Republica, a fin de que determine si existe una infraccion sancionable derivada de la contratacion de MORDAZA MORDAZA Nunez, por la Municipalidad Distrital de Kimbiri. CONCLUSION Por lo expuesto, este Supremo Tribunal Electoral, apreciando los hechos con criterio de conciencia, y valorando todos los medios probatorios, concluye que MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez incurrio en acto de nepotismo, causal de vacancia prevista en el articulo 22, numeral 8, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades. Consecuentemente, debe declararse la vacancia en el cargo del MORDAZA MORDAZA mencionado y convocar al primer regidor para que lo reemplace, asi como tambien convocar al accesitario de la misma lista para que ocupe el cargo de regidor, conforme al articulo 24 del mismo cuerpo legal. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presidenta de la asociacion "Frente de Defensa de los Intereses y Desarrollo de Kimbiri" y, en consecuencia, REVOCAR el Acuerdo de Concejo N° 120-2012-MDK/ CM, que declaro infundada su solicitud de vacancia contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, en el cargo de MORDAZA del Concejo Municipal de Kimbiri, provincia de La Convencion, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 8, de la Ley N.º 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- Declarar la VACANCIA del cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Kimbiri, provincia de La Convencion, departamento del MORDAZA, de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, por la causal de nepotismo contemplada en el articulo 22, inciso 8, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades; en consecuencia, queda sin efecto la credencial que le fue otorgada en ocasion de las Elecciones Regionales y Municipales para el periodo 2011-2014. Articulo Tercero.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 28273024, primer regidor del Concejo Distrital de Kimbiri, provincia de La Convencion, departamento de MORDAZA, para que asuma el cargo de MORDAZA del referido municipio, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014 y, en consecuencia, otorguese la credencial que lo faculte como tal. Articulo Cuarto.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 42405276, candidata no proclamada de la lista de la organizacion politica Movimiento Regional Pan, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Kimbiri, provincia de La Convencion, departamento de MORDAZA, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014 y, en consecuencia, otorguese la credencial que la faculte como tal.

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