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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de octubre de 2012 475809 que realice sus descargos; no ha cumplido con presentar descargo alguno. Conducta por la cual debe de imponérsele la sanción correspondiente. 7. Que, a fojas 07 y 08 obra el Memorándum Nº 537- 2012-GAJ/MDLP, remitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el cual opina: “1. SANCIONAR al infractor(a) Sr. ZHONGLIN ZHENG, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial, con la multa equivalente al 20% de una UIT, por encontrar gran cantidad de insectos en su establecimiento comercial, al momento de la visita inspectiva; siendo la suma ascendente a S/. 730.00 (Setecientos treinta con 00/100 nuevos soles), notifi cándosele en el inmueble ubicado en Av. Haya de La Torre Nº 497 Urb. Trabajadores Municipales de San Miguel – La Perla – Callao, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 020- 2008-MDLP, por los argumentos expuestos. 2. Dispóngase que al incumplimiento del infractor(a) en el pago de la sanción económica, el ejecutor coactivo realice las medidas de coerción para el cumplimiento de lo dispuesto por la Autoridad Municipal.” Que, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y con la Opinión Legal y el Visto Bueno de la Gerencia de Asesoría Jurídica. SE RESUELVE: Artículo Primero.- SANCIONAR al infractor Sr. ZHONGLIN ZHENG, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial, con la multa equivalente al 20% de una UIT, por encontrar gran cantidad de insectos en su establecimiento comercial, al momento de la visita inspectiva; siendo la suma ascendente a S/. 730.00 (Setecientos treinta con 00/100 nuevos soles), notifi cándosele en el inmueble ubicado en Av. Haya de La Torre Nº 497 Urb. Trabajadores Municipales de San Miguel – La Perla – Callao, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 020-2008-MDLP, por los argumentos expuestos. Artículo Segundo.- DISPÓNGASE que al incumplimiento del infractor en el pago de la sanción económica, el ejecutor coactivo realice las medidas de coerción para el cumplimiento de lo dispuesto por la Autoridad Municipal. Artículo Tercero.- NOTIFICAR a las partes interesadas, así como a las áreas administrativas correspondientes para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JEANETTE I. MORENO EVANGELISTA Gerente Gerencia de Sanidad 848776-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Aprueban institucionalización de la Ciclovía Recreativa denominada “Ciclovida Huacho” ORDENANZA MUNICIPAL PROVINCIAL Nº 025-2012 Huacho, 28 de setiembre de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Por Cuanto, El Concejo Provincial de Huaura, en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 018 de fecha 28.09.2012, y; CONSIDERANDO: Que; el artículo 194º de la constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; señala que los Órganos del Gobierno Local son las Municipalidades Provincial y Distritales, las cuales tienen autonomía política, económica y administrativas en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico imperante; Asimismo, el art. IV de la Ley antes acotada, prescribe como fi nalidad de los gobiernos locales representar al vecindario, promoviendo la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que; a través del D.S. Nº 004-2012-EF, se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2012. En atención a dicho dispositivo legal, la Municipalidad Provincial de Huaura-Huacho deberá de cumplir diversas metas, fi gurando entre ellas: Implementar una CICLOVIA RECREATIVA EN EL DISTRITO DE HUACHO; Que, siendo preocupación de la Gestión Municipal mejorar los servicios públicos, a fi n que la población tenga una mejor calidad de vida, lo cual claramente supera la meta de la ciclovía recreativa, toda vez que busca generar un espacio público libre del tránsito de vehículos motorizados y de la contaminación ambiental y de ruidos que éstos generen; permitiendo que la comunidad se apropie y disfrute de dichos espacios, fortaleciendo con ello, los valores de convivencia ciudadana y de cohesión social; Que; con informe Nº 1352-2012-GDH-MPH, la Gerencia de Desarrollo Humano, en el marco de la normatividad antes acotada, sugiere la implementación de la primera Ciclovía Recreativa en el Distrito de Huacho, denominada CICLOVIDA HUACHO; Al margen de lo expuesto, resulta oportuno precisar que mediante Resolución de Alcaldía Nº 407-2012 se designa a los miembros integrantes del Equipo de Trabajo del Plan de Incentivos encargado del cumplimiento de la meta: “IMPLEMENTACIÓN DE UNA CICLOVÍA RECREATIVA EN EL DISTRITO DE HUACHO” denominada CICLOVIDA HUACHO, de acuerdo a los criterios establecidos por el Ministerio de Salud; Que; con informe Nº 035-2012-RYD-OETT-GT/MPH-H, el Jefe de la Ofi cina de Estudios de Tránsito y Transporte, de la revisión de los actuados concluye en la viabilidad, respecto al Plan de Desvíos de los Vehículos durante la duración de CICLOVIDA HUACHO; en consecuencia considera factible el uso de la Av. 28 de Julio en toda su extensión (10 cuadras), adicionando el Malecón Roca hasta la Plaza Grau y luego bajando la vía de la Playa Chorrillos para la realización del mencionado evento; Estando a lo expuesto, al Informe Legal Nº 603-2012- OAJ/MPH, al Dictamen Nº 006-2012-PCIVTYT/MPH, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del art. 9º de la Ley 27972, con dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Pleno del Concejo por MAYORÍA CALIFICADA; APRUEBA: Artículo Primero.- APROBAR la institucionalización de la Ciclovía Recreativa denominada “CICLOVIDA HUACHO”, de acuerdo a los criterios establecidos en las metas del Plan de Incentivos de la Mejora de Gestión y Modernización Municipal del año 2012, aprobado mediante DS Nº 004-2012-EF. Artículo Segundo.- APROBAR la inclusión de la habilitación de Ciclovías, en las vías de: Av. 28 de Julio en toda su extensión (10 cuadras), adicionando el Malecón Roca hasta la Plaza Grau y luego bajando la vía de la Playa Chorrillos. La programación de las fechas y su horario, considerados como anexos serán publicados en el portal de la entidad edil www.munihuacho.gob.pe. Precisar que durante las fechas y horarios programados en los que se desarrolle CICLOVIDA HUACHO, se dispondrá el cierre temporal para el tránsito de vehículos. Artículo Tercero.- FACÚLTESE al Señor Alcalde, la emisión de Decreto de Alcaldía, a fi n de dictar las disposiciones complementarias para la implementación de la Ciclovía en el Distrito de Huacho. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano el cumplimiento de la presente norma municipal, debiendo de ofi ciar a las entidades correspondientes el Plan de Desvío de CICLOVIDA HUACHO. Artículo Quinto.- DISPONER a la Sub Gerencia de Secretaria General la publicación de la presente ordenanza municipal en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Ofi cina de Tecnologías de Información y Comunicaciones la difusión de la misma en el portal de la entidad www.munihuacho.gob.pe Regístrese, publíquese y cúmplase. SANTIAGO CANO LA ROSA Alcalde Provincial 848766-1