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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 10 de octubre de 2012 475990 * Copia simple de la autorización sectorial respectiva en el caso de aquellas actividades que conforme a Ley la requieran, de manera previa al otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento. * Copia simple de la autorización expedida por el Instituto Nacional de Cultura conforme a la Ley Nº 28296 Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, según corresponda. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O¿ cial El Peruano, en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas y en el portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Lurín. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Económico y Turismo, Gerencia de Asesoría Jurídica y demás Unidades Orgánicas en cumplimiento del presente dispositivo municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde 850794-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PATIVILCA Aprueban Reglamento Interno del Concejo Municipal de Pativilca ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-2012-CM/MDP Pativilca, 18 de abril del 2012 VISTO: En Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 10 de enero del 2012, el requerimiento presentado por los señores Regidores, mediante el cual se aprueba el Proyecto del reglamento Interno del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Pativilca; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordado con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, son los Órganos de Gobierno Local con Personería Jurídica de Derecho Público, consiguientemente están premunidos de autonomía administrativa, económico y política en asuntos de su competencia. Que, en concordancia con la autonomía política que gozan los gobiernos locales, el Artículo 9º numeral 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local. Que, de conformidad a la Ley Orgánica de Municipal de Municipalidades Ley Nº 27972, es atribución del Concejo Municipal en su Artículo 9º numeral 12), aprobar mediante Ordenanza su Reglamento Interno. Con el voto unánime de sus miembros y en aplicación a lo dispuesto en el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; y con la lectura correspondiente y aprobación del Acta se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PATIVILCA Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Pativilca, que consta de Cuatro (04) Títulos, Trece (13) Capítulos, Setenta y cuatro (74) Artículos, (03) Disposiciones Finales, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Deróguese cualquier otro dispositivo municipal que se opongan a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza regirá a partir del día siguiente de su Publicación en el Diario O¿ cial El Peruano y en un Diario de mayor Circulación de la localidad, así como se publicara en el Portal Web de la Municipalidad Distrital de Pativilca www.munipativilca. gob.pe POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ULDARICO B. CASTILLO RAMOS Alcalde 850923-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la recti¿ cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión recti¿ cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a recti¿ carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL