Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2012 (10/10/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

475983

XII. EJECUTAR OPERACIONES NO AUTORIZADAS Ambito de Aplicacion: Los siguientes criterios resultan aplicables a Establecimientos de Venta al Publico de Combustibles, Gasocentros, Medios de Transporte Terrestre y Distribuidores Minoristas.
Numeral de la Tipificacion y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos Sancion Referencia legal Criterios Especificos

Numeral 4.3.2 3era. Disposicion transitoria del Reglamento Sancion a imponer por cada orden de pedido: Suspension del Registro de Hidrocarburos Expender, Abastecer, Despachar, Hasta 150 UIT aprobado por D.S. Nº 01-94-EM. CI, CB,CE,ITV Comercializar, Entregar Cantidad comprendida en la Orden de Dias de Suspension (**) Hidrocarburos u Otros Derivados Art. 86º inciso I) del Reglamento aprobado Pedido / Capacidad de Almacenamiento(*) a personas no autorizadas o Suspension de por D.S. Nº 030-098-EM. Entre 0.00 y 25.00% 9 en lugar distinto al que figura registro hasta por en la guia de remision y/o 90 dias calendario Art. 42º incisos a) y b) y 3era. Disposicion Entre 25.01 y 50.00% 18 Comprobante de Pago. Complementaria del Reglamento aprobado Entre 50.01 y 75.00% 27 por D.S. Nº 045-2001-EM. Mas de 75.00% 36 Art. 10º del D.S. Nº 045-2005-EM. Art. 1º y 13º del Anexo 1 de la RCD 0912010- OS/CD Art. 1º y 14º del Anexo 1 de la R.C.D. Nº 191-2011-OS/CD (*) Porcentaje calculado como la cantidad de combustible de la orden de pedido asociada a la infraccion, respecto a la capacidad total de almacenamiento de combustibles del establecimiento o unidad de transporte autorizada en el registro de hidrocarburos. (**)Dias calendario.

850814-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Disponen la publicacion del proyecto de Reglamento del D. Leg. Nº 1057 en el MORDAZA Institucional de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 133-2012-SERVIR-PE MORDAZA, 5 de octubre de 2012 VISTO, el Informe Legal Nº 601-2012-SERVIR/GGOAJ de la O cina de Asesoria Juridica de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1023, se creo la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como Organismo Tecnico Especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos, que comprende el conjunto de normas, principios, recursos, metodos, procedimientos y tecnicas utilizados por las entidades del sector publico en la gestion de los recursos humanos; Que, de otro lado, mediante el Decreto Legislativo Nº 1057, se creo el contrato administrativo de servicios como una modalidad de contratacion especial propia del derecho administrativo y privativa del Estado, no sujeta a la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, al regimen laboral de la actividad privada ni a otras normas que regulan carreras administrativas especiales; cuyo Reglamento fue aprobado mediante Decreto Supremo N° 075-2008-PCM; Que, mediante la Ley N° 29849, se establece la eliminacion progresiva del Regimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales; Que, en el articulo 4 de la Ley N° 29849 se dispone que mediante decreto supremo se aprobaran las disposiciones reglamentarias; Que, de otro lado, en virtud del inciso 1 del articulo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas

a la Publicidad, Publicacion de Proyectos Normativos y Difusion de Normas Legales de Caracter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas de caracter general que MORDAZA de su competencia en el Diario O cial El Peruano, en sus portales electronicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) dias MORDAZA de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo caso excepcionales. Dichas entidades permitiran que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, SERVIR ha elaborado el proyecto de Reglamento por lo que resulta necesario disponer la publicacion de dicho proyecto, su exposicion de motivos, la descripcion de los temas que involucra, el plazo para la recepcion de comentarios asi como la persona encargada de recibirlos, conforme lo dispone el 14° del Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, a n que las personas interesadas formulen comentarios sobre el particular; Con la visacion de la O cina de Asesoria Juridica y la Gerencia de Politicas de Gestion de Recursos Humanos; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1023 y el articulo 10° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer a partir de la fecha, la publicacion, en el MORDAZA Institucional de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR (www.servir.gob.pe), del proyecto de Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, su exposicion de motivos asi como la descripcion de los temas que involucra, a n que las personas interesadas formulen comentarios sobre dicha propuesta. Articulo 2°.Los comentarios que cualquier ciudadano o persona juridica considere pertinente alcanzar, deberan remitirse a la Gerencia de Politicas de Gestion de Recursos Humanos de SERVIR, al siguiente correo electronico: comentarioscas@servir.gob.pe y seran recibidos durante los 30 dias calendario contados desde la fecha de la publicacion a que alude el articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 3°.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los nes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CORTES CARCELEN Presidente Ejecutivo 851130-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.