Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2012 (10/10/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

475981

4.3.2 y 5.7.6 de la Tipi cacion de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones del OSINERGMIN, por lo que se requiere aprobar los mismos con la nalidad de dar a los administrados, informacion completa y con able sobre el resultado nal de los procedimientos administrativos sancionadores que se les pueda iniciar por tales infracciones; Que, en ese contexto, es necesario modi car el Texto Unico Ordenado de Criterios Especi cos de Sancion aplicables a las infracciones administrativas previstas en la Tipi cacion y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos, contenido en el Anexo A de la Resolucion de Gerencia General Nº 352, de acuerdo a lo expuesto en los parrafos precedentes; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, Ley Nº 27332, la Ley de Creacion del OSINERGMIN, Ley Nº 26734, modi cada por Ley Nº 28964, y el literal m) del articulo 65º del Reglamento General del OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, modi cado por Decreto Supremo Nº 055-2001-PCM;

Con la opinion favorable de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos y de la Gerencia Legal. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modi car el Texto Unico Ordenado de Criterios Especi cos de Sancion aplicables a las infracciones administrativas previstas en la Tipi cacion y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos, aprobado por la Resolucion de Gerencia General Nº 352, de acuerdo al Anexo de la presente resolucion. Articulo 2º.- La presente MORDAZA entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo 3º.- Autorizar la publicacion de la presente resolucion y su Anexo en el Diario O cial El Peruano, en el MORDAZA electronico de OSINERGMIN (www.osinergmin. gob.pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob. pe). MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General OSINERGMIN

ANEXO PARTE ESPECIAL CRITERIOS ESPECIFICOS DE SANCION I. INCUMPLIMIENTO DE PROPORCIONAR INFORMACION REQUERIDA POR OSINERGMIN O POR REGLAMENTACION VIGENTE (...) D. Ambito de aplicacion: Los siguientes criterios resultan aplicables a las Re nerias, Plantas de Abastecimiento y Terminales; asi como a las Plantas de Procesamiento de Hidrocarburos, Importadores de GLP y Plantas de Abastecimiento de GLP por no presentar o presentar fuera del plazo el reporte diario de existencias de combustibles liquidos y GLP.
Rubro Tipificacion de la Infraccion Articulo 1º de la Ley Nº 27699 ­ Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional del Organismo Supervisor de la Energia y Mineria No proporcionar a OSINERGMIN o a los organismos normativos o hacerlo de forma deficiente, inexacta, incompleta o fuera de plazo, los datos e informacion que establecen las normas vigentes, incluyendo las directivas, instrucciones y disposiciones de OSINERGMIN Referencia Legal Rango de Multas segun areas y otras sanciones Supervision y Fiscalizacion de Hidrocarburos Criterios especificos (*)

4

Art. 87º del Reglamento General de OSINERGMIN. Articulos 5º, 8º y 13º de la Ley Nº 28964. Articulo 3º del Anexo 1 de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 193-2009OS/CD. Art. 5º del Anexo 1 de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 091-2010-OS/CD Arts. 1º y 2º de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 183-2010-OS/CD De 1 a 50 UIT

0.11 UIT Por dia de incumplimiento (*) El MORDAZA de supervision y/o fiscalizacion comprende el analisis de periodos anuales, de enero a diciembre de cada ano.

(...) V. INCUMPLIMIENTO AL SISTEMA DE CONTROL DE ORDENES DE PEDIDO (SCOP). Ambito de aplicacion: Los siguientes criterios resultan aplicables a los Distribuidores Minoristas, Grifos, Estaciones de Servicios, Gasocentros, Consumidores Directos de Combustibles Liquidos y de Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos, asi como Plantas Envasadoras, Distribuidores a granel y Consumidores Directos de GLP mayores a 1000 galones.
Numeral de la Tipificacion y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos (...) Numeral 5.7.6 Registrar la recepcion (cerrar) de una orden de pedido sin recibir fisicamente el producto autorizado por el SCOP, en la instalacion autorizada, en el Registro de hidrocarburos que genero la orden de pedido en el SCOP. Sancion Referencia legal Criterios Especificos

Numeral 5.7: Incumplimiento de las obligaciones relativas al SCOP Resolucion de Consejo Directivo Nº 048-2003-OS/CD Art. 2º de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 394-2005-OS/CD Primera Disposicion Complementaria del D.S. Nº 045-2001-EM Resolucion de Consejo Directivo de OSINERGMIN Nº 183-2007-OS/CD Resolucion de Consejo Directivo de OSINERGMIN Nº 196-2010-OS/CD Resolucion de Consejo Directivo de OSINERGMIN Nº 005-2012-OS/CD Resolucion de Consejo Directivo de OSINERGMIN Nº 069-2012-OS/CD Sancion a imponer por cada orden de pedido: Suspension Temporal de Actividades Cantidad comprendida en la Orden de Pedido / Capacidad de Almacenamiento(*) Entre 0.00 y 25.00% Entre 25.01 y 50.00% Entre 50.01 y 75.00% Mas de 75.00% Dias de Suspension (**) 9 18 27 36

Hasta 50 UIT STA

(*) Porcentaje calculado como la cantidad de combustible de la orden de pedido asociada a la infraccion, respecto a la capacidad total de almacenamiento de combustibles del establecimiento o unidad de transporte autorizada en el registro de hidrocarburos. (**)Dias calendario.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.