Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2012 (15/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 15 de octubre de 2012

al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo con el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los inspectores mencionados en la presente Resolucion Ministerial, deberan presentar dentro de los quince (15) dias calendarios siguientes de efectuado el viaje, un informe detallado al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas,

los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4.- La presente Resolucion Ministerial no otorgara derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Codigo: F-DSA-P&C-002 Revision: Original Cuadro Resumen de Viajes RELACION DE VIAJES POR PLAN DE VIGILANCIA INTERNACIONAL DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - EN CUMPLIMIENTO DE LAS RESPONSABILIDADES ASIGNADAS A LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - LEY Nº 27261. COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 17 DE OCTUBRE AL 08 NOVIEMBRE DE 2012 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 298-2012-MTC/12.04 Y Nº 429-2012-MTC/12.04
ORDEN INSPECCION INICIO Nº 2758-2012-MTC/12.04 17-Oct FIN 20-Oct VIATICOS SOLICITANTE (US$) US$ 600.00 MTC INSPECTOR MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Yovanni MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DETALLE Inspeccion tecnica de estacion de las empresas Lan Peru S.A. y Taca Peru, como parte del plan de vigilancia de las operaciones aereas internacionales Inspeccion tecnica de estacion de las empresas Lan Peru S.A y Taca Peru, como parte del plan de vigilancia de las operaciones aereas internacionales Inspeccion tecnica de estacion de empresas Lan Peru S.A y Taca Peru, como parte del plan de vigilancia de las operaciones aereas internacionales Inspeccion tecnica de estacion de las empresas Lan Peru S.A y Taca Peru, como parte del plan de vigilancia de las operaciones aereas internacionales

Fecha: 30.08.10

Montevideo Uruguay

2759-2012-MTC/12.04

23-Oct

26-Oct

US$ 660.00

MTC

Miami

EUA

2760-2012-MTC/12.04

24-Oct

27-Oct

US$ 800.00

MTC

MORDAZA Fleischman, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Branez, Sao MORDAZA MORDAZA Gissele

Bolivia

2761-2012-MTC/12.04 05-Nov

08-Nov

US$ 800.00

MTC

Brasil

853047-1

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban la MORDAZA "Compensacion por Generacion Adicional"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 228-2012-OS/CD MORDAZA, 12 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que, el 21 de agosto de 2008, se publico el Decreto de Urgencia Nº 037-2008, bajo el titulo de "se dictan medidas necesarias para asegurar el abastecimiento oportuno de energia electrica al sistema electrico interconectado nacional (SEIN)". La parte considerativa del mencionado Decreto de Urgencia explica la existencia actual de un riesgo en la capacidad de generacion de energia electrica necesaria para satisfacer, en el corto plazo, el MORDAZA incremento de la demanda de electricidad debido al crecimiento economico y a los compromisos internacionales, razon por la cual se requiere que se adopten medidas excepcionales de caracter temporal con el objeto de cautelar el Servicio Publico de Electricidad y asegurar el suministro a la demanda de energia electrica; Que, el citado Decreto de Urgencia introduce el concepto denominado Compensacion por la Generacion

Adicional, asi como en su Articulo 5º dispone que para determinar el respectivo cargo adicional, se distribuiran los costos indicados en el considerando anterior entre la suma ponderada de la energia por un factor de asignacion, el cual sera igual a 1,0 para los Usuarios Regulados, 2,0 para los Usuarios Libres que no son MORDAZA Usuarios y 4,0 para los MORDAZA Usuarios. La MORDAZA dispone que OSINERGMIN definira el procedimiento de aplicacion, lo cual se realizo mediante la Resolucion OSINERGMIN Nº 002-2009-OS/CD que aprobo el procedimiento "Compensacion por Generacion Adicional"; Que, posteriormente, mediante el Decreto Supremo Nº 031-2011-EM se aprobo el reglamento del Decreto de Urgencia Nº 037-2008, el cual establece, entre otros aspectos, que los costos a considerar en el cargo de compensacion MORDAZA los informados por las empresas como declaracion jurada y que el plazo de recuperacion de estos costos MORDAZA en un plazo que no exceda los veinticuatro (24) meses de informado, y que por ende pueden superar la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 037-2008; Que, asimismo, mediante el Decreto de Urgencia Nº 049-2011 se modifico el Decreto de Urgencia Nº 0372008, que entre otros, amplia la vigencia del mismo hasta el 31 de diciembre de 2013 y extiende los alcances del referido decreto a los Sistemas Aislados; Que, las modificaciones realizadas por el Decreto de Urgencia Nº 049-2011 y las precisiones realizadas por el Decreto Supremo Nº 031-2011-EM, originan la necesidad de modificar el procedimiento "Compensacion por Generacion Adicional" de manera integral; Que, al MORDAZA de lo dispuesto en el Articulo 14º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0012009-JUS y en el Articulo 25º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 0542001-PCM, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 1892012-OS/CD, publicada el 29 de agosto de 2012, se dispuso la publicacion del proyecto de resolucion que modifica la MORDAZA "Compensacion por Generacion Adicional", la cual

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