Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2012 (21/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 21 de octubre de 2012

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA
Designan funcionaria responsable de brindar informacion bajo los lineamientos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 117-2012-A/MPH MORDAZA, 9 de marzo de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Visto: La Resolucion de Alcaldia Provincial Nº 341-2011 de fecha 09.08.2011, el cual versa sobre el funcionario responsable de Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica- Ley Nº 27806; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad a lo dispuesto por el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, concordante con el Art. 194º de la Constitucion Politica del Estado; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, se aprobo el Texto unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica- Ley Nº 27806, estableciendo en su articulo 8º la obligacion del Titular de la Entidad, de designar al funcionario responsable de brindar la informacion solicitada en virtud de la mencionada Ley. Que, a traves de la Resolucion documentada en Visto, se resuelve designar a la Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su condicion de Sub Gerente de Secretaria General de la Municipalidad Provincial de Huaura, como funcionaria responsable de brindar la informacion que demanden los administrados bajo los lineamientos de la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Que, con fecha 28.02.2012 se emitio la Resolucion de Alcaldia Nº 091-2012-MPH/A, mediante la cual se designa a la Abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Sub Gerente de Secretaria General de la Municipalidad Provincial de Huaura. Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, inciso 6) Articulo 20º; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a la Abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su condicion de Sub Gerente de Secretaria General de la Municipalidad Provincial de Huaura, como funcionaria responsable de brindar la informacion que demanden los administrados bajo los lineamientos de la Ley Nº 27806- Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Logistica y Oficina de Relaciones Publicas e Imagen Institucional disponer la publicacion de la presente Resolucion de conformidad a las exigencias establecidas en el Art. 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica ­ Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM. Articulo Tercero.- Disponer que los Gerentes, Sub Gerentes y Jefes de Oficinas de todas las areas de la Municipalidad Provincial de Huaura proporcionen a la Sub Gerente de Secretaria General toda la informacion que solicite bajo responsabilidad, a fin de cumplir con la funcion encomendada. Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Tramite Documentario y Archivo Central la entrega efectiva y oportuna de la presente Resolucion a la parte interesada. MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA MORDAZA Provincial 855893-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA
Sancionan con destitucion a servidor de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 176-2012-MDSE MORDAZA MORDAZA, 5 de octubre de 2012 Visto, el Informe Nº 002-2012 CPPAD/MDE de fecha 04 de Octubre del 2012, emitido por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Eulalia; CONSIDERANDO Que, con Resolucion de Alcaldia Nº 162-2012-MDSE, se apertura instaurar MORDAZA administrativo disciplinario al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA FLORES. Que, de acuerdo con el articulo 25º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico: "Los servidores publicos son responsables civil, penal y administrativamente por el cumplimiento de las normas legales y administrativas en el ejercicio del servicio publico, sin perjuicio de las sanciones de caracter disciplinario de las faltas que cometan. Que, de acuerdo al articulo 26º de la MORDAZA MORDAZA citada SANCIONES POR FALTAS DISCIPLINARIAS, inciso d); articulo 27º MORDAZA DE SANCION.- Los MORDAZA de sancion corresponden a la magnitud de las faltas segun su menor o mayor gravedad, (...), constituyendo la reincidencia serio agravante. Que, de acuerdo al articulo 28º, inciso b), d) y k) de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico. Que, de acuerdo al articulo 32º.- COMISIONES PERMANENTES DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS: En las entidades de la Administracion Publica se estableceran comisiones permanentes de procesos administrativos disciplinarios para la conduccion de los respectivos procesos. Que, de conformidad al articulo 2º del REGLAMENTO DE LA LEY DE BASES DE LA MORDAZA ADMINISTRATIVA Y DE REMUNERACIONES - Decreto Supremo Nº 00590-PCM; "INCLUSION Y EXCLUSION EN LA MORDAZA ADMINISTRATIVA, "La MORDAZA administrativa comprende a los servidores publicos que con caracter estable prestan servicios de naturaleza permanente en la Administracion Publica (...). Que, el articulo 3º "CONCEPTO DE SERVIDOR PUBLICO.- Para efectos de la Ley, entiendase por servidor publico al ciudadano en ejercicio que presta servicio en entidades de la Administracion Publica con nombramiento o contrato de autoridad competente, con las formalidades de ley, en jornada legal y sujeto a retribucion remunerativa permanente en periodos regulares. Que, el articulo 100º.- DERECHO.- ESTABILIDAD OCUPACIONAL ABSOLUTA.-Los servidores de MORDAZA goza de estabilidad laboral dentro de la Administracion Publica, solo pueden ser destituidos por causa prevista en la Ley y previo MORDAZA administrativo. Que, el articulo 106º.- DERECHOS A PERMISOS.Los servidores, en casos excepcionales debidamente fundamentados, pueden solicitar permisos a la autoridad respectiva para ausentarse por horas del centro laboral durante la jornada de trabajo. Los permisos acumulados durante un mes debidamente justificados, no podran exceder del equivalente a un dia de trabajo. Que, de conformidad al articulo 126º "SUMISION A OBLIGACIONES LEGALES ADMINISTRATIVAS (...), cualquiera sea su condicion esta sujeto a las obligaciones determinadas por ley y el presente reglamento. Que, el articulo 131º.- SUBORDINACION DE INTERESES PARTICULARES.- Los funcionarios y servidores deben supeditar sus intereses particulares a las condiciones de trabajo y a las prioridades fijadas por la autoridad competente en relacion a las necesidades de la colectividad.

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