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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 21 de octubre de 2012 476943 Expresan opinión favorable para que el Banco Financiero del Perú emita el Primer Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero y el Primer Programa de Bonos Corporativos RESOLUCIÓN SBS Nº 7832-2012 Lima, 12 de octubre de 2012 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por el Banco Financiero del Perú para que se emita opinión respecto al “Primer Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero- Banco Financiero”, hasta por un monto máximo en circulación de USD 70’000,000.00 (Setenta Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en Nuevos Soles; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su artículo 234º, faculta a las empresas a emitir los instrumentos a que se refi ere la Ley del Mercado de Valores, y aquellos que la Superintendencia autorice mediante norma de carácter general; Que, la emisión de instrumentos fi nancieros se rige por lo dispuesto en el artículo 232º de la Ley General, el que establece que la emisión en serie de instrumentos fi nancieros de captación del ahorro del público debe ser acordada por el órgano de dirección de la empresa, y requiere opinión previa favorable de esta Superintendencia, así como en lo señalado en la Circular Nº B-2074-2000; Que, en sesión celebrada el 18 de julio de 2012 el Directorio del Banco Financiero del Perú aprobó el Primer Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero– Banco Financiero por USD 70’000,000.00 (Setenta Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en Nuevos Soles, designando a los funcionarios facultados para determinar las características, términos, condiciones y cualquier otro aspecto de las emisiones al interior del programa aprobado, que no hayan sido establecidos en dicha sesión de directorio; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”, y el Departamento Legal; y, con los vistos de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas, y de Asesoría Jurídica, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 746-2010, Resolución SBS Nº 3377- 2012 y Resolución SBS Nº 7711-2012; RESUELVE: Artículo Único.- Opinar favorablemente para que el Banco Financiero del Perú emita el Primer Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero – Banco Financiero, hasta por un monto máximo en circulación de USD 70’000,000.00 (Setenta Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en Nuevos Soles; debiendo adecuarse los demás términos de la emisión a la Ley del Mercado de Valores. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas (a.i.) 855809-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 7833-2012 Lima, 12 de octubre de 2012 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por el Banco Financiero del Perú para que se emita opinión respecto al “Primer Programa de Bonos Corporativos - Banco Financiero”, hasta por un monto máximo en circulación de S/. 160’000,000.00 (Ciento Sesenta Millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en Dólares de los Estados Unidos de América; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su artículo 234º, faculta a las empresas a emitir los instrumentos a que se refi ere la Ley del Mercado de Valores, y aquellos que la Superintendencia autorice mediante norma de carácter general; Que, la emisión de instrumentos fi nancieros se rige por lo dispuesto en el artículo 232º de la Ley General, el que establece que la emisión en serie de instrumentos fi nancieros de captación del ahorro del público debe ser acordada por el órgano de dirección de la empresa, y requiere opinión previa favorable de esta Superintendencia, así como en lo señalado en la Circular Nº B-2074-2000; Que, en sesión celebrada el 18 de julio de 2012 el Directorio del Banco Financiero del Perú aprobó el Primer Programa de Bonos Corporativos – Banco Financiero por S/. 160’000,000.00 (Ciento Sesenta Millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en Dólares de los Estados Unidos de América, designando a los funcionarios facultados para determinar las características, términos, condiciones y cualquier otro aspecto de las emisiones al interior del programa aprobado, que no hayan sido establecidos en dicha sesión de directorio; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”, y el Departamento Legal; y, con los vistos de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas, y de Asesoría Jurídica, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 746-2010, Resolución SBS Nº 3377- 2012 y Resolución SBS Nº 7711-2012; RESUELVE: Artículo Único.- Opinar favorablemente para que el Banco Financiero del Perú emita el Primer Programa de Bonos Corporativos – Banco Financiero, hasta por un monto máximo en circulación de S/. 160’000,000.00 (Ciento Sesenta Millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en Dólares de los Estados Unidos de América; debiendo adecuarse los demás términos de la emisión a la Ley del Mercado de Valores. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas (a.i.) 855809-2 Autorizan viaje de funcionarios a Chile en comisión de servicios RESOLUCIÓN SBS N° 7865-2012 Lima, 16 de octubre de 2012 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES