Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2012 (21/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 21 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

476953

Contrataciones del Estado, Decreto Legislativo 1017, y el articulo 131º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 138-2012EF; considerando que dicho servicio es factible de ser realizado unicamente por MORDAZA Movil Peru S.A.C., por ser la propietaria de la Planta Externa, cuenta con los conocimientos tecnicos para el traslado del mismo y finalmente porque se trata de un servicio que presta al Estado un medio de comunicacion como es el de telefonia, producto de la transferencia de derechos, autorizaciones, licencias y permisos; de otro lado, considera la Opinion Nº 046-2010/DTN de la Direccion Tecnica Normativa del OSCE, que respecto a los alcances e interpretacion del articulo 20º inciso e) de la Ley de Contrataciones, senala "en aquellos casos en los que en el MORDAZA nacional exista un unico proveedor del bien o servicio requerido por el area usuaria, y este no admita sustitutos, la Entidad puede exonerarse de la obligacion de realizar el MORDAZA de seleccion respectivo, bajo la causal de proveedor unico de bienes o servicios; Que, de los informes tecnico y legal emitidos por las areas competentes, se concluye que resulta viable la aprobacion de la exoneracion del MORDAZA de seleccion por la causal de proveedor unico de servicio que no admite sustitutos, por la exclusividad que ostenta el proveedor en merito a los derechos concesionados por el Estado, para la contratacion del Servicio Reubicacion de Planta Externa de MORDAZA Movil Peru S.A.C. correspondiente al Proyecto "Mejoramiento de la Av. MORDAZA MORDAZA desde la Av. La MORDAZA hasta la MORDAZA Bel Air, Distrito de La MORDAZA - Lima", correspondiendo su aprobacion por el Concejo Municipal conforme a lo establecido en el articulo 21º de la Ley de Contrataciones del Estado; Que, conforme al literal e) del articulo 20º de la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Legislativo Nº 1017, estan exoneradas de los procesos de seleccion las contrataciones que se realicen cuando exista proveedor unico de bienes o servicios que no admiten sustitutos, o cuando por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; asimismo, senala el articulo 131º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 138-2012-EF, que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente; Que, el articulo 21º de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que las contrataciones derivadas de exoneracion de procesos de seleccion se realizaran de manera directa, previa aprobacion mediante Acuerdo del Concejo Municipal, en funcion a los informes tecnico y legal previos que obligatoriamente deberan emitirse. MORDAZA de dichas Resoluciones o Acuerdos y los informes que los sustentan deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y publicarse en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado (SEACE), dentro de los diez (10) dias habiles de su aprobacion, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, por unanimidad y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, ACORDO: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion por la causal de proveedor unico de servicio que no admite sustitutos, por la exclusividad que ostenta el proveedor en merito a los derechos concesionados por el Estado, para la contratacion del Servicio Reubicacion de Planta Externa de MORDAZA Movil Peru S.A.C., correspondiente al Proyecto "Mejoramiento de la Av. MORDAZA MORDAZA desde la Av. La MORDAZA hasta la MORDAZA Bel Air, Distrito de La MORDAZA - Lima", que sera prestado por MORDAZA Movil Peru S.A.C., por un plazo de 50 dias calendario, por el valor referencial de S/. 98,847.47 (Noventa y ocho mil ochocientos cuarenta y siete con 47/100 nuevos soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Credito - Rubro 19 Recursos por Operaciones Oficiales de

Credito, de conformidad a los considerandos expuestos y a la normatividad aplicable. Articulo Segundo.- Encargar a la Sub Gerencia de Logistica, efectue la contratacion para el servicio senalado en el articulo precedente de acuerdo al procedimiento establecido en el articulo 135º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; asi como la publicacion del presente Acuerdo en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado (SEACE). Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion y a la Gerencia de Administracion y Finanzas su remision a la Contraloria General de la Republica, asi como los informes que lo sustentan, dentro del mismo plazo. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ZUREK P.F. MORDAZA 855779-4 ACUERDO DE CONCEJO Nº 112-2012 La MORDAZA, 15 de octubre de 2012 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO : En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 15 de Octubre del 2012, el Dictamen Nº 03 - 2012 (12.10.12) de la Comision de Administracion, Administracion Tributaria, Presupuesto e Informatica y el Dictamen Conjunto Nº 05 - 2012 (11.10.12) de la Comision de Obras Publicas y Proyectos de Inversion Privada y la Comision de Asuntos Juridicos, sobre Exoneracion del MORDAZA de Seleccion por la causal de proveedor unico de servicio que no admite sustitutos, para la contratacion del Servicio de "Remocion, Traslado, Reposicion de Redes de Baja Tension por afectacion de la empresa Luz del Sur S.A.A"; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Gerencial Nº 014-2012MDLM-GOP de fecha 28.08.2012, la Gerencia de Obras Publicas aprueba el expediente tecnico de la obra "Mejoramiento de la Av. MORDAZA MORDAZA desde la Av. La MORDAZA hasta la MORDAZA Bel Air, Distrito de la MORDAZA, MORDAZA - Lima"; Que, mediante Informe Tecnico Nº 094-2012MDLM-GOP de fecha 12.09.2012, la Gerencia de Obras Publicas comunica que es de suma necesidad realizar la reubicacion de los postes ubicados en la berma lateral derecha de la Av. MORDAZA MORDAZA, a fin de respetar el diseno de la Seccion Vial planteada en el Proyecto "Mejoramiento de la Av. MORDAZA MORDAZA desde la Av. La MORDAZA hasta la MORDAZA Bel Air, Distrito de la MORDAZA - Lima", los mismos que deben ser reubicados a los costados de acuerdo a las coordinaciones en MORDAZA realizadas con el area usuaria y acorde al diseno de la nueva seccion vial que forma parte del proyecto; Que, mediante Informe Nº 656-2012-MDLM-GAFSGL de fecha 19.09.2012, la Subgerencia de Logistica refiere que los postes e instalaciones electricas a reubicar, estan bajo la concesion otorgada a Luz del Sur S.A.A, siendo que la ejecucion y los gastos del servicio de remocion, traslado, reposicion de redes de baja tension por afectacion para permitir la ejecucion del proyecto "Mejoramiento de la Av. MORDAZA MORDAZA desde la Av. La MORDAZA, hasta la MORDAZA Bel Air, distrito de La MORDAZA, Lima" estan sujetas a lo establecido en el articulo 98º de la Ley de Concesiones Electricas, Decreto Ley Nº 25844 y el articulo 190º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 09-93-EM, por lo que la empresa Luz del Sur S.A.A. se constituiria como proveedor unico, toda vez que los postes e instalaciones electricas a reubicar forman parte de la concesion electrica; solicitando la opinion legal respectiva a fin de tramitar la contratacion del Servicio de Remocion, Traslado y Reposicion de Redes

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