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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (25/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 80

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de octubre de 2012 477202 públicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecución de proyectos de inversión en los Gobiernos Regionales o los Gobiernos Locales, se transfi eren bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción de convenio. Asimismo, indica el citado artículo, que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversión pública deben contar con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP); Que, mediante Informe Nº 513-2012-MINCETUR/SG/ OGPPD, la Ofi cina General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, informa que el proyecto cuenta con disponibilidad presupuestal con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2012 del referido Pliego, para la Transferencia de Partidas propuesta, hasta por la suma de S/. 2 064 723,00 (DOS MILLONES SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTITRÉS CON 00/100 NUEVOS SOLES); Que, por razones de operatividad y en concordancia con la política de descentralización y fortalecimiento de las capacidades de los Gobiernos Regionales y Locales, el Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo estima conveniente transferir recursos de la Unidad Ejecutora 004 Plan COPESCO Nacional, a favor del Gobierno Regional del Departamento de Lima a cargo de la ejecución del proyecto antes indicado, con quien se ha suscrito el respectivo Convenio de ejecución, por lo que el MINCETUR solicita la transferencia de dichos recursos; De conformidad con lo establecido por el artículo 11º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 y el numeral 8.3 del artículo 8º de la Ley N° 29914, Ley que establece medidas en materia de gasto público; DECRETA: Artículo 1°.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 2 064 723,00 (DOS MILLONES SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTITRÉS Y 00/100 NUEVOS SOLES), para ser destinados a la ejecución del proyecto de inversión pública en turismo: “Puesta en Valor de los Sectores de Incahuasi y Qolqawasi del Centro Político Administrativo del Sitio Arqueológico de Incahuasi en la Provincia de Cañete - Región Lima”, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 035 : Ministerio de Comercio Exterior y Turismo UNIDAD EJECUTORA 004 : Plan COPESCO Nacional ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2094363 : Puesta en Valor de los Sectores de Incahuasi y Qolqawasi del Centro Político Administrativo del Sitio Arqueológico de Incahuasi en la Provincia de Cañete - Región Lima FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 2 064 723,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 2 064 723,00 =========== A LA: SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 463 : Gobierno Regional del Departamento de Lima UNIDAD EJECUTORA 001 : Sede Central ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2094363 : Puesta en Valor de los Sectores de Incahuasi y Qolqawasi del Centro Político Administrativo del Sitio Arqueológico de Incahuasi en la Provincia de Cañete - Región Lima FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 2 064 723,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 2 064 723,00 =========== Artículo 2°.-Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitador y del Pliego habilitado considerado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1° de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de dicha Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de las transferencias de partidas a que hace referencia el artículo 1° del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4°.- Información El Pliego habilitado informará al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, los avances físicos y fi nancieros de la ejecución del proyecto a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en el Convenio y/o adenda correspondiente, para efectos de las acciones de verifi cación y seguimiento a que se refi ere el artículo 11° de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012. Artículo 5°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas GLADYS MONICA TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción Encargada del Despacho del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo 858887-7