TEXTO PAGINA: 67
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de octubre de 2012 477189 y/o a nivel de afi rmado o colocando planchas de acero a fi n de permitir el normal y libre tránsito peatonal y/o vehicular de los residentes de las vías afectadas. Artículo Noveno.- La EMPRESA MUNICIPAL ADMINISTRADORA DE PEAJE DE LIMA - EMAPE, se responsabiliza por cualquier accidente o daño que se pudiera ocasionar en perjuicio de los usuarios de la vía y/o en contra de bienes públicos y privados. Artículo Décimo.- La presente autorización deberá permanecer en la obra y a cargo del Ing. Residente o responsable de la obra, estando en la obligación de mostrarla cada vez que la requieran las autoridades competentes, bajo responsabilidad de inicio del procedimiento sancionador correspondiente. Artículo Décimo Primero.- La EMPRESA MUNICIPAL ADMINISTRADORA DE PEAJE DE LIMA - EMAPE, en caso de no iniciar la interferencia de vías bajo ninguna circunstancia y/o modalidad y ésta no tenga antigüedad mayor a seis (06) meses de haber sido emitida en la fecha establecida en el Artículo Primero, podrá ser reprogramada por UNICA VEZ y en caso de no concluir la interferencia de vías en el plazo establecido, deberá solicitar la ampliación de plazo con cuatro (04) días útiles antes del vencimiento del plazo otorgado inicialmente. Artículo Décimo Segundo.- El incumplimiento de los términos consignados en la presente resolución constituyen infracción, lo que dará lugar al inicio del procedimiento sancionador correspondiente de acuerdo con lo dispuesto en la Ordenanza Nº 059-MML (multa y paralización de obra). Artículo Décimo Tercero.- Encargar a los Inspectores Municipales de la Subgerencia de Ingeniería del Tránsito y/o a la Policía Nacional del Perú responsable del control del tránsito, el cumplimiento de la presente resolución, de acuerdo con las competencias establecidas en la normativa vigente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARYBEL VIDAL MATOS Subgerente Subgerencia de Ingeniería de Tránsito Gerencia de Transporte Urbano 858175-1 MUNICIPALIDAD DE ANCON Aprueban otorgamiento de Beneficios Tributarios Extraordinarios de Regularización Tributaria y Administrativa en el distrito ORDENANZA Nº 254-2012-MDA Ancón, 10 de octubre del 2012 POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Ancón en la Sesión de la fecha, el Informe Nº 180-2012- GR/MDA de la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 134-2012- GM/MDA de la Gerencia Municipal, en donde presentan proyecto de Ordenanza Municipal que otorga Benefi cios Tributarios en la jurisdicción de Ancón. BENEFICIOS Artículo Primero.- APROBAR EL OTORGAMIENTO DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS EXTRAORDINARIOS DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA, para todos los contribuyentes o responsables tributarios de la jurisdicción en el Distrito de Ancón. Artículo Segundo.- ESTABLECER que los Benefi cios de Regularización Tributaria y Administrativa otorgadas al contribuyente del distrito de Ancón, son los siguientes: 1. Condonación del 100% de los intereses moratorios y reajustes acumulados a la fecha de cancelación de los tributos que adeuden, por concepto de Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias y/o Administrativas y Convenio de Fraccionamiento de pago, que se encuentren en cualquier instancia administrativa y/o cobranza coactiva, debiendo cancelar en este último caso el 50% de las costas procesales que se hubieren generado a la fecha de cancelación. 2. Condonación de las Multas Tributarias por omisión a la presentación de la Declaración Jurada de autovaluo para los contribuyentes del distrito de Ancón. 3. Rebaja del 80% por derecho de Licencia de Funcionamiento, y por Autorización de Anuncios Publicitarios conforme a lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), de la Municipalidad Distrital de Ancón. 4. Exoneración del 100% de las Multas Administrativas impuestas hasta el 30 de setiembre del 2012, las que no se encuentren en proceso vía coactivo y proceso contencioso, para los administrados, debiendo solicitarlo por escrito previa subsanación a la obligación administrativa y/o de la medida correctiva que corresponda. Este benefi cio no tiene alcance para los notifi cados con el Reglamento de Sanciones aprobado mediante Ordenanza 253-MDA. 5. Establecer que el pago total de las deudas de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo hasta el año 2011, obtendrá un descuento del cincuenta por ciento (50 %) del total de las deudas hasta el año 2011. Artículo Tercero.- ESTABLECER que la vigencia de los Benefi cios aprobados mediante la presente Ordenanza tendrá una vigencia a partir del día siguiente de su publicación y hasta el 31 de octubre del 2012. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los Contribuyentes que se encuentren con expedientes de reclamación en cualquiera de las Instancias, para acogerse a los Benefi cios de la presente Ordenanza deberán desistirse en forma expresa de los recursos presentados con Declaración Jurada Simple. Segunda.- Los benefi cios que se otorgan mediante la presente Ordenanza son aplicables durante su vigencia y no dará derecho a la devolución por pagos efectuados con anterioridad a su vigencia. Tercera.- Facúltese al alcalde a dictar mediante Decreto de Alcaldía las disposiciones complementarias necesarias para el correcto cumplimiento de la presente Ordenanza y/o disponer la prórroga de su vigencia total o parcialmente. Cuarta.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración, Gerencia de Servicios a la Ciudad y Proyección Social el cumplimiento de la presente Ordenanza y a Secretaria General e Imagen Institucional su publicación y difusión. Quinta.- Déjese sin efecto toda norma que se oponga, mientras dure la vigencia de la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. PEDRO JOHN BARRERA BERNUI Alcalde 856964-1 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Crean el Consejo Distrital de Juventudes de Carabayllo - CDJ-C y su Reglamento ORDENANZA MUNICIPAL Nº 264-A/MDC Carabayllo, 25 de setiembre de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Carabayllo, en Sesión Ordinaria de la fecha;