Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2012 (26/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, viernes 26 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

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sus modificaciones, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito, y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior por Tratamiento Medico Altamente Especializado al Sub Oficial 3ra EP Eleaquin MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI N° 45085174 y CIP N° 331078700, y al enfermero acompanante Tecnico 2da EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 09685777 y CIP Nº 318920100, para recibir el control post operatorio especializado en el BASCOM MORDAZA EYE INSTITUTE, ubicado en la MORDAZA de Miami, Estado de MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, por un periodo de quince (15) dias, comprendido del 30 de octubre al 13 de noviembre de 2012. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Unidad Ejecutora: 003-Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aereos: MORDAZA ­ Miami (Estados Unidos de America) ­ Lima: US $ 2,800.00 x 02 Personas US$ 5,600.00 Viaticos: Paciente: US $ 220.00 x 15 dias (Del 30 Oct al 13 Nov 12) Enfermero acompanante: US $ 220.00 x 15 dias (Del 30 Oct al 13 Nov 12) TOTAL: US US$ 3,300.00 US$ 3,300.00

Amplian permanencia de personal militar en los EE.UU., para tratamiento medico altamente especializado
RESOLUCION SUPREMA Nº 554-2012-DE/ MORDAZA, 25 de octubre de 2012 VISTO: La Hoja de Recomendacion Nº 011 Y-6.1/15.00 de junio de 2012 del Comando de Salud del Ejercito. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 260-2012-DE/ EP del 02 de junio de 2012, se resolvio autorizar el viaje al exterior por Tratamiento Medico Altamente Especializado, del MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a la cita programada del 05 al 25 de junio de 2012 en el HOSPITAL NASCOTT ORTHOTIC AND PROSTHETICS de MORDAZA D.C. - Estados Unidos de MORDAZA, a fin de realizar la evaluacion y reajuste ortopedico de protesis en miembro inferior izquierdo; Que, con el Fax Nº 056/AGREMIL/SELOG del 22 de junio de 2012, la Agregaduria de Defensa y Militar a la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA informo que el HOSPITAL NASCOTT ORTHOTIC AND PROSTHETICS mediante carta del 20 de junio de 2012, requiere la permanencia del MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en los Estados Unidos de MORDAZA, manifestando que el MORDAZA fue citado para los ajustes de la protesis existente, donde observaron que el socket era demasiado grande en vista que el muslo se habia reducido globalmente; asimismo que a pesar que se hicieron todos los ajustes posibles, el socket no fue capaz de tener una suspension adecuada; motivo por el cual se tiene que confeccionar un MORDAZA socket, siendo el estimado de permanencia por estos servicios, hasta el 10 de MORDAZA de 2012, habiendose programado una cita de prueba para el 29 de junio de 2012; Que, mediante el documento del Visto, el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito, aprobo la ampliacion de permanencia en el exterior por Tratamiento Medico Altamente Especializado del MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el HOSPITAL NASCOTT ORTHOTIC AND PROSTHETICS de MORDAZA D.C. Estados Unidos de MORDAZA del 26 de junio de 2012 al 11 de MORDAZA de 2012; Que, mediante Hoja Informativa Nº 029 S-1.a/1-1 del 14 de agosto de 2012, suscrita por el Comandante General del Ejercito, se advierte que el MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regreso a la MORDAZA de MORDAZA - Peru, el 11 de MORDAZA del presente ano; Que, dentro de las modalidades de autorizaciones de viajes al exterior del personal militar y civil del Ministerio de Defensa, se encuentran contemplados los viajes por Tratamiento Medico Altamente Especializado, para aquellos casos en que el personal requiera recibir tratamiento medico especializado que no puede brindarse en el MORDAZA por enfermedades o patologias originadas durante el cumplimiento del servicio; de conformidad con los articulos 13º y 14º del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004, Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Que, los gastos que ocasione la presente ampliacion de permanencia en el exterior, se efectuaran con cargo al presupuesto institucional del Ano Fiscal 2012, de la Unidad Ejecutora Nº 003 Ejercito del Peru, de conformidad con el Articulo 13° del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, el numeral 17.1 del Articulo 17° de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General'', establece que la autoridad podra disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emision, solo si fuera mas favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros

US$ 12,200.00

Articulo 3º.El personal autorizado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo dentro del mismo plazo efectuara la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 5º.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 858886-14

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