Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2012 (29/10/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, lunes 29 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

477561

Carreras Profesionales: 1) Derecho, 2) Ingenieria Mecanica, 3) Contabilidad y Finanzas, 4) Ingenieria de Sistemas y Telematica, y 5) Enfermeria; Segundo: Aprobar el modelo institucional adoptado por la Universidad Privada Peruano Alemana S.A.C, especificando el regimen legal en el que se encuentra y la forma de su personeria juridica; Tercero: Disponer que la Promotora de la Universidad Privada Peruano Alemana S.A.C remita al CONAFU, la minuta que contiene el Estatuto Social, asi como el Reglamento General de la Universidad, para ser visado por la Presidencia, la Secretaria General y la Comision Juridica del CONAFU; Cuarto: Establecer que la Universidad Privada Peruano Alemana S.A.C, puede iniciar sus actividades academicas a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial el Peruano; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al articulo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales:...d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones", de conformidad con lo establecido en el 42º del reglamento y de conformidad a lo dispuesto en el articulo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- OTORGAR LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO PROVISIONAL a la Universidad Privada Peruano Alemana S.A.C para brindar servicios educativos de nivel universitario, en el Distrito, Provincia y Departamento de MORDAZA, con las siguientes Carreras Profesionales y vacantes por Ciclo Academico: Nombre de MORDAZA Profesional Numero de Vacantes por Ciclo Academico Ciclo I Ciclo II 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40

Disponen reconocer a profesional como Presidente de la Comision Organizadora de la Universidad Peruana de Arte Orval
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 493-2012-CONAFU MORDAZA, 19 de Setiembre de 2012 "UNIVERSIDAD PERUANA DE ARTE ORVAL" VISTOS: Oficio N°666-2012-CONAFU-SG recibido el 31 de MORDAZA de 2012, Carta N°065-2012-PROM-UORVAL recibida con fecha 10 de agosto de 2012, Carta N°0712012-PROM-UORVAL recibida con fecha 10 de setiembre de 2012, Oficio Nº1085-2012-CONAFU-CDAA recibido con fecha 18 de setiembre de 2012, el Acuerdo Nº6082012-CONAFU de la sesion del Pleno del CONAFU de fecha 19 de setiembre de 2012, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores y ente rector del funcionamiento de las Universidades del MORDAZA bajo su competencia; Que, el articulo 2º inciso e) de la Ley 26439, se establece que; son atribuciones del CONAFU: Reconocer a las comisiones organizadoras a propuesta de los promotores; Que, el articulo 10º inciso o) del Estatuto del CONAFU, se establece que; son atribuciones del Pleno del CONAFU: Reconocer a las comisiones organizadoras propuestas por los promotores, previa verificacion del cumplimiento de los requisitos establecidos por la ley y demas normas; y designar a las comisiones de las universidades publicas; Que, conforme el Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU (En adelante el Reglamento), aprobado por Resolucion Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, en el articulo 18º establece que: "Para organizar la Universidad y dar inicio a sus actividades, la Promotora propone ante el CONAFU a los integrantes de la Comision Organizadora, conformada por tres miembros: a) un Presidente, que asume direccion de la Comision con las funciones y responsabilidades que corresponden al Rector de la Universidad; ejerce las funciones de Representante Legal..."; Que, el Articulo 20° del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades y de Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU", prescribe: Para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos para una Comision Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los articulos 34°, 35° y 36° de la Ley Nº 23733 "Ley Universitaria"; Que, el Articulo 21° del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades y de Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU", prescribe: EI cargo de miembro de Comision Organizadora exige dedicacion exclusiva y es incompatible con el desempeno de cualquier otra funcion o actividad publica o privada; Que, con Oficio N°666-2012-CONAFU-SG recibido el 31 de MORDAZA de 2012, la Presidencia del CONAFU comunica a la Promotora de la Universidad Peruana de Arte Orval, que el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, propuesto para el cargo de Presidente de la Comision Organizadora no acredita el grado de Doctor. Asi mismo, el mencionado profesional actualmente es Profesor Principal a tiempo completo en la Facultad de Derecho y Ciencias Politicas de la Universidad Nacional MORDAZA Villarreal; Que, con Carta N°065-2012-PROM-UORVAL recibida con fecha 10 de agosto de 2012, la Promotora de la Universidad Peruana de Arte Orval, remite documentos del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, acreditando el grado de Doctor, el cual es uno de los requisitos para el cargo propuesto de Presidente de la Comision Organizadora de dicha Universidad;

Derecho Ingenieria Mecanica Contabilidad y Finanzas Ingenieria de Sistemas y Telematica Enfermeria

Articulo Segundo.- APROBAR el modelo institucional adoptado por la Universidad Privada Peruano Alemana S.A.C, como Sociedad Anonima Cerrada, bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882 y la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, debiendo proceder a inscribir la Escritura Publica que contiene el Estatuto Social ante los Registros Publicos. Articulo Tercero.- DISPONER que la Promotora de la Universidad Privada Peruano Alemana S.A.C remita al CONAFU, la minuta que contiene el Estatuto Social, asi como el Reglamento General de la Universidad, para ser visado por la Presidencia, la Secretaria General y la Comision Juridica del CONAFU, luego de lo cual es cargo de la promotora presentar ante este Consejo una MORDAZA literal de su inscripcion registral. Articulo Cuarto.- ESTABLECER que la Universidad Privada Peruano Alemana S.A.C, puede iniciar sus actividades academicas a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, como Sociedad Anonima Cerrada, bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882, Ley Universitaria y la Ley Nº 26439, Ley de Creacion del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades, sus disposiciones modificatorias y los reglamentos aprobados por el CONAFU. Articulo Quinto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los actos administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 859028-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.