Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2012 (29/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 29 de octubre de 2012

la persona, de acuerdo con su dignidad (articulo 1° de la Constitucion). 26. Por su parte, el derecho a la preservacion de un ambiente sano y equilibrado entrana obligaciones ineludibles para los poderes publicos de mantener los bienes ambientales en las condiciones adecuadas para su disfrute, cuidando de que se realice sin poner en cuestion "la potencialidad del ambiente para satisfacer las necesidades y las aspiraciones de las generaciones futuras" [STC 02002-2006-PC/TC], al tratarse de un derecho que, por antonomasia, es intergeneracional. Evidentemente, tal obligacion alcanza tambien a los particulares, particularmente a aquellos cuya actividad economica incide, directa o indirectamente, en el ambiente. 27. Asi pues, el derecho al ambiente equilibrado y adecuado participa tanto de las propiedades de los derechos reaccionales ­libertad negativa (de no danar el medio ambiente)- como de los derechos prestacionales -libertad positiva (evitar, proteger y/o reparar los danos inevitables que se produzcan)-. En su faz reaccional, exige de los particulares y el Estado abstenerse de realizar cualquier MORDAZA de actos que afecten al ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la MORDAZA humana. En su dimension prestacional, impone a los particulares y al Estado tareas u obligaciones destinadas a conservar el ambiente equilibrado, las cuales se traducen, a su vez, en tareas de conservacion, prevencion y evidentemente de reparacion o compensacion de los danos producidos. 28. A juicio de la Municipalidad recurrente, la disposicion cuestionada contraviene el derecho a un medio ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la MORDAZA, pues: "... debilita la institucionalidad de los gobiernos locales, perjudica el ornato, el desarrollo MORDAZA y rural de las municipalidades, pues afectan la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial, y por lo tanto impiden gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la MORDAZA de la persona, es que las empresas telefonicas bajo el argumento de la inversion privada no les interesa coordinar con las municipalidades el desarrollo de su infraestructura, unicamente instalan sin licencia y despues tratan de regularizar si lo desean o les parece, generando el cableado aereo desordenado que se puede observar en las distintas ciudades del pais". 29. La objecion de inconstitucionalidad debe rechazarse. Como MORDAZA se ha expresado, la disposicion cuestionada no habilita a las empresas operadoras de telecomunicaciones a instalar infraestructura sin contar con las licencias y/o autorizaciones respectivas. MORDAZA regula un procedimiento de regularizacion que se debe seguir solo para los casos de infraestructura que MORDAZA sido instalada con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº 29022, esto es, MORDAZA del 15 de noviembre de 2007.

Tal alcance de la disposicion impugnada es indiferente al contenido constitucionalmente protegido del derecho a gozar de un medio ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida. Por tanto, en la medida que no representa una intervencion a su programa normativo, no hay forma de que pueda violarlo. Por estos fundamentos, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitucion Politica del Peru. HA RESUELTO 1. Declarar INFUNDADA la demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra la Cuarta Disposicion Transitoria y Final de la Ley Nº 29022. 2. Declarar que cualquier afectacion en concreto del derecho al medio ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la MORDAZA u otros derechos de los ciudadanos, como consecuencia de la actividad de las empresas de telecomunicaciones, justifica que los ciudadanos tengan habilitada la via de procesos constitucionales como el MORDAZA para la defensa de los mismos. Publiquese y notifiquese. SS. MORDAZA MORDAZA URVIOLA HANI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA HAYEN ETO MORDAZA 859151-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 424-MSS
DECRETO DE ALCALDIA N° 28-2012-MSS MORDAZA de MORDAZA, 25 de octubre del 2012

DIARIO OFICIAL

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