TEXTO PAGINA: 17
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 29 de octubre de 2012 477563 y funcionamiento de programas de pregrado y posgrado siguientes: • Carrera Profesional de Educación Especial, adscrita a la Facultad de Ciencias de la Educación. • Segunda Especialidad en Educación Religiosa. • Segunda Especialidad en Lengua Inglesa. • Maestría en Bioética y Bioderecho. • Maestría en Gestión e Innovación Educativa. Artículo 2º.- Aprobar el registro correspondiente en la Asamblea Nacional de Rectores, de lo resuelto en el artículo precedente y disponer la difusión de la presente resolución a la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación y a las Ofi cinas de Carnet Universitario y Grados y Títulos, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la Página Web de la Institución. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 859032-1 Declaran que la Universidad Peruana Cayetano Heredia ha cumplido con la Ley Universitaria respecto a la creación y funcionamiento de programa de segunda especialización en la Facultad de Educación COMISION DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1462-2012-ANR Lima, 10 de octubre de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El CAR-SG-UPCH-410-12, de fecha 15 de mayo de 2012, informe Nº 220-2012-DGDAC, de fecha 27 de agosto de 2012, el memorando Nº 944-2012-SE, de fecha 14 de setiembre de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, en el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, se dispone coordinar proporcionando información previa e indispensable, la creación de carreras, títulos profesionales y de segunda especialidad acordados por una Universidad y de las Facultades en que hacen los estudios respectivos; Que, mediante el documento de vistos, la Universidad Peruana Cayetano Heredia, solicita el reconocimiento y ofi cialización del Programa de Segunda Especialización para la Enseñanza de Comunicación y Matemática para Profesores de II y III Ciclos de Educación Básica Regular en la Facultad de Educación; Que, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, emite informe de vistos, por el cual informa que la Universidad Peruana Cayetano Heredia ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 23º y el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creación y funcionamiento del programa invocado en el considerando precedente; por lo que, es de opinión favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores emita la Resolución correspondiente; Que, con memorando N° 944-2012-SE, la Secretaría Ejecutiva de la Asamblea Nacional de Rectores, dispone la elaboración de una resolución que declare que la Universidad Peruana Cayetano Heredia, con sede en la ciudad de Lima, ha cumplido con las disposiciones instruidas en el artículo 23º y el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creación y funcionamiento del Programa de Segunda Especialización para la Enseñanza de Comunicación y Matemática para Profesores de II y III Ciclos de Educación Básica Regular en la Facultad de Educación; Estando a lo autorizado por la Alta Dirección; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que la Universidad Peruana Cayetano Heredia, con sede en la ciudad de Lima, ha cumplido con las disposiciones instruidas en el artículo 23º y el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creación y funcionamiento del Programa de Segunda Especialización para la Enseñanza de Comunicación y Matemática para Profesores de II y III Ciclos de Educación Básica Regular en la Facultad de Educación. Artículo 2º.- Aprobar el registro correspondiente en la Asamblea Nacional de Rectores, de lo resuelto en el artículo precedente y disponer la difusión de la presente resolución a la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación y a las Ofi cinas de Carnet Universitario y Grados y Títulos, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la Página Web de la Institución. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 859031-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al BBVA Continental el cierre temporal de agencias ubicadas en el distrito de La Victoria, departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 7988-2012 Lima, 18 de octubre de 2012 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA (E) VISTA: La solicitud presentada por el BBVA Continental para que esta Superintendencia autorice el cierre temporal de (02) Agencias, según se indica en la parte resolutiva, y; CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca el cierre temporal;