TEXTO PAGINA: 5
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de octubre de 2012 477671 otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, la Tercera Disposición Complementaria del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, establece que la inscripción de la adecuación de constitución de la mancomunidad municipal le otorga personería jurídica de derecho público a ésta; Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 478-2011-PCM/SD, se dispuso la inscripción de la “Mancomunidad Municipal Lima Este”, integrada por Municipalidades Distritales de El Agustino, Cieneguilla, La Molina, San Borja y San Luis de la provincia de Lima, en el departamento de Lima, en el Registro de Mancomunidades Municipales; Que por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 016-2012-PCM/SD, se dispuso la inscripción de la separación de la Municipalidad Distrital de San Borja de la “Mancomunidad Municipal Lima Este” Que, con Ofi cio de vistos, se solicita la adhesión de la Municipalidad Distrital de Santa Anita de la provincia de Lima a la “Mancomunidad Municipal Lima Este”, acompañando el Informe Técnico de Viabilidad, Acta de Sesión de Consejo Directivo y Ordenanza Municipal Nº 00094-2012-MDS-P de la referida municipalidad distrital; Que, acorde con el Informe Nº 062-2012–PCM/SD-OGI- VQA, los documentos presentados para la inscripción del acto de adhesión, cumplen con el procedimiento establecido en el artículo 9º del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción, en el Registro de Mancomunidades Municipales, de la adhesión de la Municipalidad Distrital de Santa Anita de la provincia de Lima a la “Mancomunidad Municipal Lima Este”; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley Nº 29341; el Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de Adhesión Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la adhesión de la Municipalidad Distrital de Santa Anita de la provincia de Lima a la “Mancomunidad Municipal Lima Este”. Artículo 2º.- Registro de Anexos Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales, el Acta de Sesión de Consejo Directivo y la Ordenanza Municipal que ratifi ca la Adhesión de la Municipalidad Distrital de Santa Anita de la Provincia de Lima a la “Mancomunidad Municipal Lima Este”. Artículo 3º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe. Artículo 4º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MADELEINE FLORIÁN CEDRÓN Secretaria de Descentralización 860434-1 RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 062-2012-PCM/SD Lima, 18 de octubre de 2012 VISTOS: Los Ofi cios Nº 001-2001-MMERJ/PCD y Nº 002- 2012/MMERJ-PCD; el Informe Técnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal Nº 003-2011-CM/MDLUL de la Municipalidad Distrital La Unión, la Ordenanza Municipal Nº 09-2011-MDO/A de la Municipalidad Distrital de Ondores, la Ordenanza Municipal Nº 020-2011-MDP de la Municipalidad Distrital de Palcamayo, la Ordenanza Municipal Nº 012-2011/CM-MDSPC de la Municipalidad Distrital de San Pedro de Cajas, la Ordenanza Municipal Nº 06-2011-MDSBC de la Municipalidad Distrital de Santa Bárbara de Carhuacayán, la Ordenanza Municipal Nº 018- 2011-VM/MDT de la Municipalidad Distrital de Tapo; el Acta de Constitución; el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Emprendedores de la Región Junín” y el informe Nº 063- 2012–PCM/SD-OGI-VQA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley Nº 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5º, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, el artículo 11º del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal; FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL