Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2012 (31/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, miercoles 31 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Internacionales, y del equipo de profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, que en representacion del MINCETUR participaran en la reunion MORDAZA mencionada; Que, la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, prohibe los viajes al exterior con cargo a recursos publicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley senala, entre ellos, los viajes que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de los acuerdos comerciales de importancia para el Peru, los que deben realizarse en categoria economica y ser autorizados por Resolucion del Titular de la Entidad; Que, es necesario encargar las funciones del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior en tanto dure la ausencia de su titular; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR, la Ley N° 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje a la MORDAZA de Cartagena, Republica de Colombia, del 07 al 10 de noviembre de 2012, del senor MORDAZA MORDAZA Posada Ugaz, Viceministro de Comercio Exterior, del senor MORDAZA MORDAZA Brandes MORDAZA, Director Nacional de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la senorita MORDAZA MORDAZA Li Carmelino, y la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representacion del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, participen en la Reunion del Grupo de Alto Nivel ­ GAN de la Alianza del MORDAZA, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, estaran a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes (US$ 1 368,00 x 5 personas) Viaticos (US$ 200,00 x 3 dias x 5 personas) : : US$ US$ 6 840,00 3 000,00

Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el articulo 1° de la presente Resolucion, debera presentar al Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistira; asimismo, presentara la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- Encargar a la senora MORDAZA MORDAZA Servan MORDAZA, Secretaria General, las funciones del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, a partir del 07 de noviembre de 2012, y en tanto dure la ausencia del titular. Articulo 5°.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo

Que, la Ley Nº 29907, Ley para la prevencion y el tratamiento de la ludopatia en las MORDAZA de juegos de casino y maquinas tragamonedas, en su articulo 3° crea el Registro de Personas Prohibidas de acceder a establecimientos destinados a la explotacion de juegos de casinos y maquinas tragamonedas, disponiendo en la MORDAZA Disposicion Complementaria Final que el Poder Ejecutivo reglamente la mencionada Ley; Que, de conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, corresponde al MINCETUR promover, orientar y regular la actividad turistica, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible; Que, el articulo 27° de la Ley N° 29408, Ley General de Turismo, senala que son prestadores de servicios turisticos las personas naturales o juridicas que participan en la actividad turistica, con el objeto principal de proporcionar servicios turisticos directos de utilidad basica e indispensable para el desarrollo de las actividades de los turistas; estableciendo en el literal k) del Anexo N° 1 de la citada Ley que son prestadores turisticos los que realizan los servicios de juegos de casino y maquinas tragamonedas; Que, de conformidad con la Ley Nº 27153, Ley que regula la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, a traves de la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas del Viceministerio de Turismo, es la autoridad competente para autorizar, fiscalizar, supervisar, evaluar y sancionar la actividad de explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas; Que, atendiendo a la relevancia del contenido del proyecto normativo y los supuestos que pretende reglamentar, y siendo que se trata una MORDAZA legal de caracter general, conforme a las disposiciones contenidas en el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, resulta necesario disponer la prepublicacion del referido proyecto conforme al procedimiento establecido; De conformidad con la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 29907, Ley para la prevencion y el tratamiento de la ludopatia en las MORDAZA de juegos de casino y maquinas tragamonedas, la Ley Nº 27790, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, y el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prepublicacion Disponer la prepublicacion en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.mincetur. gob.pe) y en el MORDAZA electronico de la Direccion General de Juegos de Casinos y Maquinas Tragamonedas http://www. mincetur.gob.pe/turismo/DGJCMT/index.htm, el Proyecto de Reglamento de la Ley N° 29907, Ley para la Prevencion y el tratamiento de la Ludopatia en las MORDAZA de juegos de casino y maquinas tragamonedas, durante el plazo de treinta (30) dias calendario, para conocimiento y sugerencias por parte de las entidades publicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, asi como de las personas naturales interesadas. Las propuestas y opiniones seran remitidas al siguiente correo electronico: casinos@mincetur.gob.pe. Articulo 2º.- Evaluacion y consolidacion La Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas, queda encargada de recibir, procesar, evaluar y consolidar, las diversas propuestas y opiniones que se reciban acerca del Proyecto de Reglamento prepublicado, para posteriormente elaborar el texto definitivo del mismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo

859850-1

Disponen la prepublicacion del Proyecto de Reglamento de la Ley Nº 29907, Ley para la Prevencion y el tratamiento de la Ludopatia en las MORDAZA de juego de casino y maquinas tragamonedas, en el MORDAZA Institucional del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 339-2012-MINCETUR/DM
San MORDAZA, 29 de octubre de 2012 Vistos, el Informe N° 002-2012-MINCETUR/VMT/ DGJCMT y el Memorandum Nº 744-2012-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo.

860089-1

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