Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2012 (31/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, miercoles 31 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES
VISTO:

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MORDAZA y Turpay, de la Provincia de Grau en el Departamento de MORDAZA aprueban la constitucion de la "Mancomunidad Municipal PARACCAY MAYU"; ratificando el contenido del Acta de Constitucion y el Estatuto y la designacion del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 056-2012­PCM/SD-OGIVQA, se concluye que se han subsanado las observaciones al tramite de inscripcion y que en la elaboracion de los documentos del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el articulo 11º del Reglamento de la Ley y en el articulo 6º del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emision de la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion, que dispone la inscripcion de la constitucion de la "Mancomunidad Municipal PARACCAY MAYU", en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley Nº 29341; el Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Formalizacion de Inscripcion de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la "Mancomunidad Municipal PARACCAY MAYU"; integrada por las Municipalidades Distritales de Pataypampa, Virundo, MORDAZA MORDAZA y Turpay, de la Provincia de Grau en el Departamento de Apurimac; reconociendosele, a partir de dicho acto, la condicion de persona juridica de derecho publico, como entidad publica. Articulo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal PARACCAY MAYU", como sigue: - Presidente: Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Rosa. - Director: Sra. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Turpay - Director: Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pataypampa. - Director: Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Virundo Articulo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Tecnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitucion y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitucion de la "Mancomunidad Municipal PARACCAY MAYU", en el Registro de Mancomunidades Municipales. Articulo 4º.- Publicacion Disponer la publicacion de la presente Resolucion de Secretaria de Descentralizacion en el Diario Oficial El Peruano, y en la pagina web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe. Articulo 5º.- Vigencia La presente Resolucion rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CEDRON Secretaria de Descentralizacion

El Memorandum Nº 2723-2012-AG-DGFFS(DGEFFS) de fecha 25 de octubre de 2012, emitido por la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA del Ministerio de Agricultura, por el cual, recomienda se apruebe el repoblamiento de cuatrocientos (400) vicunas MORDAZA, peticionadas por la Comunidad Campesina de MORDAZA Sancos, del distrito de Sancos, provincia de MORDAZA Sancos, departamento de MORDAZA, procedentes de la Comunidad Campesina de Lucanas, del distrito y provincia de Lucanas, del departamento de Ayacucho; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 26496, Ley sobre el regimen de la propiedad, comercializacion y sanciones por la caza de las especies de vicuna, guanaco y sus hibridos, establece que la extraccion y traslado de vicunas, guanaco y sus hibridos con fines de repoblamiento, investigacion, difusion cultural, se realiza previa autorizacion del Sector Agricultura; Que, el Decreto Supremo Nº 007-96-AG, Reglamento de la Ley Nº 26496, Ley del Regimen de propiedad, comercializacion y sanciones por la caza de las especies de vicuna, guanaco y sus hibridos, en su articulo 35º establece que el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos CONACS, aprobara las pautas y procedimientos tecnicos a usarse para la captura, adaptacion, transporte y liberacion de camelidos sudamericanos silvestres con motivo de repoblamiento; Que, segun el articulo 152º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 653, Ley de promocion de las inversiones en el sector agrario, aprobado por Decreto Supremo Nº 04891-AG, la extraccion y traslado de vicunas, entre otros, con fines de repoblamiento, se autorizara mediante Resolucion Ministerial del Sector Agricultura; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 081-2008AG-CONACS, se aprobo la Directiva Nº 002-2008-AGCONACS/DCCS "Directiva para la supervision y ejecucion de actividades de repoblamiento de camelidos silvestres"; Que, en el item 6.2 de la citada Directiva, se establecen los procedimientos a seguir para efectos de repoblamiento de vicunas, determinando en forma MORDAZA quienes pueden solicitar el inicio del tramite de repoblamiento, los documentos que se deben adjuntar, los plazos, asi como los resultados; Que, por Decreto Supremo Nº 012-2007-AG y Decreto Supremo Nº 014-2007-AG, se dispuso la fusion por absorcion de las Direcciones y Unidades del Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos (CONACS), en el Instituto Nacional de Recursos Naturales, INRENA, precisandose que la entidad incorporante asumira las funciones de normar, asesorar, concertar y supervisar las actividades y procedimientos relacionados a la conservacion y aprovechamiento sostenible de los camelidos sudamericanos silvestres; Que, mediante Decreto Supremo Nº 030-2008-AG, se aprobo la fusion del Instituto Nacional de Recursos Naturales en el Ministerio de Agricultura, siendo este ultimo el ente absorbente; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, establece que la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, es la encargada de proponer politicas, estrategias, normas, planes, programas y proyectos nacionales relacionados al aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de la fauna MORDAZA, asi como de realizar el seguimiento y evaluacion de las actividades de administracion, control y vigilancia de dichos recursos para su respectiva conservacion; Que, mediante Informe Nº 3747-2012-AG-DGFFSDGEFFS (fojas 108-116), de fecha 25 de octubre de 2012, MORDAZA mediante Oficio Nº 1002-2012-AG-DGFFSDGEFFS de fecha 29 de octubre del 2012, la Direccion de Gestion Forestal y de Fauna MORDAZA de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, senala que la Comunidad Campesina de MORDAZA Sancos, solicito se apruebe el repoblamiento de cuatrocientos (400) vicunas MORDAZA para ser destinadas a un Cerco Permanente de 1,250 hectareas, ubicado en el Sector Chiribamba, distrito Sancos, provincia MORDAZA Sancos, departamento de MORDAZA, cumpliendo con adjuntar los requisitos establecidos en la normatividad aplicable; Que, el citado informe senala ademas, que a traves del Oficio Nº 035-2012-AG-SENASA.ASA/M.V.Z.LSS, (fojas 72-73) de fecha 16 de agosto de 2012, la Oficina

860434-4

AGRICULTURA
Autorizar la extraccion y el traslado de vicunas con fines de repoblamiento
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0410-2012-AG
MORDAZA, 30 de octubre de 2012

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