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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (31/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de octubre de 2012 477672 Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley Nº 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Ofi cio Nº 001-2011-MMERJ/PCD, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Pedro de Cajas y Presidente del Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal Emprendedores de la Región Junín” solicita la inscripción de ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Distritales de San Pedro de Cajas, Palcamayo, Tapo y la Unión de la Provincia de Tarma, el Distrito de Ondores de la Provincia de Junín, el Distrito de Santa Bárbara de Carhuacayán de la Provincia de Yauli en el Departamento de Junín; Que por Ofi cio Nº 1992-2012-PCM/SD la Secretaría de Descentralización remite el Informe Nº 058-2012-PCM/ SD-OGI-VQA que contiene las observaciones al trámite de inscripción de la “Mancomunidad Municipal Emprendedores de la Región Junín”; Que mediante Nº 002-2012/MMERJ-PCD el Señor Alcalde y Presidente de la “Mancomunidad Municipal Emprendedores de la Región Junín”, presenta los documentos para subsanar las observaciones en el trámite de inscripción de esta entidad; Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos contiene información sobre: Diagnóstico: institucional, social y demográfi co; Gestión estratégica: visión, misión, ámbito territorial, objeto, objetivos y desarrollo económico local; Gestión descentralizada: estructura orgánica, competencias y funciones, provisión de personal y desarrollo de capacidades, recursos, y relaciones de coordinación, cooperación y colaboración; y Sostenibilidad: estrategias de fortalecimiento y consolidación institucional, desarrollo económico local, capacidad de gestión y evaluación; Que, el Estatuto señala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Protección y conservación del ambiente, con enfoque del ecosistema de las cuencas hidrográfi cas y corredores económicos macro regionales; así como la industrialización de los residuos sólidos, b) Diseñar y promocionar el circuito turístico en la macro región centro, c) Construcción y mejoramiento de infraestructura vial, d) Fomento del turismo local sostenible, e) Extender la conectividad a través de los medios electrónicos; Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de Funciones específi cas exclusivas: a) Promover e impulsar el proceso de planeamiento para el desarrollo local, con enfoque de gestión territorial y de las cuencas hidrográfi cas, b) Promover, apoyar y ejecutar proyectos de inversión y de servicios públicos municipales, orientados a la protección y conservación del ambiente; proponer la emisión de normas técnicas generales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, así como sobre protección y conservación del ambiente, d) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo social, económico productivo y ambiental en los distritos de la mancomunidad municipal, e) Planifi car y concertar el desarrollo social en armonía con las políticas y planes distritales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza. Adicionalmente, como delegación de funciones específi cas compartidas: a) Ejecutar directamente o concesionar la ejecución de obras de infraestructura urbana o rural de carácter multidistrital que sean indispensables para la producción, el comercio, el transporte y la comunicación de la provincia, tales como corredores viales, vías troncales, puentes, parques, parques industriales, embarcaderos, terminales terrestres y otras similares, en coordinación con las municipalidades distritales o provinciales contiguas, según sea el caso; de conformidad con el Plan de Desarrollo Municipal y el Plan de Desarrollo Regional, en base a la Ley 27972, b) Promover el desarrollo económico local, en coordinación con las entidades locales y regionales competentes, aprovechando las ventajas comparativas productivas y turísticas; promover la cultura de prevención mediante la educación para la preservación del ambiente y mitigación de desastres; determinar las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios. Que, fi nalmente, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Emprendedores de la Región Junín”, contiene información sobre domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefi nida, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de municipalidades, requisitos para su modifi cación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la constitución de la “Mancomunidad Municipal Emprendedores de la Región Junín”, la aprobación de su Estatuto y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de San Pedro de Cajas, Palcamayo, Tapo y la Unión de la Provincia de Tarma, el Distrito de Ondores de la Provincia de Junín, el Distrito de Santa Bárbara de Carhuacayán de la Provincia de Yauli en el Departamento de Junín aprueban la constitución de la “Mancomunidad Municipal Emprendedores de la Región Junín”; ratifi cando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 063-2012–PCM/SD-OGI- VQA, se concluye que se han subsanado las observaciones al trámite de inscripción y que en la elaboración de los documentos del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6º del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la “Mancomunidad Municipal Emprendedores de la Región Junín”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley Nº 29341; el Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la “Mancomunidad Municipal Emprendedores de la Región Junín”; integrada por las Municipalidades Distritales de San Pedro de Cajas, Palcamayo, Tapo y la Unión de la Provincia de Tarma, el Distrito de Ondores de la Provincia de Junín, el Distrito de Santa Bárbara de Carhuacayán de la Provincia de Yauli en el Departamento de Junín; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal Emprendedores de la Región Junín”, como sigue: - Presidente: Sr. Luis Alberto Vílchez Huaynate, Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Pedro de Cajas. - Director: Sr. Guillermo Barjas Vásquez, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Palcamayo - Director: Sr. Jorge Coronel Zacarías, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Tapo - Director: Sr. Rolando Esteban Rupay, Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Unión - Director: Sr. Roque Contreras Fraga, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Bárbara de Carhuacayán. - Director: Humberto Palomino Quijada, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ondores. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la “Mancomunidad Municipal Emprendedores de la Región Junín”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe.