Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2012 (31/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 31 de octubre de 2012

del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, SENASA, de Puquio ­ Coracora, concluye que es factible realizar la introduccion de las vicunas MORDAZA en el predio evaluado para repoblamiento; Que, por otro lado, mediante Informe Tecnico Nº 1322012-MINAG-DGFFS-ATFFS-ICA/Sede Ica, (fojas 77-81), de fecha 23 de octubre de 2012, el Administrador Tecnico Forestal y de Fauna MORDAZA de Ica, identifico cinco (5) posibles zonas de extraccion de vicunas en la Comunidad Campesina de Lucanas: (1) Sector Ccalaloma, (2) Sector Sombrocchaycco, (3) Sector Chacciripaycca, (4) Sector Ilacatapampa y, (5) Sector Huiraccochayocc, emitiendo su opinion favorable para la extraccion de las cuatrocientas (400) vicunas, las mismas que permitiran aliviar la carga animal del pastizal y no afectan significativamente a la poblacion en cuanto a numero y estructura social; Que, asimismo, el referido ultimo Informe detalla que el lugar de destino de las referidas vicunas para el repoblamiento en la Comunidad Campesina de MORDAZA Sancos esta ubicada en el Sector Chiribamba, donde se encuentra un cerco permanente concluido, en buen estado, con una MORDAZA de ingreso y, con una extension de 1,250 ha aproximadamente, existiendo condiciones climatologicas, pastos palatables para las vicunas en buena cantidad, asi como la existencia de agua distribuidas en el rio Chiribamba, en los riachuelos Yanacancha, Yahuarccocha y Polurayoc y, en ojos de agua permanentes; consigna ademas, la existencia de un puesto de control de vigilancia y un guardaparques comunal capacitado y equipado para tal funcion; Que, finalmente, del mismo Informe se desprende que, realizada la verificacion y evaluacion tecnica del expediente de la Comunidad Campesina de MORDAZA Sancos, y al haberse determinado que cumplio con presentar todos los requisitos previstos en la Directiva Nº 002-2008-AGCONACS/DCCS, "Directiva para la supervision y ejecucion de actividades de repoblamiento de camelidos silvestres", resulta procedente expedir la Resolucion Ministerial que autorice el repoblamiento solicitado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, la Ley Nº 26496 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-96-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la extraccion y el traslado de cuatrocientas (400) vicunas MORDAZA de la Comunidad Campesina de Lucanas, ubicada en el distrito y provincia de Lucanas, departamento de MORDAZA con destino al Cerco Permanente "Chiribamba" de la Comunidad Campesina de MORDAZA Sancos, ubicado en el distrito de Sancos, provincia de MORDAZA Sancos, departamento de MORDAZA, con fecha MORDAZA al 31 de octubre de 2012. Articulo 2º.- La Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA del Ministerio de Agricultura, a traves de la Administracion Tecnica Forestal y de Fauna MORDAZA de Ica, sera la responsable de la supervision del repoblamiento a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, quedando encargada la citada Direccion General bajo responsabilidad, de verificar los resultados de la implementacion autorizada y mantener informado a esta instancia de dichas labores. Articulo 3º.- La Comunidad Campesina de MORDAZA Sancos, asi como la Comunidad Campesina de Lucanas, coordinaran el repoblamiento de vicunas que se autoriza mediante la presente Resolucion, con la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA y la Administracion Tecnica Forestal y de Fauna MORDAZA de Ica. Articulo 4º.- La Comunidad Campesina de MORDAZA Sancos, MORDAZA de la fecha autorizada para la ejecucion del repoblamiento, debera presentar ante la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, el Plan de Operatividad referente a la captura y traslado de vicunas, con fines de repoblamiento, que se autoriza por la presente Resolucion Ministerial. Articulo 5º.- Notificar la presente Resolucion a la Comunidad Campesina de MORDAZA Sancos, a la Comunidad Campesina de Lucanas y a la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA del Ministerio de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0411-2012-AG
MORDAZA, 30 de octubre de 2012 VISTO: El Memorandum Nº 2722 -2012-AG-DGFFS(DGEFFS) de fecha 25 de octubre de 2012, de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, solicitando se apruebe el repoblamiento de doscientas cuarenta (240) vicunas MORDAZA, peticionadas por la Comunidad Campesina de Marancocha Aychana, del distrito de Comas, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, procedentes de la Comunidad Campesina de San MORDAZA de Ondores, del distrito de Ondores, provincia de MORDAZA, departamento de Junin; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 26496, Ley sobre el Regimen de la propiedad, comercializacion y sanciones por la caza de las especies de vicuna, guanaco y sus hibridos, establece que la extraccion y traslado de vicunas, guanaco y sus hibridos con fines de repoblamiento, investigacion, difusion cultural, se realiza previa autorizacion del Sector Agricultura; Que, el Decreto Supremo Nº 007-96-AG, Reglamento de la Ley Nº 26496, Ley del Regimen de propiedad, comercializacion y sanciones por la caza de las especies de vicuna, guanaco y sus hibridos, en su articulo 35º establece que el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos CONACS, aprobara las pautas y procedimientos tecnicos a usarse para la captura, adaptacion, transporte y liberacion de camelidos sudamericanos silvestres con motivo de repoblamiento; Que, segun el articulo 152º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 653, Ley de Promocion de las Inversiones en el Sector Agrario, aprobado por Decreto Supremo Nº 04891-AG, senala que la extraccion y traslado de vicunas, entre otros, con fines de repoblamiento, se autorizara mediante Resolucion Ministerial del Sector Agricultura; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 081-2008AG-CONACS, se aprobo la Directiva Nº 002-2008AG-CONACS-DCCS "Directiva para la supervision y ejecucion de actividades de Repoblamiento de Camelidos Silvestres"; Que, en el item 6.2 de la citada Directiva, se establecen los procedimientos a seguir para efectos de repoblamiento de vicunas, determinando en forma MORDAZA quienes pueden solicitar el inicio del tramite de repoblamiento, los documentos que se deben adjuntar, los plazos, asi como los resultados; Que, por Decreto Supremo Nº 012-2007-AG y Decreto Supremo Nº 014-2007-AG, se dispuso la fusion por absorcion de las Direcciones y Unidades del Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos - CONACS, en el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, precisandose que la entidad incorporante asumira las funciones de normar, asesorar, concertar y supervisar las actividades y procedimientos relacionados a la conservacion y aprovechamiento sostenible de los camelidos sudamericanos silvestres; Que, mediante Decreto Supremo Nº 030-2008-AG, se aprobo la fusion del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA en el Ministerio de Agricultura, siendo este ultimo el ente absorbente; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, establece que la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, es la encargada de proponer politicas, estrategias, normas, planes, programas y proyectos nacionales relacionados al aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de la fauna MORDAZA, asi como de realizar el seguimiento y evaluacion de las actividades de administracion, control y vigilancia de dichos recursos para su respectiva conservacion; Que, mediante Informe Nº 3738-AG-DGFFS-DGEFFS ( fojas 183-191), de fecha 25 de octubre del 2012, la Direccion de Gestion Forestal y de Fauna MORDAZA de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, senala que la Comunidad Campesina de Marancocha Aychana, ha solicitado se le apruebe el repoblamiento de doscientas cuarenta (240) vicunas MORDAZA en dos etapas, debiendo desarrollarse la primera etapa con 110 vicunas en el presente ano (2012) y la MORDAZA etapa con ciento treinta (130) vicunas en Setiembre de 2013, para ser destinadas a su conservacion, manejo y aprovechamiento en el

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