Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (31/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de octubre de 2012 477673 Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MADELEINE FLORIÁN CEDRÓN Secretaria de Descentralización 860434-2 RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 063-2012-PCM/SD Lima, 18 de octubre de 2012 VISTOS: Los ofi cios Nº 01-2012 MMAI/PCD y Nº 02-2012 MMAI/ PCD; el Informe Técnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal Nº 02-2012-MDA de la Municipalidad Distrital de Asunción, la Ordenanza Municipal Nº 01-2012-MDO de la Municipalidad Distrital de Olleros, la Ordenanza Municipal Nº 04-2012-MDG de la Municipalidad Distrital de Granada, la Ordenanza Municipal Nº 03-2012-MDQ de la Municipalidad Distrital de Quinjalca; el Acta de Constitución; el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal del Alto Imaza” y los informes Nº 046-2012–PCM/SD-OGI-VQA y Nº 064-2012–PCM/SD- OGI-VQA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley Nº 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5º, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, el artículo 11º del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley Nº 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Ofi cio Nº 01-2012 MMAI/PCD, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Asunción y Presidente del Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal del Alto Imaza” solicita la inscripción de ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Distritales de Asunción, Granada, Olleros y Quinjalca de la provincia de Chachapoyas en el departamento de Amazonas; Que por Ofi cio Nº 1524-2012-PCM/SD la Secretaría de Descentralización remite el Informe Nº 046-2012-PCM/ SD-OGI-VQA que contiene las observaciones al trámite de inscripción de la “Mancomunidad Municipal del Alto Imaza”; Que mediante el ofi cio Nº 02-2012 MMAI/PCD el Alcalde y Presidente de la “Mancomunidad Municipal del Alto Imaza”, presenta los documentos para subsanar las observaciones en el trámite de inscripción de esta entidad; Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos contiene información sobre: Diagnóstico: institucional, social y demográfi co; Gestión estratégica institucional: visión, misión, ámbito territorial, objeto, objetivos y desarrollo económico local; Estructura Organizacional: estructura orgánica, competencias y funciones, provisión de personal y desarrollo de capacidades, recursos, y relaciones de coordinación, cooperación y colaboración; Sostenibilidad: fi nanciara, política y social; y Viabilidad; Que, el Estatuto señala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Fomento agropecuario y agroindustrial, del turismo, la inversión privada y la competitividad productiva, b) Construcción y mejoramiento de infraestructura vial, c) Saneamiento básico y d) Gestión del ambiente; Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones específi cas exclusivas: a) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del distrito, b) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales del distrito, c) Fortalecer y desarrollar cadenas productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 28846, d) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo señalado en la Ley Nº 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 192-2009-EF y como delegación de funciones específi cas compartidas: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de proyectos, de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad municipal, en coordinación con la municipalidad provincial respectiva, y organismos regionales y nacionales competentes, b) Proveer el servicio de saneamiento básico rural, con la ejecución de proyectos de abastecimiento de agua, alcantarillado e instalación de letrinas en los distritos integrantes de la mancomunidad, c) Difundir programas de saneamiento ambiental en coordinación con las municipalidades provinciales y los organismos regionales y nacionales pertinentes, d) Participar en el diseño y ejecución de programas y proyectos de manejo de residuos sólidos, en coordinación con las entidades competentes, e) Contribuir a la elaboración y aplicación de instrumentos de gestión ambiental, f) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fi n, en cooperación con las entidades competentes; Que, fi nalmente, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal del Alto Imaza”, contiene información sobre domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefi nida, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de municipalidades, requisitos para su modifi cación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la constitución de la “Mancomunidad Municipal del Alto Imaza”, la aprobación de su Estatuto y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Asunción, Granada, Olleros y Quinjalca de la provincia de Chachapoyas en el departamento de Amazonas aprueban la constitución de la “Mancomunidad Municipal del Alto Imaza”; ratifi cando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 064-2012–PCM/SD-OGI- VQA, se concluye que se han subsanado las observaciones al trámite de inscripción y que en la elaboración de los documentos del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6º del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la “Mancomunidad Municipal del Alto Imaza”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley Nº 29341; el Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la “Mancomunidad Municipal del Alto Imaza”; integrada por las Municipalidades Distritales de Asunción, Granada, Olleros y Quinjalca de la provincia de Chachapoyas en el departamento de Amazonas; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal del Alto Imaza”, como sigue: