NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (01/09/2012)
CANTIDAD DE PAGINAS: 28
TEXTO PAGINA: 15
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de setiembre de 2012 473849 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, se declaró a los servicios de saneamiento como servicios de necesidad y utilidad pública y de preferente interés nacional, cuya fi nalidad es proteger la salud de la población y el ambiente; Que, el artículo 2 de la Ley Nº 26338 establece que la prestación de los servicios de saneamiento comprende la prestación regular de los servicios de agua potable, alcantarillado sanitario y pluvial y disposición sanitaria de excretas, tanto en el ámbito urbano como en el rural; Que, el literal a) del artículo 11 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-VIVIENDA, dispone que corresponde al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento formular, normar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar la política nacional y acciones del sector en materia de saneamiento y evaluar permanentemente sus resultados, adoptando las correcciones y demás medidas que correspondan; Que, el artículo 164 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento señala que se entenderá como centro poblado rural a aquél que no sobrepase de dos mil (2,000) habitantes; Que, el artículo 2 de la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es competencia del Ministerio formular, aprobar, ejecutar y supervisar las políticas de alcance nacional aplicables en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento; para lo cual, dicta normas de alcance nacional y supervisa su cumplimiento; Que, de acuerdo con el artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, este Ministerio es el Ente Rector de los asuntos de vivienda, urbanismo, desarrollo urbano, construcción de infraestructura y saneamiento; para lo cual formula, aprueba, dirige, evalúa, regula, norma, supervisa y ejecuta las políticas nacionales en estas materias; Que, el artículo 32 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento dispone que corresponde a la Dirección Nacional de Saneamiento del Viceministerio de Construcción y Saneamiento, proponer los lineamientos de política, planes, programas y normas concernientes a los servicios de saneamiento básico; Que, mediante Informe Nº 031-2012-VIVIENDA/VMCS- DNS, la Dirección Nacional de Saneamiento, a solicitud del Programa Nacional de Saneamiento Rural, propone la aprobación de la “Guía de opciones técnicas para abastecimiento de agua potable y saneamiento para los centros poblados del ámbito rural”; el cual tiene por objeto establecer los criterios básicos y requisitos mínimos para la adopción de tecnologías convencionales, a fi n de satisfacer las necesidades básicas de agua potable y saneamiento de los centros poblados rurales, que contribuyan a mejorar la salud de los pobladores, su bienestar y calidad de vida; y, De conformidad con la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Decreto Supremo Nº 002-2012-VIVIENDA, que crea el Programa Nacional de Saneamiento Rural; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la “Guía de opciones técnicas para abastecimiento de agua potable y saneamiento para los centros poblados del ámbito rural”, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.-La Guía, aprobada en el artículo precedente, es de cumplimiento obligatorio para toda entidad pública o privada, involucrada directa o indirectamente, en la formulación de programas o proyectos de agua potable y saneamiento para los centros poblados rurales. Artículo 3º.- Encargar al Programa Nacional de Saneamiento Rural realizar las acciones que resulten necesarias para la difusión de la Guía aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y la Guía que forma parte integrante de la misma, en el Portal Electrónico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (http://www.vivienda. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 835144-1 Designan Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 185-2012-VIVIENDA Lima, 29 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 077-2012- VIVIENDA, se designó a la abogada Ilenia de Fátima Anaya López, en el cargo de Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, dicha funcionaria ha presentado renuncia al cargo para el que fue designada, por lo que corresponde aceptarla, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Nación; Que, en ese sentido, resulta necesario designar a la funcionaria que desempeñará dicho cargo; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia de la señorita abogada Ilenia de Fátima Anaya López, al cargo de Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Nación. Artículo Segundo.- Designar a la señora abogada Mariela González Espinoza, en el cargo de Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 835143-1 ORGANISMOS EJECUTORES DESPACHO PRESIDENCIAL Aprueban reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal del Despacho Presidencial RESOLUCIÓN DE LA JEFA DE LA CASA DE GOBIERNO Nº 021-2012-DP/JCGOB Lima, 31 de agosto de 2012 VISTO: El Informe Nº 063-2012-DP/OPP, mediante el cual la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto propone y