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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (01/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de setiembre de 2012 473850 sustenta técnicamente el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal del Despacho Presidencial; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 309-2006-PCM se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Despacho Presidencial, el mismo que fue reordenado y actualizado luego mediante Resolución del Jefe de la Casa de Gobierno Nº 060-2011-DP/JCGOB; Que, mediante el documento de visto, el cual es concordante con el Informe Nº 061-2012-DP/OPP, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto propone y sustenta técnicamente el reordenamiento del CAP del Despacho Presidencial, con la fi nalidad de que dicho documento se encuentre adecuado al Clasifi cador de Cargos vigente y demás consideraciones señaladas en el indicado informe; Que, de acuerdo con lo opinado por la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, la modifi cación propuesta no incide en un incremento en el Presupuesto Analítico de Personal – PAP del Despacho Presidencial; Que, de conformidad con el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM que aprobó los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro Para Asignación de Personal – CAP, dicho documento debe contener la clasifi cación de los cargos de la Entidad, en atención a su estructura orgánica y necesidades; Que, en ese sentido, efectuada la evaluación correspondiente, se estima procedente aprobar la propuesta de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, con la fi nalidad de optimizar la gestión y organización del Despacho Presidencial y coadyuvar al mejor cumplimiento de los fi nes institucionales; Que, de conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, aprobado por Decreto Supremo Nº 066-2006-PCM y modifi cado por Decreto Supremo Nº 082-2011-PCM; Con el visto de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, la Dirección General de Administración y la Dirección de Recursos Humanos; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobación del reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Apruébese el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal del Despacho Presidencial, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Publicación y difusión La presente Resolución será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y su anexo, en la misma fecha, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Despacho Presidencial (www.presidencia. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ELENA JUSCAMAITA ARANGÜENA Secretaria General de la Presidencia de la República 835162-2 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Autorizan ejecución de la Encuesta Nacional de Innovación en la Industria Manufacturera 2012 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 214-2012-INEI Lima, 29 de agosto del 2012 Visto el Ofi cio Nº 4610-2012/INEI-DNCE, de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, solicitando la aprobación de la Encuesta Nacional de Innovación en la Industria Manufacturera 2012. CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, el INEI, es el ente rector del Sistema Estadístico Nacional, y tiene entre sus funciones, normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas utilizados por los órganos del Sistema, para la producción de estadísticas ofi ciales a nivel nacional; Que, en el marco del Contrato No. F-001-0-2303, suscrito el 06 de junio de 2012 entre el Instituto Nacional de Estadística e Informática, la Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoriales del Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de la Producción, el INEI, se encargará de la realizacion y procesamiento de encuestas en la industria manufacturera del país; Que, a fi n de disponer de información estadística de carácter cuantitativa y cualitativa sobre los procesos de innovación tanto tecnológica como organizacional de las empresas manufactureras, es indispensable la ejecuciòn de la encuesta, para la elaboración de las variables e indicadores para la toma de decisiones; Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informatica (INEI), en coordinación con el Ministerio de la Produccion (PRODUCE) y la Consultoría del BID, ha llevado a cabo actividades de planeamiento de la Encuesta Nacional de Innovación en la Industria Manufacturera 2012, así como la defi nición y contenido del cuestionario a ser utilizado, siendo necesario autorizar su ejecución, y aprobar el cuestionario de la citada encuesta, así como establecer el periodo de ejecución de la misma, en armonía con lo dispuesto por los artículos 81° y 83° del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística y la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la ejecución de la Encuesta Nacional de Innovación en la Industria Manufacturera 2012, que será ejecutada por la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadística e Informática entre el 3 de setiembre y el 17 de octubre de 2012. Artículo 2°.- La mencionada Encuesta está dirigida a todas las personas naturales o jurídicas que durante el periodo 2009 – 2011, desarrollaron alguna de las actividades económicas agrupadas mediante las CIIU revisión 4 división 10 hasta la división 33 y que se encuentran seleccionadas en la muestra, a la que podrán acceder en la Página WEB del INEI, (www.inei.gob.pe) para obtener información sobre dciha Encuesta. Artículo 3°.- Aprobar el Cuestionario de la Encuesta Nacional de Innovación en la Industria Manufacturera 2012, que forma parte de la presente Resolución. La información será recabada por entrevista directa por el encuestador, que estará debidamente identifi cado. Artículo 4º.- Las empresas seleccionadas que incumplan con brindar la información solicitada, serán multadas conforme a lo dispuesto por los artículos 87º, 89º y 91º del D.S. Nº 043-2001-PCM. El pago de la multa no exime a las empresas de la obligación de presentar la información solicitada. Artículo 5º.- La información que proporcionen las empresas se mantendrá en estricta reserva, dando cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Título Quinto, Capítulo IV, sobre el secreto estadístico y la confi dencialidad de la información. Regístrese y comuníquese. ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RIOS Jefe 835017-1