Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2012 (06/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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4.1 Deudas Tributarias:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de setiembre de 2012

- Condonacion del 100% de intereses, reajustes, costas y gastos procesales de la deuda contenida en el numeral 2.1 del articulo 2º de la presente Ordenanza, ya sea por Pago al Contado o mediante Convenio de Fraccionamiento o Compromiso de Pago. - Aplicacion en un 80% de los beneficios de pensionista y pago puntual vigentes durante el ejercicio 2012 y anos anteriores, respecto de los Arbitrios Municipales pendientes de cancelacion, ya sea por Pago al Contado o mediante Convenio de Fraccionamiento o Compromiso de Pago. - Multas Tributarias: Pago unico de Un MORDAZA Sol (S/. 1.00) por cada una de las Resoluciones de Multa Tributaria emitidas que se mantengan pendientes de cancelacion. En estos casos se condonara el total del saldo restante. 4.2 Multas Administrativas: Condonacion del 100% de costas y gastos procesales, ya sea por Pago al Contado o mediante Convenio de Fraccionamiento o Compromiso de Pago. Ademas: 4.2.1 Condonacion del 95% de las multas administrativas, siempre y cuando efectue el pago al contado. Para ello es requisito previo e indispensable: Estar al dia en el pago de la deuda por los conceptos descritos en el numeral 2.1 del articulo 2º de la presente Ordenanza, generada hasta diciembre de 2011, por todos los predios respecto de los cuales se le genere obligaciones tributarias o no tributarias al administrado frente a la entidad. Para tales efectos, debera pagar los conceptos contenidos en el numeral 2.1 al contado, de manera fraccionada o a traves de un compromiso de pago. 4.2.2 De no cumplir con las condiciones descritas en el numeral 4.2.1, la condonacion sera del 50% de las multas administrativas, cuyo pago podra efectuarse al contado o mediante convenio de fraccionamiento o compromiso de pago. Las Condonaciones descritas en los numerales 4.2.1 y 4.2.2, se aplicaran sobre el monto integro (valor insoluto) de la multa administrativa, es decir, sin considerar otros beneficios de descuento sobre el monto original de la multa. Articulo 5º.- CONVENIO DE FRACCIONAMIENTO CON BENEFICIOS: 5.1 Podra fraccionarse hasta en 24 cuotas mensuales. Si el fraccionamiento se realiza hasta en 12 cuotas no se cobraran intereses de fraccionamiento. El pago de las cuotas debera efectuarse como MORDAZA hasta el ultimo dia de cada mes, a partir del mes siguiente de suscrito el convenio. 5.2 La deuda objeto de fraccionamiento no podra ser menor al 10% de la UIT vigente. 5.3 La cuota inicial del convenio sera igual o mayor al 20% del total de la deuda a fraccionar, siendo la cuota minima mensual de amortizacion el 1% de la UIT vigente. 5.4 Los fraccionamientos que se aprueben durante la vigencia de la presente Ordenanza no podran ser objeto de refinanciamiento. 5.5 La falta de pago de 4 cuotas consecutivas o alternas generaran la perdida del beneficio. De igual modo, constituira perdida del beneficio cuando se hayan vencido todos los plazos de las cuotas del convenio de fraccionamiento. 5.6 La deuda resultante de una resolucion de perdida de beneficio, siempre y cuando no se encuentre en la via coactiva, podra acogerse a las condiciones que establece este articulo e incluir deuda adicional. 5.7 Una vez perdido el beneficio de fraccionamiento se efectuara la cobranza de acuerdo a ley. La aprobacion de solicitudes de fraccionamiento a cargo de la Gerencia de Rentas, de ser el caso, considerara lo dispuesto en el articulo 6º de la Ordenanza Nº 014-2007MDLP/ALC, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 29/11/2007. Articulo 6º.- COMPROMISO DE PAGO: Los Compromisos de Pago que se suscriban durante la vigencia de la presente Ordenanza, no conllevaran a la suspension o conclusion del procedimiento de cobranza coactiva ni al levantamiento de medidas cautelares trabadas, salvo que en este ultimo caso, el administrado las sustituya por otras a favor de la Administracion. Estos se sujetaran a las siguientes reglas: 6.1 Podra efectuarse hasta en 24 cuotas mensuales. Hasta en 12 cuotas mensuales se otorgaran sin los intereses que genera el pago en cuotas. La evaluacion y otorgamiento de mayores cuotas sera efectuado por el Ejecutor Coactivo de conformidad a lo previsto en la Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva.

6.2 La deuda objeto de compromiso de pago no puede ser menor al 10% de la UIT vigente. 6.3 La cuota inicial del compromiso de pago sera igual o mayor al 20% del total de la deuda, a pagarse a su suscripcion, siendo la cuota minima mensual de amortizacion el 1% de la UIT vigente. El pago de las cuotas debera efectuarse hasta el ultimo dia habil de cada mes a partir del mes siguiente de suscrito el compromiso de pago. 6.4 El otorgamiento de mayores facilidades tendra en consideracion la situacion economica del contribuyente, el monto de la deuda, los antecedentes de pago, asi como la exigencia de garantias que cautelen el cobro de la deuda, contando para tal fin con la aprobacion del Ejecutor Coactivo. 6.5 El compromiso de pago se perdera si el administrado mantiene pendiente la cancelacion de cuatro (04) cuotas, y cuando se hayan vencido todos los plazos de las cuotas del compromiso de pago, debiendose continuar con el procedimiento de cobranza coactiva y la consiguiente ejecucion de las medidas cautelares trabadas. Articulo 7º.- PERDIDA DEL BENEFICIO: La perdida del beneficio de fraccionamiento o del compromiso de pago suscrito durante la vigencia de la presente Ordenanza, MORDAZA lugar a la perdida de los beneficios de condonacion otorgados, los mismos que seran revertidos continuandose con el respectivo procedimiento de cobranza en el estado en que se encontraban al momento del acogimiento a los beneficios que se aprueban mediante la presente norma. Articulo 8º.- ACTUALIZACION DE DATOS SIN MULTA TRIBUTARIA: Los administrados que a la fecha de publicacion de la presente Ordenanza no hayan cumplido con la obligacion de comunicar a la Municipalidad la adquisicion o transferencia de un predio (ya sea por venta, compra, donacion, herencia, remate, anticipo de legitima, entre otros), podran realizar la Declaracion Jurada respectiva sin aplicacion de Multas Tributarias durante la vigencia de la presente norma. Se procedera de igual forma para los casos de modificacion del valor del predio, actualizacion de domicilio fiscal y actualizacion de uso del predio. Articulo 9º.PAGOS EFECTUADOS CON ANTERIORIDAD: Los pagos efectuados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza se consideran validos y no generan derecho de devolucion ni compensacion alguno. Articulo 10º.- DESISTIMIENTO DE LA PRETENSION: Los contribuyentes interesados en acogerse a los beneficios aprobados mediante la presente Ordenanza, que hubieren interpuesto recursos impugnativos tendientes a cuestionar las deudas materia de acogimiento, deberan previamente desistirse de la pretension de conformidad a lo previsto en el articulo 189º de la Ley Nº 27444. Articulo 11º.- CONVENIOS DE FRACCIONAMIENTO Y COMPROMISOS DE PAGO ANTERIORMENTE SUSCRITOS: Los administrados podran refinanciar los Convenios de Fraccionamiento y Compromisos de Pago anteriormente suscritos, a fin de que la deuda objeto de los mismos, asi como otra que se MORDAZA vencido, pueda acogerse a los beneficios contemplados en la presente Ordenanza. Articulo 12º.-VIGENCIA: El plazo de vigencia de la presente Ordenanza, sera hasta el 02 de octubre de 2012, pudiendo ser prorrogado mediante Decreto de Alcaldia. DISPOSICIONES FINALES Primera.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, Oficina General de Administracion y al Ejecutor Coactivo, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- DELEGAR en el senor MORDAZA la facultad para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza y disponga su prorroga si fuera el caso. Tercera.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General y Archivo, la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), y en el MORDAZA Institucional (www.munilapunta.gop.pe). Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA

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