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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (06/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de setiembre de 2012 474075 7. Autorización de traslado de cadáver a otro cementerio. a. Solicitud dirigida al alcalde. b. Acta de defunción original. c. Autorización Original del Ministerio de salud. d. Croquis original de ubicación de sepultura. e. Constancia de inhumación original. f. Copia DNI del solicitante. g. Constancia de aceptación del cementerio a trasladar. h. Pago del derecho. 8. Autorización de ingreso de cadáver de otros cementerios. a. Solicitud dirigida al alcalde. b. Acta de defunción original. c. Resolución administrativa del Ministerio de Salud. d. Acta de exhumación del cementerio de origen e. Copia DNI del solicitante. f. Croquis original de ubicación de la inhumación. g. Pago del derecho. 9. Cesión en uso de nicho. a. Solicitud dirigida al alcalde. b. Acta de defunción original. c. Copia del certifi cado de defunción. d. Certifi cado de necropsia e inhumación (*). e. Copia DNI del difunto o certifi cado de inscripción (Reniec). f. Copia DNI del solicitante. g. Croquis original de ubicación de la inhumación. h. Pago del derecho del nicho (según nivel). 10. Constancia de inhumación o entierro. a. Solicitud dirigida al alcalde. b. Acta de defunción original. c. Croquis original de ubicación de sepultura. d. Copia DNI del solicitante. e. Orden de inhumación o declaración jurada (**). f. Pago del derecho. 11. Servicio de velatorio. a. Solicitud dirigida al alcalde. b. Acta de defunción original. c. Copia del certifi cado de defunción. d. Certifi cado de necropsia o inhumación. e. Copia DNI del solicitante. f. Copia DNI del difunto o certifi cado de inscripción (Reniec) (*) g. Pago del derecho. Nota: En el caso de difuntos procedentes del Ministerio Público (*) En el caso de sepulturas que no cuenten con orden de inhumación (**) DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primero.- El solicitante o sus familiares inmediatos que le sucedan en línea directa (con acuerdo mayoritario de ser el caso) deberán regularizar el carácter temporal de la autorización otorgada para el entierro. Segunda.- El pago del derecho de entierro bajo tierra, excepcionalmente, estará sujeto a lo dispuesto en la norma que regula el mismo; para lo cual se deberá contar con el informe del área de asistencia social de la Municipalidad Distrital de Comas, quedando en la facultad de la Secretaria General emitir la resolución correspondiente previo informe de la Sub Gerencia de Estado Civil. Tercera.- En cuanto al permiso para inhumación en nicho podrá otorgársele facilidades de pago fraccionado, mediante declaración jurada. Cuarto.- En el caso de solicitar dos (2) servicios, se podrá solicitar facilidades de pago fraccionado con inicial del 25%, por autorización de construcción de nicho. Cancelando el 100% por permiso de entierro. Quinto.- El uso de los aires en las construcciones de nichos queda bajo facultad de la administración encargada de los cementerios. Sexto.-Será de estricta competencia de la administración encargada del cementerio la cesión en uso de: espacio para entierro, nicho, mausoleo, osario, plataforma, piaña, cremación, traslado de restos y demás servicios que se brinde en el cementerio; quedando terminantemente prohibido su comercialización por terceros ajenos a la administración; siendo estos hechos irregulares pasibles de denuncia penal. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primero.- Los Cementerios de Comas existentes deberán adecuarse a las normas consignadas en la Ley Nº 26298 Ley de Cementerios y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 03-94-SA. Segundo.- El presente reglamento entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Ofi cial. Tercero.- Deróguese toda disposición legal y administrativa de igual o inferior rango que se opongan o contradiga a la presente ordenanza. NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO Alcalde 836314-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Aprueban formatos denominados “Notificación Preventiva” y “Resolución de Multa Administrativa”, para la aplicación de la Ordenanza Nº 485-MSB que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de San Borja DECRETO DE ALCALDÍA Nº 019 -2012-MSB-A San Borja, 3 de septiembre de 2012 El Alcalde de la Municipalidad de San Borja VISTOS, el Memorandum Nº 703-2012-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 17.08.2012 la Nota Informativa N° 04-2012-MSB-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 30.07.2012, el Informe N° 056- 2012-MSB-GM-GFA de la Comisión de Elaboración de Formatos de Notifi caciones Preventivas y Resoluciones de Multa Administrativa de fecha 09.08.2012, el Informe N°395-2012-MSB-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 06.08.2012, el Memorandum N°703-2012-MSB- GM de la Gerencia Municipal de fecha 17.08.2012; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 485-MSB se aprobó el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas - RAS del Distrito de San Borja; Que, la Segunda Disposición Transitoria Final de dicha ordenanza dispone que mediante Decreto de Alcaldía se aprobarán los Formatos de Notifi caciones Preventivas del inicio del procedimiento sancionador, la Resolución de Multa Administrativa y otros que sean necesarios para su aplicación; Que, mediante Informe N°395-2012-MSB-GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica precisa que los actos que imponen deberes u obligaciones a su destinatario y que se comunican vía notifi cación, se constituyen en el acto procedimental de la autoridad cuya fi nalidad es hacer saber a los interesados sus decisiones, por lo tanto se encuentra obligada a dar un tratamiento igual en los citatorios, emplazamientos o requerimientos de documentos o de otros actos análogos, como así se dispone en el numeral 20.3 del artículo 20° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N°27444; por lo que recomienda que la Municipalidad utilice formatos únicos; Que, mediante Informe N°056-2012-MSB-GM-GFA, la Comisión de Elaboración de Formatos de Notifi caciones Preventivas y Resoluciones de Multa Administrativa remite los formatos elaborados para su aprobación; Que, mediante Nota Informativa N°04-2012-MSB-GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica, informa a la Gerencia