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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (07/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de setiembre de 2012 474129 Distrital de Ventanilla, como el funcionario responsable de canalizar y brindar la información que se solicite al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública – Ley N° 27806. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Legal y Secretaría Municipal, la respectiva notifi cación de la presente Resolución al interesado y a las unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese y comuníquese OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 837190-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARI Autorizan viaje de Alcalde y Regidor para participar en evento a realizarse en Ecuador ACUERDO DE CONCEJO Nº 019-2012-MPHi/A. Huari, 23 de agosto de 2012 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARI, ZONA DE LOS CONCHUCOS DE LA REGION ANCASH Visto, en la Décima Cuarta Sesión Ordinaria de fecha 25 de Julio del 2012, convocado y presidido por el Alcalde Provincial Prof. Teodoro Moisés Acuña Benites, y la asistencia del 100 % de los Señores Regidores del Concejo Municipal de la Provincia de Huari; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad el Art. 194º de la Constitución Política del Perú modifi cado mediante Leyes de Reforma Constitucional Nº 27680 y Nº 28607 que determinan que las municipalidades provinciales y distritales conforme a Ley, son órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía administrativa en los asuntos de su competencia; y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de Gobierno, Administrativos y de Administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico.; Que, el Inciso 11 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que: son atribuciones del Concejo Municipal “Autorizar los viajes al exterior del país que, en Comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro Funcionario”; Que, la Ley Nº 27619 regula las autorizaciones para viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, preceptuando que estas serán autorizadas por la más alta autoridad de la respectiva Entidad, así como el D.S. 047- 2002-PCM, aprueba las normas reglamentarias sobre dichas autorizaciones y precisando el monto que corresponde a la escala de viáticos a los diferentes países del orden; Que, el inciso a) del ítems 10.1 del Artículo 10º de la Ley de Presupuesto Público para el año Fiscal 2012 – Ley 29812 establece: “Prohíbanse los viajes al exterior de servicios o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo o recursos públicos, salvo los siguientes casos que se autorizan mediante Resolución de Titular de la Entidad; a) Los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, en la Décima Cuarta Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de Julio del 2012, donde se trató, la Carta s/n 2012, del Alcalde de Macara – Ecuador, que invita a participar a la Municipalidad Provincial de Huari al Tercer Encuentro Municipal Ecuatoriano – Peruano, que se realizará en la Ciudad de Macara – Ecuador, los días: 6, 7,8 y 9 de Setiembre del presente año, siendo promovido por la Asociación Nacional de Asesores de Prensa del Perú (ANAP) y patrocinado por la Municipalidad de Macara – Ecuador; la Junta Edil después de intercambiar ideas aprobó la participación del Señor Alcalde Prof. Teodoro Moisés Acuña Benites y del Señor Regidor Eusebio Arainga Blas, determinándose por sorteo; Asimismo se comunique al Gerente Municipal, para que se dé cumplimiento a través de la Gerencia de Administración y Finanza; Que, mediante Informe Legal Nº 230-2012-MPHi/ GAJ, de fecha 20.08.2012, el Jefe de Asesoría Jurídica realizando el análisis correspondiente emite Opinión Legal concluyendo que, se debe tener en cuenta la Jerarquía y relevancia Jurídica de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, ante la Ley de Presupuesto Público para el año fi scal 2012, teniendo el respaldo y la aprobación del Concejo Municipal, Asimismo dando excelencia al evento a realizarse, debido a que la fi nalidad de la Reunión es sobre el manejo exitoso de las Municipalidades, así como la elaboración de Proyectos y Plan Estratégico Municipal, Medio Ambiente y Manejo de Residuos Sólidos entre otros; asimismo recomienda que es procedente autorizar el viaje al Señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huari – Prof. Teodoro Moisés Acuña Benites y del Regidor del Concejo Municipal de Huari Eusebio Arainga Blas; Que en mérito a lo expuesto y con la aprobación Unánime del Concejo y en aplicación al inciso 11) del Artículo 9º la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972; y con las visaciones de Ley; ACUERDA: Artículo 1º.- AUTORIZAR, el viaje al país de Ecuador del Señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huari - Prof. Teodoro Moisés Acuña Benites y del Regidor del Concejo Municipal de Huari Mag. Eusebio Arainga Blas, a participar en el Tercer Encuentro Municipal Ecuatoriano – Peruano, a llevarse a cabo en la ciudad de Macara – Ecuador, los días 6, 7, 8 y 9 de Setiembre del año 2012; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente del Acuerdo; Artículo 2º.- LOS GASTOS que irrogue el Tercer Encuentro Municipal Ecuatoriano – Peruano y los pasajes de avión de ida y vuelta, transporte interno, viáticos, serán afectados con cargo a los Recursos Propios por la Municipalidad Provincial de Huari, de acuerdo al siguiente detalle: Cargo Nombres y Apellidos Costo del evento (Tercer Encuentro Municipal Ecuatoriano - Peruano) Monto Total Alcalde Teodoro Moisés Acuña Benites $. 500.00 Dólares $. 1,000.00 Regidor Eusebio Arainga Blas $. 500.00 Dólares $. 1,000.00 $. 2,000.00 Gasto de Representación desde la Provincia de Huari- Lima – Piura y viceversa Cargo Nombres y Apellidos Gasto por día (Alimentación) Pasajes: Huari- Lima –Piura y viceversa Monto total Regidor Eusebio Arainga Blas 210.00 nuevos soles x 7 días ( 5,6,7,8,9,10 y11 de Setiembre) Huari – Lima (S/.100.00) Lima – Piura (S/. 500.00) S/. 2,070.00 Artículo 3º.- DENTRO, de los quince días calendario siguientes a su retorno al país el Alcalde, Prof. Teodoro Moisés Acuña Benites y el Regidor Eusebio Arainga Blas, inmerso en el primer Artículo, harán entrega al Concejo Municipal del Informe detallado sobre el evento realizado y los logros obtenidos. Artículo 4º.- ENCARGAR, a la Gerencia de Administración y Finanzas, que a través del Área de Abastecimiento publique el presente Acuerdo de Concejo Municipal en el Diario El Peruano y/o en el Diario de mayor circulación de la Región Ancash. Artículo 5º.- HACER, de conocimiento el Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal, a las Gerencias y demás Jefaturas de la Municipalidad Provincial de Huari. Comuníquese, publíquese y cúmplase. TEODORO MOISES ACUÑA BENITES Alcalde Provincial 837471-1