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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (07/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de setiembre de 2012 474120 ANEXO N° 01 COMPROMISO DE REEMBOLSO CON FIRMA CERTIFICADA NOTARIALMENTE SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA: Por medio del presente, el que suscribe se compromete a reembolsar el monto por concepto de pago de los honorarios profesionales de la asesoría legal especializada que se otorgue, en caso se le demuestre responsabilidad civil o penal a la fi nalización del proceso. Asimismo, en caso sea favorecido en el proceso, me comprometo a reembolsar los costos procesales que genere el asesoramiento especializado. En caso de no cumplir con el compromiso de reembolso en la fecha requerida, autorizo expresamente a la Municipalidad Distrital de La Molina a efectuar el recupero de dicho monto a través del descuento en la planilla de pago de mis remuneraciones y demás benefi cios laborales. De no laborar en la entidad municipal, autorizo expresamente a la Municipalidad Distrital de La Molina a iniciar las acciones administrativas y/o legales para el recupero del monto correspondiente. NOMBRES Y APELLIDOS: ____________________ ___ DOCUMENTO DE IDENTIDAD N° ______________ ___ DOMICILIO: ________________________________ ___ FECHA: _______________ Atentamente, ___________________________ FIRMA 836880-1 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Modifican el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 503-2012-A/MM Mirafl ores, 3 de setiembre de 2012 EL ALCALDE DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y que dicha autonomía, reconocida en la Constitución Política del Perú, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, con la Resolución de Alcaldía Nº 794-2011-A/MM, publicada el 1 de diciembre de 2011 en el Diario Ofi cial El Peruano, se aprueba el nuevo Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad de Mirafl ores; Que, el artículo 32 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, en toda medida destinada a la prestación de servicios deberá asegurarse el equilibrio presupuestario de la municipalidad; Que, según el artículo 37, último párrafo, de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad las entidades, a través de Resolución del Titular del Pliego, establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que, por otra parte cabe precisar que, el literal c) de la Norma II del Título Preliminar del Decreto Supremo Nº 135- 99-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado del Código Tributario, defi ne al tributo tasa y sus respectivas clases; indicando que, no es tasa el pago que se recibe por un servicio de origen contractual; Que, la Gerencia de Desarrollo Humano, a través del Memorándum Nº 391-2012-GDH-MM del 24 de julio de 2012, presenta la propuesta modifi catoria del TUSNE elaborada por la Subgerencia de Deporte y Recreación, a fi n de incorporar servicios de publicidad comercial que permitirán atender los costos generados por los servicios y mantenimiento de diversas instalaciones deportivas, así como para preservar la capacidad operativa de la infraestructura, equipos deportivos, recreativos y la implementación de materiales para las escuelas deportivas dirigidas a niños, adolescentes, personas con discapacidad, adultos mayores y público en general; a la vez que se impulsará el deporte y recreación en el distrito, haciendo posible alcanzar los objetivos y metas propuestas por la entidad; Que, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto con Memorándum Nº 290-2012-GPP/MM expresa su conformidad con las modifi caciones propuestas por dicha unidad orgánica, lo cual se sustenta en el Informe Técnico Nº 048-2012-SGRE-GPP/MM del 9 de agosto de 2012, elaborado por la Subgerencia de Racionalización y Estadística; con el que se opina favorablemente respecto de la inclusión de servicios de publicidad comercial en las instalaciones deportivas del Estadio Bonilla, Complejo Deportivo chino Vásquez, Centro Deportivo Skate Park y Complejo Deportivo Los Delfi nes de la Municipalidad de Mirafl ores; con el objeto de aliviar los costos de mantenimiento de dichas instalaciones deportivas, mantener la capacidad operativa de la infraestructura y equipos deportivos y recreativos, y la implementación de materiales para las escuelas deportivas; Que, acorde con lo expuesto, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Legal Nº 399-2012-GAJ/MM del 27 de agosto de 2012 concluye que, encontrándose conforme el proyecto de modifi cación del TUSNE propuesto, es procedente emitir la resolución de alcaldía con la que se efectuará la modifi cación solicitada de conformidad a ley; Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo dispuesto por el artículo 20, numeral 6 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad de Mirafl ores, aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 794-2011-A/MM, a efectos de incluir los servicios de publicidad comercial según el detalle contenido en el Anexo y demás documentación que forman parte integrante de la presente resolución, por las consideraciones expuestas en el mismo. Artículo Segundo.- Precisar que las inclusiones y modifi cación dispuesta en el artículo precedente se encuentran debidamente especifi cados, incluyendo costos y requisitos, en el Anexo adjunto que forma parte integrante del presente dispositivo. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación así como del Anexo que contiene, en el Portal Institucional (www.mirafl ores.gob.pe), en la misma fecha de la publicación ofi cial. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde