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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (07/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de setiembre de 2012 474114 Artículo Tercero.- APROBAR el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 040-2012-MDC del 10 de mayo del 2012, en el extremo que declaró la vacancia del regidor Rubén Yúler Padilla Toscano por la causal prevista en el artículo 22, numeral 7, inconcurrencia injustifi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas. Artículo Quinto.- DEJAR SIN EFECTO la credencial de regidor del Concejo Distrital de Cajacay, provincia de Bolognesi, departamento de Áncash, otorgada a Rubén Yúler Padilla Toscano, con motivo de las Elecciones Regionales, Municipales y Referéndum del año 2010. Artículo Sexto.- CONVOCAR a Carmen Antonia Santa Loarte, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Cajacay, Provincia de Bolognesi, Departamento de Áncash, para completar el periodo municipal 2011-2014, y otorgarle la respectiva credencial que la acredite como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SIVINA HURTADO PEREIRA RIVAROLA AYVAR CARRASCO VELARDE URDANIVIA BRAVO BASALDÚA Secretario General 837852-1 Dan por concluido proceso de Elecciones Municipales Complementarias del año 2012 convocado por D.S. Nº 098-2011- PCM RESOLUCIÓN Nº 0793-2012-JNE Lima, cuatro de setiembre de dos mil doce ANTECEDENTES Por Decreto Supremo Nº 098-2011-PCM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 29 de diciembre de 2011, el Poder Ejecutivo convocó a Elecciones Municipales Complementarias para el domingo 1 de julio de 2012, para elegir alcaldes y regidores en el distrito de Huacachi, provincia de Huari, departamento de Áncash. Mediante Resolución Nº 016-2012-JNE, de fecha 9 de enero de 2012, se defi nió la circunscripción administrativo- electoral para las Elecciones Municipales Complementarias del 1 de julio de 2012, con sede en la ciudad de Huari, capital de la provincia de Huari, departamento de Áncash. CONSIDERANDOS 1. Llevado a cabo el acto de sufragio en las Elecciones Municipales Complementarias realizadas el 1 de julio de 2012, el Jurado Electoral Especial para las Elecciones Municipales Complementarias del año 2012, declaró nulos sus resultados en aplicación del artículo 36 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante LEM). 2. No obstante, Mediante la Resolución Nº 0721- 2012-JNE, de fecha 20 de agosto de 2012, se confi rmó la Resolución Nº 650-2012-JNE, que declaró fundado el recurso de apelación interpuesto por el Partido Democrático Somos Perú, revocó la nulidad del acta de proclamación de resultados emitida por el referido Jurado Electoral Especial y declaró válidos sus resultados; por ende, proclamó ganadora a la lista del citado partido político. 3. Posteriormente, y conforme a lo dispuesto en el artículo segundo de la Resolución Nº 650-2012-JNE, el Jurado Nacional de Elecciones ha cumplido con entregar las correspondientes credenciales a los alcaldes y regidores que resultaron electos, de conformidad con los artículos 24 y 33 de la LEM. 4. En tal sentido, en cuanto corresponde a este Pleno, se ha cumplido con resolver la apelación contra el acta de proclamación de resultados del Jurado Electoral Especial, nulidad de elecciones planteada por los personeros de las organizaciones políticas participantes en el proceso electoral, para lo cual ha tenido a la vista los informes de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales, las actas del Comité de Coordinación Electoral, entre otros, y conforme se ha expuesto en el considerando 2, se ha resuelto el recurso extraordinario presentado. No existe ningún recurso pendiente de resolver. 5. Por consiguiente, corresponde dar por concluido el presente proceso de Elecciones Municipales Complementarias del año 2012. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- Dar por CONCLUIDO el proceso de Elecciones Municipales Complementarias del año 2012 convocado por Decreto Supremo Nº 098-2011- PCM, publicado el 29 de diciembre de 2011, y cuyo acto eleccionario se realizó el 1 de julio de 2012, tener como autoridades electas a los candidatos proclamados, conforme se ha expuesto. Artículo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Congreso de la República, de la Contraloría General de la Nación, de la Defensoría del Pueblo, del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, de la Corte Superior de Justicia de Áncash, de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Áncash y del Banco de la Nación, para los fi nes pertinentes. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SIVINA HURTADO PEREIRA RIVAROLA AYVAR CARRASCO VELARDE URDANIVIA BRAVO BASALDÚA Secretario General 837848-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a Financiera PROEMPRESA S.A. el traslado de oficina especial y la apertura de agencias en los departamentos de Ayacucho, Huancavelica y Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 6535-2012 Lima, 24 de agosto de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Financiera PROEMPRESA S.A., para que se le autorice el traslado de una (01) Ofi cina Especial ubicada en el distrito y provincia de Huanta, departamento de Ayacucho; y,