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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (08/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de setiembre de 2012 474133 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL R.J. N° 223-2012/JNAC/RENIEC.- Aceptan donación efectuada para la ejecución del proyecto “Fortaleciendo la documentación de niñas, niños y adolescentes de poblaciones nativas y campesinas” 474193 MINISTERIO PUBLICO Fe de Erratas Res. N° 2237-2012-MP-FN 474194 Fe de Erratas Res. N° 2244-2012-MP-FN 474194 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. N° 2506-2012.- Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros 474194 RR. N°s. 6639 y 6640-2012.- Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco S.A. la apertura de agencias ubicadas en los departamentos de Puno y Tacna 474195 Res. N° 6483-2012.- Modifi can dirección de ofi cina especial de Financiera Confi anza S.A. ubicada en el distrito y provincia de Acobamba, departamento de Huancavelica 474195 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Res. N° 270-2011-GR.LAMB/PR.- Cancelan título de propiedad otorgado a la Comunidad Campesina Túpac Amaru II - Chiñama, sobre predio otorgado mediante R.D. N° 196-89 AG/U.A.D.III 474196 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Ordenanza N° 011-2012-CR/GRU.- Crean el Sistema de Información Ambiental Regional del Departamento de Ucayali - SIAR Ucayali 474196 Ordenanza N° 012-2012-GRU/CR.- Declaran de Interés Público la elaboración del Plan Regional de Desarrollo Forestal, así como su implementación 474198 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA R.A. N° 247.- Constituyen Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad Metropolitana de Lima 474199 MUNICIPALIDAD DE LINCE Ordenanza N° 314-MDL.- Aprueban sinceramiento de deudas tributarias en vía coactiva 474200 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA D.A. N° 00012-2012/MDSA.- Conforman Comisión Organizadora encargada de la elaboración de las bases y designación del Jurado Califi cador, para la realización del Concurso de Composición de la Letra y Música del Himno del distrito de Santa Anita 474202 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Ordenanza N° 014-2012-CDB.- Modifi can trámites correspondientes a la División de Infraestructura Urbana y Catastro conforme al TUPA de la Municipalidad 474202 MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Ordenanza N° 011-2012-MDLP.- Establecen benefi cio de regularización de edifi caciones sin licencia de edifi cación en el distrito 474202 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Ordenanza N° 030-2012-MPC.- Establecen Régimen Temporal de Benefi cio de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias 474204 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL SAN ROMAN Acuerdo N° 026-2012.- Autorizan viaje de funcionarios de la Municipalidad para participar en evento a realizarse en España 474206 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Aprueban Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1104, Decreto Legislativo que modifica la legislación sobre Pérdida de Dominio DECRETO SUPREMO Nº 093-2012-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1104 que modifi ca la legislación sobre pérdida de dominio, tiene por objeto regular la aplicación y los procesos de pérdida de dominio, así como establecer los mecanismos de distribución y administración de los bienes o fondos recaudados; Que, la pérdida de dominio es una consecuencia jurídico-patrimonial, a través de la cual se declara la titularidad de los objetos, instrumentos, efectos y ganancias de ciertos delitos a favor del Estado por sentencia de la autoridad jurisdiccional, mediante un debido proceso; Que, el artículo 18° del Decreto Legislativo N° 1104 señala que además de los supuestos de asignación o utilización temporal o defi nitiva, los bienes o derechos cuya titularidad se declaran a favor del Estado podrán ser subastados públicamente dentro de los noventa (90) días naturales siguientes. El Reglamento del presente Decreto Legislativo determinará la forma y procedimientos de la subasta pública; Que, concordante con ello, la Novena Disposición ComplementariaTransitoria dispone que el Reglamento del acotado Decreto Legislativo se emitirá en un plazo no mayor de noventa (90) días hábiles siguientes a su publicación y será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros de Economía y Finanzas, Defensa, Interior y Justicia y Derechos Humanos; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1104, Decreto