NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (08/09/2012)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de setiembre de 2012 474148 de la Educación Básica y Técnico Productiva - IPEBA realizar la más amplia difusión a nivel nacional de las “Normas de Competencia del Carpintero Industrial de MYPES”. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta SINEACE 834556-6 ENERGIA Y MINAS Aprueban modificación de autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica a Gas de Chimbote de la que es titular Duke Energy Egenor S. en C. por A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 401-2012-MEM/DM Lima, 27 de agosto de 2012 VISTO: El Expediente N° 33014893 organizado por DUKE ENERGY EGENOR S. EN C. POR A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11018850 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima, sobre solicitud de modifi cación de autorización de la Central Térmica a Gas de Chimbote; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial N° 389- 93-EM/DGE del 31 de diciembre de 1993, se otorgó a favor de ELECTROPERÚ S.A. la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica a Gas de Chimbote, con una potencia instalada de 62,24 MW, ubicada en el distrito de Chimbote, provincia de Santa y departamento de Ancash; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 184-96- EM/VME, publicada el 24 de abril de 1996 se aprobó la transferencia de autorización de la Central Térmica a Gas de Chimbote de ELECTROPERÚ S.A. a favor de la Empresa de Generación Eléctrica Nor Perú S.A. – EGENOR; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 204-97- EM/DGE, publicada el 21 de junio de 1997 se aprobó la transferencia de autorización de la Central Térmica a Gas de Chimbote de Empresa de Generación Eléctrica Nor Perú S.A. - EGENOR a favor de EGENOR S.A.; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 706-99- EM/VME, publicada el 07 de enero de 2000 se tuvo como titular de la autorización de la Central Térmica a Gas de Chimbote a EGENOR S.A.A., como consecuencia de un cambio de denominación social; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 360-2005- MEM/DM, publicada el 04 de setiembre de 2005 se tuvo como titular de la transferencia de autorización de la Central Térmica a Gas de Chimbote a DUKE ENERGY EGENOR S. EN C. POR A., y se aprobó la modifi cación de la autorización de la referida central térmica que consiste en la reducción de la potencia instalada de 62,24 MW a 40,32 MW; Que, DUKE ENERGY EGENOR S. EN C. POR A. presentó su solicitud de modifi cación de autorización de la Central Térmica a Gas de Chimbote el 01 de marzo de 2012, bajo el registro de ingreso Nº 2170995, en el que pide el retiro de la unidad TG 1; Que, mediante el Oficio N° 576-2012/MEM- DGE, notificado el 10 de mayo de 2012, se solicitó a OSINERGMIN un informe técnico para conocer si el retiro de la unidad TG 1 de la Central Térmica a Gas de Chimbote afecta el Servicio Público de Electricidad; Que, OSINERGMIN, mediante el Ofi cio N° 4315-2012- OS-GFE, ingresado con el Registro Nº 2197671 el 11 de junio de 2012, dio respuesta a la comunicación indicada en el considerando precedente, señalando que no es necesario la disponibilidad de la unidad TG 1 de la Central Térmica a Gas de Chimbote; salvo, en el caso que el enlace de línea Conococha-Huallanca-Cajamarca se encontrase en mantenimiento o falla; Que, la solicitud cumple con los requisitos establecidos en el ítem AE01 del Anexo N° 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo N° 061-2006- EM, y cuenta con la opinión a que se refi ere el Informe N° 318-2012-DGE-DCE, siendo procedente la modifi cación solicitada, a fi n de reducir la potencia instalada de la Central Térmica a Gas de Chimbote de 40,32 MW a 18,40 MW; Estando a lo dispuesto por el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la modifi cación de la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica a Gas de Chimbote de la que es titular DUKE ENERGY EGENOR S. EN C. POR A., reduciendo su capacidad instalada de 40,32 MW a 18,40 MW. Artículo 2.- Quedan subsistentes todos los derechos y obligaciones a que se encuentra la titular, en particular el cumplimiento de la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, la Resolución Ministerial N° 389-93-EM/DGE y demás normas legales y técnicas aplicables. Artículo 3.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición; y, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 834594-1 PRODUCE Designan representantes de los Despachos Viceministeriales de Pesquería y MYPE e Industria, y del IMARPE, ante el Grupo de Trabajo Multisectorial creado mediante R.S. Nº 004-2012-MINAM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 405-2012-PRODUCE Lima, 6 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 004-2012- MINAM del 28 de agosto de 2012, se constituyó el Grupo de Trabajo Multisectorial de carácter temporal, encargado de articular las acciones referidas a la implementación del Plan de Recuperación Ambiental de la Bahía El Ferrol, el cual estará adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, el artículo 2° de la citada Resolución Suprema, establece que el Grupo de Trabajo Multisectorial estará conformado, entre otros, por dos representantes del Ministerio de la Producción: un representante del